Aquí no se fía

Las nuevas hipotecas

El camino que conduce a la obtención de una hipoteca ha estado siempre sembrado de minas. Para el solicitante, naturalmente. Las entidades financieras han disfrutado con glotonería de la superioridad que les proporcionaba su condición de prestamistas. Había que desnudarse ante ellas casi literalmente al pedir una hipoteca y, luego, aceptar sin remedio un variado repertorio de cláusulas leoninas. Los millones de españoles que hemos vivido la experiencia podemos dar fe de que, a veces, el proceso podía ser incluso humillante. Al final, no quedaba otra que comulgar con ruedas de molino, con tal de ver cumplido ese sueño tan español de una vivienda en propiedad.

Las cosas empezaron a cambiar cuando la justicia tumbó las ya célebres cláusulas suelo, lo que obligó a la banca a devolver cientos de millones indebidamente cobrados por ese concepto. Casi sin solución de continuidad, fueron puestos en el punto de mira los gastos hipotecarios, que tradicionalmente venían pagando los solicitantes en su integridad, a pesar de que respondían a actos beneficiosos sólo para quienes concedían el crédito. El Supremo dijo y se desdijo sobre este particular, y fue necesaria la intervención del Gobierno para que los consumidores no volvieran a salir malparados de una de las muchas decisiones con que los tribunales favorecen al más fuerte.

Estos antecedentes explican el tenor de la nueva ley hipotecaria (en realidad, Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario), que entra en vigor el domingo 16, después de los dos meses de gracia con que han contado los afectados para adaptarse a sus exigencias. Los principales cambios introducidos en la normativa se refieren a los notarios, que están llamados a desempeñar un papel más activo en la defensa de los derechos de los clientes, y a las propias entidades financieras, a las que la nueva ley impone una serie de obligaciones más adecuadas a lo que debe ser un negocio entre iguales, aunque las relaciones con los bancos, en la práctica, nunca lo son.

A partir de ahora, los solicitantes recibirán con al menos diez días de antelación, y no a última hora, una información completa sobre la hipoteca. El notario deberá certificarlo así y comprobar que sus términos son debidamente comprendidos por los firmantes. Todos los gastos, excepto el de tasación, correrán por cuenta del prestamista, que no podrá condicionar la concesión del crédito a la suscripción de otros productos financieros, salvo los seguros de hogar, de vida o de protección de impagos, aunque sin imponer con quién. Los procedimientos de embargo, en fin, sólo cabrá la posibilidad de activarlos tras al menos doce meses sin atender las obligaciones contraídas, en vez de los tres meses actuales.

Todo ello parece, en principio, una buena noticia para los consumidores y, en consecuencia, va a suponer un quebranto a la banca, que seguramente responderá con un endurecimiento de las condiciones de acceso al crédito y un aumento de su precio, es decir, de los tipos de interés. Algunos de sus dirigentes ya lo anunciaron así en su momento, y no hay motivos para pensar que vaya a ser de otra manera. Al fin y al cabo, es la tónica habitual. Pero casi siempre es mejor pagar más por algo que renunciar a un fuero de sentido común y al que sólo puede ponerse el reparo de que no estuviera en vigor desde mucho antes.

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