Del consejo editorial

¿Impuestos a los más ricos?

JORGE CALERO

Catedrático de Economía Aplicada

Para que las medidas de recorte del gasto público (con mucha incidencia sobre el gasto social) fueran más fáciles de tolerar por los votantes potenciales del PSOE, el Gobierno flirteó, desde el primer momento, con la idea de que parte del efecto regresivo causado por la caída del gasto social fuera compensado por una mayor presión fiscal sobre "los más ricos". Parece que la idea se concretará en un impuesto extraordinario sobre las grandes fortunas, similar al aplicado en Francia. Pero ¿había otras posibilidades? Probablemente, y teniendo en cuenta el diseño actual del sistema fiscal español, no muchas.

Hacer que los ricos aporten una parte sustancial de la recaudación impositiva no es tarea en absoluto fácil. Esto lo sabía bien J. M. Keynes: asesor, en 1941, del Gobierno británico de Winston Churchill, fue consultado acerca de la mejor forma de incrementar rápida y masivamente los ingresos públicos para financiar la guerra. Su respuesta fue inequívoca: la presión fiscal debía recaer, esencialmente, sobre la clase trabajadora. Desde entonces, las cosas no parecen haber mejorado; antes al contrario, aspectos como la mayor movilidad de los capitales dificultan ahora adicionalmente la fiscalización de las rentas de capital.
De hecho, el IRPF actual trata, desde 2007, de una forma mucho más ventajosa las rentas de capital (gravadas con un tipo fijo del 18%) que las rentas del trabajo, que sufren una escala progresiva con un tipo marginal máximo del 43%. El IRPF se ha convertido, así, en un impuesto dual, con un tratamiento favorable a las rentas del capital que se justifica en un pragmático principio: mejor recaudar poco de las rentas de capital que intentar recaudar mucho de un capital que finalmente va a desplazarse.
Con las rentas del trabajo no se puede contar a la hora de gravar a "los ricos" en el IRPF: en 2007, por ejemplo, únicamente el 3,99% de los declarantes ingresó más de 60.000 euros anuales como rentas del trabajo. La elevación del tipo marginal máximo por encima del 43%, con independencia de tener o no efectos desincentivadores, afectaría a muy pocos contribuyentes.
¿Qué nos queda? No mucho: podría recuperarse el Impuesto sobre el Patrimonio, cuya aplicación fue suspendida en 2008. O, como se ha hecho, aplicar el nuevo impuesto extraordinario a las grandes fortunas, al menos en una primera fase en la que se puedan evaluar sus efectos reales.

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