Del consejo editorial

¿Qué hacer con el burka?

RAMÓN COTARELO

Catedrático de Ciencias Políticas

Nuestras sociedades liberales, basadas en el respeto a los derechos del individuo sin más límites que los derechos de los demás y el orden público, son cada vez más mestizas y multiculturales. Ello provoca conflictos y problemas de convivencia en los que aparecen actitudes dogmáticas, a veces xenófobas y racistas, a veces aparentemente ilustradas y racionales, siempre intransigentes, que tratan de obtener réditos electorales poniendo en peligro la convivencia que dicen defender.

En el caso de las prendas islámicas que ocultan del todo o casi del todo a las mujeres (burka, niqab) hay quien dice que, al ser de uso voluntario, están amparadas en el derecho individual al mantenimiento de la identidad cultural y hay también quien dice que, en realidad, se trata de prendas que consagran una situación de menoscabo de la dignidad femenina. Que ambos criterios sean plausibles explica por qué el conflicto es tan complicado y por qué hay que ser flexibles y no dogmáticos, teniendo en cuenta la primacía de la dignidad de la persona. Aun reconociendo que nuestras sociedades amparan formas de subalternidad femenina como las monjas de clausura, no hay duda de que el burka es un atentado a la dignidad de las mujeres y que muchas lo lleven voluntariamente, como también
hacen las monjas, no lo dignifica.
En todo caso, la regulación tiene que considerar no sólo los conflictos de derechos individuales, sino también los intereses colectivos. No todos los signos de identidades culturales y/o religiosas tienen el mismo impacto sobre ciertos bienes públicos como la seguridad, por ejemplo. No es lo mismo la kipá judía que el burka musulmán. Nadie en su sano juicio dejaría pasar sin más a una mujer con burka en un vuelo comercial. Allí en donde hay una necesidad de identificación de las personas por motivos de seguridad pública (en sociedades muy sensibilizadas ante el terrorismo) hay también una buena razón para restringir o prohibir el uso de prendas que oculten la identidad de las personas. Pero son restricciones y prohibiciones que deben justificarse en función de la seguridad pública y que nada tienen que ver con la cuestión más complicada de si tales atuendos son elementos esenciales del derecho a la identidad cultural o atentan contra la dignidad de la persona, algo a su vez más apropiado para debates de sociedades multiculturales democráticas.

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