Publicidad

Gasto municipal

30 ene 2010
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: ,

NÚRIA BOSCH

Catedrática de Hacienda Pública

El gasto que realizan los municipios españoles representa aproximadamente el 11% del total del gasto público español. Si a este porcentaje le añadimos el gasto de las demás administraciones locales (diputaciones, áreas metropolitanas, comarcas, etc.), la cifra llega al 13%. Este porcentaje es más pequeño que en otros países también con tres niveles de gobierno (central, autonómico o intermedio, y local) como España. En Suiza, el peso del gasto local sobre el total de gasto público es de un 22%; en Canadá, del 16%, y en Estados Unidos, del 26%.
Otras diferencias entre los gobiernos locales españoles y los de estos países derivan de la tipología del gasto. En lo referente al gasto social, España tiene una estructura de gasto local en la que tanto en sanidad como en protección social y, especialmente, en educación se encuentra por debajo de la media de los países de la OCDE. Así, el gasto local en educación representa un 4% del gasto público total de los gobiernos locales españoles. En cambio, en Canadá y Estados Unidos se eleva a más del 40% del gasto local; en Suiza, al 23%, y el gasto local medio en educación de la Unión Europea de los quince también supera el 20%.
La estructura del gasto social que llevan a cabo los municipios españoles de media es la siguiente: seguridad y protección social (46,1%), educación (26,5%), promoción social (19,8%) y sanidad (7,6%). Ahora bien, el análisis de dicho gasto por comunidades autónomas evidencia una gran disparidad y heterogeneidad en los resultados, tanto en cuanto a su magnitud como en la composición del mismo. Destacan dos grupos de comunidades, por situarse en las posiciones más extremas. Entre las comunidades con un mayor gasto social municipal están Navarra, País Vasco, Castilla-La Mancha y Extremadura. En situación opuesta, es decir, entre las comunidades con un menor gasto social municipal figuran Castilla-León, Cantabria, Aragón y La Rioja. Las posibles explicaciones a estos comportamientos tan dispares entre autonomías pueden proceder de las distintas necesidades de gasto, distintas preferencias, distintos costes de provisión, distinto tamaño poblacional, distinto nivel de cobertura de estos gastos por parte de otras administraciones, etc.
No obstante, aunque el sector público local español es más raquítico que en los países mencionados y su gasto social es menor, es de destacar que una parte importante del gasto social que los gobiernos locales realizan corresponde a servicios que no están obligados a proveerlos por ley, sino que los prestan para dar respuesta a las necesidades que van emergiendo. Por tanto, los gobiernos locales españoles destacan por la importancia que tienen para los ciudadanos en la satisfacción de su demanda de servicios públicos.
En definitiva, junto a la tan demandada y necesaria reforma de la financiación local, es necesario también revisar su nivel competencial. Primero, para equiparar a nuestros gobiernos locales en materia de competencias a los países de nuestro entorno y, segundo, para equiparar su marco de financiación a la cuantía y naturaleza de las servicios que prestan.

La reforma de las pensiones

19 ene 2010
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: ,

NÚRIA BOSCH

Catedrática de Hacienda Pública

Son muchas las voces que en los últimos meses han manifestado la necesidad de una reforma del sistema público de pensiones en España: el gobernador del Banco de España, la Comisión Europea, la OCDE. Según estos organismos y los expertos el sistema público español de pensiones empezará a tener problemas a partir de 2020, que es cuando los individuos de más de 50 años superarán a los comprendidos entre 18 y 49 años. En los sistemas de pensiones de reparto como el español, donde las personas ocupadas son los que financian mayoritariamente las pensiones de los jubilados, el envejecimiento de la población es un factor que incide de forma directa sobre la sostenibilidad del sistema. Pero, junto a este factor, hay otros dos que tienen también mucha importancia: la evolución del mercado laboral y la evolución de la situación económica. Es obvio que, en un sistema de reparto, el esfuerzo que han de hacer los trabajadores en activo es mayor si el envejecimiento de la población se incrementa al haber cada vez más pensionistas. Y si además aumenta el desempleo, el sistema deviene en insostenible, por lo que se hace necesario, o bien aumentar las cotizaciones o los impuestos, o bien disminuir las pensiones. Así, un elemento básico para dicha sostenibilidad es elevar la productividad y reducir las tasas de paro, lo que pasa por promover el empleo y por una economía más productiva y con mayor dinamismo.

En España, es necesario, pues, una reforma profunda del sistema público de pensiones que lo haga sostenible a medio y largo plazo, al ser uno de los pilares básicos del Estado del bienestar. Muchas son las medidas que proponen los expertos: aumentar la edad de jubilación; restringir las posibilidades de realizar prejubilaciones; incrementar los años a tener en cuenta para el cálculo de la pensión; financiar las cotizaciones mediante impuestos como el IVA, etc. También hay quienes proponen sistemas mixtos públicos-privados, mediante el fomento de fondos privados de capitalización.

El presidente Zapatero ha anunciado que en breve revisará la Ley de Pensiones públicas que remitirá a la Comisión del Pacto de Toledo. Es la hora de abordar esta reforma si se tiene en cuenta que muchos países europeos ya la han realizado y, por tanto, nos llevan ventaja. Por ejemplo, en Alemania han retrasado la edad de jubilación a los 67 años. Otros países han fomentado sistemas de pensiones privados a través de las empresas, el ahorro voluntario, etc. España no ha abordado todavía la reforma porque se ha beneficiado de la inmigración y de la incorporación de la mujer en el mercado laboral, así como del hecho de que el baby boom se registró más tarde en España que en otros países europeos. Ello ha propiciado el superávit de la Seguridad Social de los últimos años.

Por tanto, es necesario que todos los agentes implicados en la reforma (Gobierno, oposición, sindicatos, patronal) lo hagan con la mayor responsabilidad, pues muchas de las propuestas no serán populares. El sistema español de pensiones no ha quebrado; y si se aplican las reformas necesarias puede gozar de buena salud.

Balance del Plan E

06 ene 2010
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: , ,

NÚRIA BOSCH

Catedrática de Hacienda Pública

El Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, creaba el Fondo Estatal de Inversión Local, más conocido como el Plan E. Este, destinado a los municipios y con una dotación global de 8.000 millones de euros, debía aplicarse durante el año 2009 y distribuirse entre los municipios según su población de derecho. El objetivo básico del Fondo era dinamizar a corto plazo la actividad económica creando empleo y, a su vez, capitalizando a los municipios. Con el fin de conseguir dicho objetivo, los recursos del Fondo debían destinarse a financiar obras de competencia municipal, de nueva planificación –es decir, que su ejecución no estuviera prevista en el presupuesto de 2009–, de un importe inferior a 5 millones de euros y cuya finalización estuviera prevista en el primer trimestre del 2010. Además, se exigía que el nuevo personal que el contratista de la obra necesitara emplear para su ejecución se encontrara en situación de desempleo.

Una vez finalizado el año 2009, se puede ya realizar un primer balance de la efectividad del Fondo. Según los últimos datos disponibles, de mitad del pasado noviembre, se habían financiado 30.314 proyectos y se habían generado 422.793 puestos de trabajo. Con ello, la creación de empleo superaba en un 51,8% las previsiones iniciales.

El Plan E tiene continuidad en el año 2010. El nuevo Fondo Estatal está dotado de 5.000 millones de euros y goza de mayor flexibilidad que el anterior, ya que, además, puede destinarse a financiar contratos de suministro para el equipamiento de los edificios, instalaciones, equipos y sistemas informáticos que sean objeto de proyectos de obras y a gastos corrientes vinculados a programas en el ámbito educativo y otros de carácter social de competencia municipal.

Si bien algunos de los proyectos financiados con el Plan E quizás no eran totalmente necesarios y pueden llevar consigo, enfunción de su naturaleza, más gasto corriente –lo cual todavía aumenta las necesidades de gasto municipales y, en consecuencia, de financiación–, el Plan E ha supuesto una bomba de oxígeno a las arcas municipales y parece que ha sido efectivo para el fomento del empleo. Por tanto, su valoración debe ser positiva.

No obstante, dicho Plan no ha resuelto los problemas de financiación de los municipios, que sólo pueden solventarse con una reforma profunda de su sistema de financiación. El Gobierno central debería tener en su agenda inmediata la reforma de la financiación local. Los gobiernos locales están en una situación límite por los problemas que genera su sistema de financiación, agravados por la crisis económica. A 30 de septiembre de 2009, según las últimas estadísticas del Banco de España, la deuda de los municipios se elevaba a 28.297 millones de euros, lo que suponía el 2,70% del PIB. Solo un año antes, la deuda era del 2,30% del PIB, habiéndose mantenido alrededor de esta cifra desde el 2003. En definitiva, hay que abordar la reforma de la financiación municipal y la crisis económica no puede ser ninguna excusa para no hacerlo, cuando no lo ha sido tampoco en el caso de la reforma de la financiación autonómica.

Finanzas autonómicas

25 dic 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: ,

NÚRIA BOSCH

Hace pocos días se aprobó en el Congreso la ley que regula la nueva financiación de las comunidades autónomas y la modificación de la LOFCA, que la adapta a aquella. El nuevo sistema de financiación autonómica ha de aplicarse este mismo año para que las ganancias que lleva puedan hacerse efectivas en 2009.

Aunque no todas las comunidades votaron a favor del nuevo modelo de financiación, todas ellas salen ganando con el cambio de sistema, ya que este les garantiza tener en el ejercicio 2009 los recursos que les hubiera proporcionado el antiguo modelo más una parte de los recursos adicionales que el Gobierno central ha inyectado en el sistema, unos 11.000 millones de euros. Los cuales se distribuyen entre las comunidades de forma gradual y en base a una serie de variables, siendo la de mayor peso el incremento de población experimentado entre 1999 y 2009.

Estos recursos adicionales vendrán muy bien a las finanzas autonómicas, muy afectadas por la crisis económica. Sus efectos son bien conocidos: los ingresos autonómicos han disminuido substancialmente, principalmente por estar ligados algunos de sus impuestos a la actividad inmobiliaria. Además, el grueso de los gastos autonómicos por su naturaleza (educación, sanidad, servicios sociales, etc.) son claramente expansivos, lo que agrava la situación. Según cifras del Banco de España, la deuda de las autonomías desde septiembre de 2008 hasta septiembre de 2009 ha crecido un 33,2%. Este aumento puede ser visto con cierta alarma, pero a nivel global el endeudamiento de las comunidades autónomas en relación a su PIB no es todavía excesivo. Así, la deuda autonómica representa el 7,9% del PIB, siendo la Comunidad Valenciana la que ostenta mayor deuda en relación a su PIB (14,1%) y el País Vasco el que presenta un menor ratio (2,5%).

Es evidente que el nuevo modelo de financiación autonómica no puede solucionar totalmente la caída de ingresos debida a la crisis económica. No obstante, aquel goza de mecanismos que otorgan a las arcas autonómicas mayor estabilidad y solvencia que el sistema anterior.

En primer lugar, se incrementa la corresponsabilidad fiscal autonómica y la capacidad normativa para regular los tributos estatales cedidos. En segundo lugar, se corrigen en gran medida las diferencias de financiación por habitante que existían entre comunidades en el antiguo sistema, y que penalizaban a las que presentan una mayor capacidad fiscal. Y en tercer lugar, existen mecanismos de actualización periódica del modelo. Tanto de las variables relevantes en la distribución de recursos, que se actualizan anualmente, como de los elementos estructurales del modelo, que se hará quinquenalmente. Ello imposibilita que tenga lugar lo ocurrido en el sistema anterior, que para la distribución de los recursos todavía utilizaba la población de 1999 cuando, en los últimos años, esta había crecido de forma notable para muchas comunidades autónomas, lo que ha afectado en gran medida a su suficiencia financiera.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda Pública

El impuesto sobre sucesiones y donaciones

15 dic 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: ,

NÚRIA BOSCH

El impuesto sobre sucesiones y donaciones es uno de los impuestos más antiguos de los sistemas fiscales, pues ya existía en la época romana. No obstante, actualmente tiene un papel secundario en los sistemas fiscales modernos. Su recaudación representa alrededor del 0,2% del PIB tanto en los países de la OCDE como de la Unión Europea.

¿Tiene sentido exigir el impuesto? Desde el punto de vista de la equidad, se puede argumentar que el impuesto sobre sucesiones y donaciones grava una manifestación de capacidad económica. Con la misma fundamentación que justificamos que el impuesto sobre la renta grave la percepción de una renta salarial, se puede justificar el que se grave la percepción de una herencia al incrementar la capacidad económica de quien la percibe. Otro argumento a favor de la existencia del impuesto es su papel redistributivo. El impuesto puede ayudar a reducir las desigualdades sociales y económicas y a alcanzar una mayor igualdad de oportunidades entre los individuos. Por tanto, desde esta perspectiva el impuesto debe ser progresivo.

En España, el Estado tiene cedido totalmente este impuesto a las comunidades autónomas, y estas, a su vez, tienen competencias normativas sobre el mismo, lo que les permite cambiar su configuración. La mayoría de comunidades autónomas lo han modificado para introducir rebajas fiscales, lo que hace que en muchas de ellas el impuesto sea inexistente para transmisiones entre parientes de línea directa. Catalunya era una de las pocas comunidades que quedaban sin reformarlo y en estos días ya se ha anunciado su reforma a la baja. Además se oyen voces que abogan por su total desaparición.

¿Son justas estas reformas? Un argumento a favor de la necesidad de reformar el impuesto es que este es muy progresivo y oneroso para los parientes más próximos, pero con tratos especiales (por ejemplo, en la transmisión de la empresa familiar) para colectivos muy sensibles al mismo, lo que provoca claras inequidades, recayendo primordialmente en las clases medias. Por ello, una racionalización del impuesto en la dirección de dar un trato más homogéneo a los bienes y de subir el mínimo exento parece necesaria, y lo situaría en la línea de los impuestos sobre sucesiones y donaciones de muchos países. Debería ser un impuesto para patrimonios de nivel alto. Asimismo, no parece que haya justificación para dar un trato distinto a los herederos en función del parentesco con el causante.

No obstante, hay un peligro con todas estas reformas a la baja llevadas a cabo por las comunidades autónomas, y es que el impuesto acabe desapareciendo por la competencia fiscal que se genera entre aquellas. Esto sucedió en Canadá y Australia, donde, al ser un impuesto descentralizado, los gobiernos subcentrales entraron en una competencia fiscal a la baja hasta su completa desaparición.

Si, como hemos visto, hay claros argumentos para mantener el impuesto –al menos para grandes fortunas–, el Estado debería impedir su desaparición, y exigir un nivel mínimo de gravamen por este impuesto, de forma que las comunidades autónomas no pudieran situarse por debajo.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda pública

La fiscalidad del automóvil

01 dic 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: ,

NÚRIA BOSCH

Los vehículos han soportado tradicionalmente una gran carga fiscal tanto en España como en otros países de la Unión Europea. En nuestro país los impuestos representan alrededor del 30% del precio de los vehículos, situándose en una posición intermedia dentro de la Unión Europea. Cuando compramos un vehículo nuevo pagamos el impuesto de matriculación y el IVA. Por su posesión, hay que pagar el impuesto municipal sobre circulación de vehículos y, hasta ahora, el desaparecido impuesto sobre el patrimonio. Otros impuestos gravan la utilización del vehículo. Son el impuesto de hidrocarburos, el impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos, el impuesto sobre primas de seguros y otra vez el IVA, que recae sobre el consumo de hidrocarburos, los recambios y las reparaciones. Finalmente, si el vehículo cambia de propietarios, se exige el impuesto sobre transmisiones patrimoniales o el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Las nuevas tendencias en la fiscalidad llevan a transformar los impuestos sobre vehículos en impuestos ambientales que incentiven la reducción de la contaminación global y local que ocasionan. En este sentido, en 2005 la Comisión Europea presentó una propuesta de directiva que supone eliminar el impuesto de matriculación de vehículos y reformar el impuesto sobre circulación de manera que su base imponible esté en función de las emisiones de CO². Por tanto, estas son las directrices que toda reforma de la fiscalidad del automóvil debería seguir en el futuro.

En el caso español, un aspecto positivo a destacar es que actualmente el impuesto de matriculación ya grava los vehículos por sus emisiones de CO². Asimismo, el impuesto de circulación municipal debería reformarse en la línea que propone dicha directiva europea. Su base imponible debería formase a partir de las emisiones de CO². A su vez, sobre estas emisiones debería establecerse una tarifa progresiva. Algunos estudios estiman que la reducción en las emisiones de CO² podría ser de alrededor de un 5%.

No obstante, los vehículos han de gravarse primordialmente a través del impuesto de hidrocarburos. De hecho, ya ocurre en la actualidad. El impuesto sobre hidrocarburos representa más del 40% de la recaudación derivada del gravamen de los automóviles. Gravar los vehículos a través de este impuesto permite aplicar el conocido principio de que quien contamina paga, ya que hay una relación directa entre el consumo de hidrocarburos y la contaminación emitida. De hecho, existen argumentos para basar exclusivamente la fiscalidad del automóvil en los impuestos sobre hidrocarburos.

En definitiva, la reforma de la fiscalidad de los vehículos debería ser un elemento importante de toda reforma fiscal verde, debiendo cumplir dos condiciones primordiales. Primera, la reforma ha de ser eficiente desde un punto de vista ambiental, es decir, que produzca una disminución real de las emisiones contaminantes. Y segunda, la reforma no ha de suponer un aumento de la carga fiscal sobre los vehículos, sino una redistribución de la misma a favor de los vehículos menos contaminantes.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda Pública

Corrupción a nivel municipal

16 nov 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas: ,

NÚRIA BOSCH

Los casos de corrupción ocasionados por nuestros representantes políticos van apareciendo con cierta frecuencia en los medios de comunicación. Es un fenómeno que afecta a todos los países con más o menos intensidad. El Banco Mundial ha alertado de que la corrupción afecta al crecimiento de un país y es un impedimento importante para el desarrollo.
Muchos estudios económicos y políticos demuestran que los países con sistemas democráticos avanzados, basados en la competencia entre partidos, elecciones libres y libertad de prensa tienen menos corrupción política. Por ello, sería razonable pensar que los sistemas democráticos ayudan a reducir los niveles de corrupción al tener más transparencia y más sistemas de control político.

Uno de los mejores controles políticos lo ejercen los ciudadanos cuando acuden a las urnas. En un sistema democrático los ciudadanos pueden castigar a sus políticos no reeligiéndoles para el ejercicio del gobierno. Y es a nivel municipal donde mejor se puede ejercer a través de las urnas dicho control. Ello es debido a que los ciudadanos conocen mejor a los políticos de su gobierno local que a los políticos de gobiernos de administraciones superiores. A nivel local se conocen mejor las características personales de los políticos y el entorno donde ejercen sus funciones. Además, a nivel local muchos de los casos de corrupción están relacionados con la regulación del suelo y el urbanismo en general.

Las consecuencias de este tipo de corrupción son evidentes, en la medida que las irregularidades relacionadas con el suelo y el urbanismo pueden ser más fácilmente percibidas por los votantes. Por tanto, sería lógico pensar que a nivel municipal sea donde los ciudadanos castiguen más la corrupción política.

Un estudio reciente de unos profesores de la Universidad de Barcelona demuestra cómo en las elecciones locales de los años 2003 y 2007 los ciudadanos de los municipios españoles donde hubo casos de corrupción relacionados con la regulación del suelo y el urbanismo castigaron a los políticos corruptos. El estudio analizó una muestra de unos 4.900 municipios, de los cuales más de 500 tuvieron algún caso de corrupción entre 1999 y 2007. Los resultados del estudio indican que los partidos políticos son castigados en las elecciones cuando ha habido casos de corrupción en su municipio, siendo el partido del alcalde el más castigado. El conjunto de partidos pierde un 9% de los votos, mientras que el partido del alcalde un 11%. Asimismo, si el estudio se circunscribe a los casos más graves de corrupción, los porcentajes anteriores pasan a ser del 17% y del 20%, respectivamente.

En consecuencia, aunque los casos de corrupción han de ser penalizados a través de los sistemas judiciales, es evidente que el buen funcionamiento de la democracia es una de las mejores herramientas para luchar contra esta problemática.
Las elecciones no son sólo un mecanismo para elegir a los políticos, sino también un instrumento para que los ciudadanos puedan expresar su descontento y rechazo por la corrupción negando a ciertos políticos el privilegio de gobernar.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda Pública

Falta de coordinación político-institucional

07 nov 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas:

NÚRIA BOSCH

España es hoy un Estado notablemente descentralizado, pudiéndose equiparar a Estados federales como Alemania, Canadá, Suiza o Estados Unidos. Y aunque no sea constitucionalmente una federación, las relaciones fiscales entre sus diferentes niveles de gobierno se pueden ubicar dentro del llamado federalismo fiscal.

El federalismo fiscal supone diversidad, y la diversidad puede implicar conflictos y tensiones entre las diferentes unidades de gobierno. En cambio, la centralización supone uniformidad y, por lo tanto, falta de conflicto. Pero, precisamente por esto, el centralismo no resuelve los problemas que trata de resolver el federalismo. En consecuencia, en un contexto de relaciones fiscales federales deben existir mecanismos de coordinación político-institucional entre las diferentes unidades de gobierno para superar los conflictos y promover el consenso. El propósito de estos mecanismos es garantizar la influencia de los gobiernos subcentrales en las decisiones del Ejecutivo central y permitir que cada nivel pueda desarrollar automáticamente sus responsabilidades y establecer mecanismos de superación de conflictos. En definitiva, hacer posible que el federalismo funcione como un instrumento para solucionar los conflictos y promover la formación del consenso.

Un ejemplo de carácter legislativo de estos mecanismos es el caso del Bundesrat (Cámara Alta) alemán. Es una cámara genuina de representación territorial mediante la cual se institucionaliza la participación de los länder en la política federal, ya que todas las leyes federales que afecten fiscalmente a los länder han de pasar por él. Sus miembros son designados y revocados directamente por los gobiernos de los länder de acuerdo con el número de votos de que dispone cada uno de ellos.

También en el ámbito gubernamental existen diferentes mecanismos de coordinación política en los países federales. Son las conferencias de ministros cantonales en Suiza, o de primeros ministros o jefes de Gobierno federales y subcentrales en Canadá y Australia. Estas conferencias se reúnen periódicamente con el objetivo de negociar previamente las principales medidas que afectan al nivel intermedio de gobierno y coordinar las actuaciones a desarrollar en sus respectivos ámbitos.

Actualmente, en España nos faltan mecanismos de este tipo. Los modelos de financiación autonómica han sido fruto de sucesivos pactos políticos entre el Estado y las comunidades autónomas. Estos pactos se han producido demasiado a menudo sin disponer de unas reglas claras y preestablecidas. El Consejo de Política Fiscal y Financiera se ha caracterizado por su discrecionalidad y falta de transparencia. Además, el Senado, que debería funcionar como una cámara de representación territorial en donde canalizar los posibles conflictos entre territorios, tampoco cumple esta función. En definitiva, a día de hoy faltan en España mecanismos de coordinación político-institucional que permitan canalizar de forma adecuada el proceso de negociación del modelo de financiación autonómica, así como su aplicación y desarrollo.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda Pública.

Transparencia en los datos

27 oct 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious
Etiquetas:

NÚRIA BOSCH

El Gobierno central hizo gala de transparencia y madurez democrática al publicar en julio de 2008 las cifras de las balanzas fiscales de las comunidades autónomas. Es decir, el saldo entre lo que reciben del Ejecutivo las diferentes comunidades en forma de gasto público y lo que aportan en forma de impuestos. Estos datos han sido objeto de fuertes debates no sólo a nivel académico, sino también a nivel de la sociedad civil y político, aflorando a la superficie con una carga polémica muy considerable. No es extraño que así sea, porque se trata de una problemática que toca muy de cerca los intereses de los ciudadanos (cuánto pagan y qué reciben del sector público). La publicación de los saldos por el Ministerio de Economía y Hacienda ayudó a racionalizar el debate, lo que se debe valorar muy positivamente.

No obstante, el Gobierno central no ha adoptado la misma actitud en el caso del nuevo sistema de financiación autonómica, acordado en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera en julio pasado. El nuevo sistema ha llegado ya como proyecto de ley al Congreso, pero todavía el gabinete de José Luis Rodríguez Zapatero no ha hecho público lo que representa en términos cuantitativos el nuevo modelo para las diferentes comunidades autónomas. Sólo se conocen parcialmente algunas cifras hechas públicas por algunas de ellas. Es cierto que, a partir de lo dispuesto en el acuerdo y en el proyecto de ley, los estudiosos en la materia pueden hacer un cálculo de lo que supone el nuevo sistema para cada comunidad autónoma, pero este es un ejercicio reservado a los especialistas que no esta exento de dificultades, ya que la redacción del acuerdo y del proyecto de ley en algunos puntos es bastante confusa.

A excepción del acuerdo de financiación autonómica del año 2001 (bajo el Gobierno del PP), en los anteriores acuerdos, una vez alcanzados, el Gobierno central había hecho públicas las cifras que el nuevo sistema de financiación autonómica suponía para cada comunidad autónoma.

Esta falta de transparencia por parte del Gobierno central no se justifica. En el momento de la negociación del cambio de sistema, es comprensible que el Ejecutivo sea prudente en facilitar las magnitudes de la nueva financiación por comunidades autónomas para que una escalada de competencia entre aquellas no entorpezca el proceso. No obstante, una vez aprobado el nuevo sistema de financiación tal oscurantismo no es justificable. Se vuelve a incurrir en el mismo error que en el acuerdo de 2001, del cual no se dispusieron las cifras hasta 2004, cuando se liquidó el ejercicio presupuestario de 2002, primer año de vigencia del pacto.

La transparencia contribuye a racionalizar y objetivar el debate. El oscurantismo, por el contrario, no evita la polémica y la confrontación, sino que hace que estas se fundamenten antes en los tópicos, los prejuicios y la explotación del agravio y del resentimiento que no en el conocimiento veraz de la realidad. Por ello, el Gobierno central debería hacer ya públicas las cifras relativas a la nueva financiación por comunidades autónomas.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda Pública

Competencia fiscal

11 oct 2009
Compartir: facebook twitter meneame delicious

NÚRIA BOSCH

Las comunidades autónomas tienen capacidad normativa para regular dentro de unos límites la mayoría de los tributos que les ha cedido el Estado. Son excepciones relevantes el IVA y los impuestos especiales. Esta potestad normativa empezó en 1997 y se ha ido incrementando hasta la actualidad. El último acuerdo de reforma de la financiación autonómica va en esta línea al incrementar el poder tributario de las comunidades autónomas sobre el IRPF.
En el caso de los impuestos directos, el uso de esta capacidad normativa ha consistido en introducir rebajas fiscales. En el IRPF, todas las comunidades autónomas han aplicado deducciones de la cuota, aunque en la mayoría de los casos afectan a pocos contribuyentes. A su vez, Madrid, La Rioja, Murcia y Valencia han disminuido la tarifa autonómica. Las rebajas fiscales en el impuesto sobre sucesiones y donaciones se han traducido en reducir la base del impuesto sobre transmisiones mortis causa, entre padres e hijos, en especial por la transmisión de la empresa familiar y la vivienda habitual, así como por adquirientes discapacitados. De hecho, algunas comunidades autónomas han reducido prácticamente la totalidad de la carga tributaria de este impuesto para determinados herederos. También, se han introducido beneficios fiscales en las donaciones de padres a hijos.
En cambio, las comunidades autónomas han tendido a aumentar los impuestos indirectos menos perceptibles y con bases menos móviles que los directos. En el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados han aumentado el tipo impositivo general de las transmisiones onerosas de bienes inmuebles y la cuota gradual de documentos notariales. También algunas comunidades han aplicado recargos sobre el impuesto minorista de hidrocarburos. Es el llamado céntimo sanitario.
El resultado de este uso de la capacidad normativa por las comunidades autónomas es que hoy existen diferencias notables en la carga fiscal que soportan los contribuyentes por dichos impuestos, dependiendo de la comunidad autónoma donde residan. Ello no tiene por qué valorarse negativamente, ya que las comunidades autónomas no sólo han de ejercer su potestad para decidir cómo gastan, sino que también han de tenerla en los ingresos y ser responsables fiscalmente. Es el contribuyente-votante quien ha de valorar si el nivel de servicios públicos prestados por la comunidad se corresponde con el nivel de impuestos pagados a la misma.
No obstante, estas rebajas fiscales, en el caso del impuesto sobre sucesiones y donaciones, están generando algunas distorsiones y un fuerte proceso de competencia fiscal entre las comunidades autónomas, ya que con ello estas intentan atraer bienes procedentes de otras regiones. Ello podría conducir a la desaparición del impuesto, como ha ocurrido en otros países con procesos parecidos. Si se piensa que dicho impuesto tiene razón de ser –ya que grava una verdadera capacidad de pago–, para que el impuesto no acabe desapareciendo el Estado debería fijar un nivel mínimo de imposición por debajo del cual no pudiera situarse ninguna comunidad autónoma.

Núria Bosch es catedrática de Hacienda Pública