Del consejo editorial

Urbanismo religioso

ÓSCAR CELADOR

Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas

Uno de los grandes males que azota nuestra política es la corrupción urbanística, y los desmanes de algunos gobiernos municipales han jugado un papel capital en este contexto. El urbanismo desaforado no ha discriminado entre ideologías, ya que, cuando se habla de convenios, recalificaciones, contratos o adjudicaciones urbanísticas, ningún partido político puede decir aquello de que el que sea inocente que tire la primera piedra. Algunas confesiones religiosas se han beneficiado de la discrecionalidad administrativa, ya que gracias a la misma han conseguido que los ayuntamientos les cedan patrimonio de titularidad pública para fines privados.

Los ayuntamientos pueden entregar suelo o terrenos a las confesiones religiosas utilizando el paraguas del interés general sin tener que dar prácticamente ninguna explicación al respecto. Esto explica por qué Madrid es la única comunidad autónoma en la que existen más centros educativos de titularidad privada –en su mayoría escuelas concertadas con ideario católico– que públicos. La privatización del servicio educativo ha sido factible gracias a la connivencia entre el Gobierno regional y aquellos municipios que han cedido parcelas de suelo destinadas a fines educativos a empresas privadas, con las que posteriormente el Gobierno autonómico ha concertado el servicio educativo. De esta manera, en el suelo público se han construido escuelas que pertenecen a una empresa privada pero que son financiadas con fondos públicos.
La situación de los solares públicos destinados al culto religioso es igual de preocupante. Las confesiones religiosas pueden conseguir suelo para construir sus lugares de culto de diferentes maneras, bien mediante una cesión discrecional de suelo municipal o la concesión del derecho de superficie sobre dicho suelo, bien mediante una permuta, o bien comprando directamente el solar en el mercado inmobiliario. Sin embargo, la regla general es que, cada vez que se diseña un plan de ordenación urbanística, la Iglesia católica reciba de forma gratuita una o varias parcelas para construir sus iglesias, mientras que los demás grupos religiosos tienen que acudir al mercado libre, pese a la evidente discriminación que esta situación representa.
El convenio suscrito entre la corporación municipal y el Arzobispado de Madrid de 1997 ilustra esta situación, pues a través del mismo, el ayuntamiento cedió de un solo plumazo 41 parcelas a la Iglesia para la construcción de lugares de culto. Todo ello por no hablar de la reciente cesión de 25.000 metros cuadrados al arzobispado en el corazón histórico de la ciudad para la construcción de diversos edificios religiosos, pese al impacto medioambiental que supondrá la eliminación de zonas verdes y de ocio para los madrileños.
Los intereses religiosos no pueden financiarse con el dinero público, ya que se lesiona el principio de laicidad, y esto es lo que ocurre cada vez que los poderes públicos ceden suelo a una confesión religiosa. Pero además, en este caso concreto, los gobernantes están permitiendo que se expolie un patrimonio que pertenece a todos los españoles.

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