Del consejo editorial

Burka y espacios públicos

ÓSCAR CELADOR

La Asamblea Nacional Francesa ha creado una comisión parlamentaria con el objeto de elaborar un informe sobre la legalidad del uso del burka y el niqab en los espacios públicos. Ambas prendas de vestir cubren el rostro de las mujeres, bien mediante una túnica que oculta a la mujer de pies a cabeza y deja una rejilla en la cara, bien a través de un velo que cubre toda la cabeza y sólo deja sin tapar los ojos. A diferencia de otros símbolos islámicos, el burka y el niqab representan una prescripción coránica radical difícilmente conciliable con los principios de igualdad de sexos, dignidad y libre desarrollo de la personalidad de las mujeres.

El uso de símbolos o vestimentas representativas de las creencias religiosas, siempre que su uso sea el resultado de una opción libre, está amparado por los derechos a la libertad religiosa, a la identidad cultural y a la propia imagen. Sin embargo, estos derechos pueden ser limitados por los principios constitucionales, tal y como ha expuesto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en aquellos supuestos en los que se ha pronunciado sobre la legalidad de las legislaciones de Estados, como Suiza o Turquía, que han prohibido el uso del velo o el pañuelo islámico en el contexto educativo. Según el alto tribunal, si bien la libertad religiosa incluye el derecho a manifestar las creencias o convicciones en público, los Estados pueden prohibir el uso del velo islámico cuando su utilización atente contra los valores del Estado democrático o los derechos y libertades fundamentales. Otro elemento a tener en cuenta en este debate es el orden y la seguridad públicas, ya que el uso del burka o el niqab impide la correcta identificación de sus portadores, por lo que podría ser utilizado por terceros –musulmanes o no– para cometer delitos.

En Francia los musulmanes disfrutan de los mismos derechos y libertades que los demás ciudadanos, y en consecuencia, al igual que estos, deben respetar la legislación de la sociedad en la que han elegido vivir. Este principio explica por qué el año pasado el Consejo de Estado francés rechazó la petición de nacionalidad de una mujer marroquí casada con un francés, y madre de tres hijos franceses, por practicar una corriente islámica radical que impone el uso del burka, al entender que sus principios religiosos amenazaban la esencia de los valores republicanos.

Ahora bien, el conflicto en torno al papel que la mujer debe desempeñar en el Islam no se resolverá con la simple aprobación de una norma que prohíba determinadas vestimentas. Dicha ley tan solo es un indicador de cómo ha fracaso el modelo de integración de las minorías religiosas y culturales francés. La solución pasa por utilizar la educación para que las mujeres musulmanas comprendan que son libres para decidir cómo quieren vestirse y comportarse sin tener miedo a nada y a nadie, pues el Estado de derecho es el garante de sus decisiones, y para que los otros entiendan que no pueden aspirar a integrarse plenamente en una sociedad democrática utilizando recetas que proceden del islamismo más radical e intolerante con los derechos de las mujeres.

Profesor de DErecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas

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