Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
El titular del Ministerio de Educación ha anunciado la intención del Gobierno de rediseñar la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, que pasará a denominarse Educación Cívica y Constitucional, para evitar el carácter polémico y el adoctrinamiento ideológico que, en su opinión, esta tiene.
La argumentación del ministro no es coherente por dos motivos. Primero, en 2009 el Tribunal Supremo estableció, por una amplia mayoría de 22 votos a favor y siete en contra, que los contenidos de la asignatura carecen de un carácter adoctrinador o proselitista y que, por lo tanto, no vulneran el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que deseen. Y segundo, si al ministro realmente le preocupa la presencia en el currículo escolar de enseñanzas que puedan suponer el adoctrinamiento ideológico, no parece que sea lógico que muestre su recelo frente a una asignatura que el anterior Gobierno implantó para cumplir una recomendación del Consejo de Europa de 2002, y sin embargo no proponga la eliminación urgente de la clase de Religión, ya que esta tiene como objetivo precisamente adoctrinar al alumnado en los principios de una fe religiosa concreta.
Ahora bien, mucho me temo que, tanto en 2006 como ahora, el PP está utilizando la asignatura de Educación para la Ciudadanía como una cortina de humo para encubrir el auténtico calado de la reforma educativa que se propone realizar. Diversos líderes del PP y de la Iglesia católica llevan tiempo pidiendo recuperar una de las principales señas de identidad de la Ley de Calidad de la Educación que aprobó el Gobierno de Aznar en 2002, pero cuya ejecución fue paralizada por los posteriores gabinetes socialistas; y es que los centros privados financiados con fondos públicos, mayoritariamente católicos, puedan volver a seleccionar a su alumnos utilizando como filtro discriminatorio sus creencias. Por ahora, el experimento le ha salido bien al PP, ya que con sólo mencionar la transformación de una asignatura marginal, que se imparte sólo en dos cursos de la educación obligatoria, ha conseguido que su intención de reformar en profundidad el sistema educativo pase a un segundo plano.
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
El último Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el anteproyecto de Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, con el objeto de controlar que las administraciones cumplan sus presupuestos económicos y no superen los objetivos de déficit público. El texto, en clara sintonía con las directrices comunitarias, prevé la imposición de duras sanciones económicas para las administraciones incumplidoras, pero no dedica una especial atención al tipo y al grado de responsabilidad que podrá exigirse a los gobernantes que gestionen de forma negligente la hacienda pública.
Nuestro ordenamiento jurídico permite a nuestros gobernantes gestionar los recursos públicos con excesiva libertad, tal y como se deduce del hecho de que numerosas administraciones se encuentren en quiebra técnica debido exclusivamente a la ausencia de celo de sus gestores. En el mejor de los casos, porque no siempre ocurre así, el gobernante cuya mala gestión es castigada en las urnas asume lo que se conoce como responsabilidad política, que consiste en que el sujeto que ha arruinado la hacienda pública condenando a sus conciudadanos y a las futuras generaciones a pagar deudas millonarias, se va a su casa de rositas, cuando no a disfrutar de un puesto en el consejo de administración de alguna empresa pública o privada.
Así las cosas, parece evidente la necesidad de articular mecanismos que permitan controlar eficazmente a nuestros gobernantes, de forma que, por una parte, al igual que ocurre en los países de nuestro entorno europeo, los ciudadanos puedan acceder a los archivos y registros oficiales sin justificar su petición, para conocer en qué y con quién se gastan sus impuestos sus gobernantes; y por otra, la única manera de acabar con la impunidad con la que operan nuestros gestores públicos es poder exigirles responsabilidad penal y civil cuando despilfarren el dinero público. De esta manera, los regidores públicos no pagarían con tanta alegría cifras millonarias en campañas de imagen institucional, se reducirían las habituales desviaciones presupuestarias de los contratos de obras públicas, habría menos aeropuertos sin aviones y sin sentido, y así un largo etcétera.
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
A menos de un año de las elecciones presidenciales estadounidenses, republicanos y demócratas han comenzado un maratón político, ya que la clase política ha comenzado a perfilar mediante un complejo sistema de primarias quiénes serán sus candidatos al Congreso federal, y además los republicanos deben decidir cuál de sus líderes pugnará contra Obama por hacerse con la presidencia en las elecciones de noviembre. Los primeros debates entre los aspirantes republicanos a la presidencia indican unívocamente que uno de los temas estrella en estas elecciones será la reforma sanitaria aprobada durante la Administración Obama, que debería entrar en vigor en 2014.
El sistema sanitario estadounidense se soporta sobre un modelo de seguro médico privado, que cubre los gastos médicos de los asegurados exclusivamente en aquellos supuestos previstos en el contrato de seguro. Por este motivo, aquellos que carecen de seguro médico (casi 50 millones de personas) sólo tienen la cobertura médica que ellos mismos puedan costearse en el mercado privado; asimismo, otros tantos millones de personas que disponen de seguro médico sólo tienen cobertura para determinadas enfermedades, e incluso en el caso de las enfermedades más graves o con mayores costes sanitarios, es habitual que la póliza sanitaria sólo cubra una parte de los gastos, por lo que los asegurados deben pagar cifras astronómicas para poder recibir la debida atención médica. En otras palabras, en Estados Unidos la diferencia entre vivir, morir o padecer una enfermedad hasta sus últimas y más crueles consecuencias, depende en gran medida de la capacidad económica de las personas.
Paradójicamente, el modelo sanitario que ahora defienden los demócratas, y que con tanta dureza critican los republicanos, se encuentra todavía muy lejos de los modelos sanitarios públicos europeos más avanzados. Así las cosas, y con independencia de cuál sea el resultado de las próximas elecciones legislativas, Estados Unidos será la primera potencia económica mundial, pero continuará en el furgón de cola en el ranking de los países que protegen un derecho tan básico para la dignidad humana como es el derecho a la salud.
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
El juicio que se está celebrando estos días contra Francisco Camps merece el calificativo de esperpéntico, tanto por las declaraciones y los argumentos que están utilizando las partes implicadas en el proceso judicial, como por el hecho de que precisamente en un momento en el que la clase política está pidiendo a la ciudadanía que tenga fe en su gestión y que acepte hacer cada vez más sacrificios económicos para salir de la crisis, en el Palacio de Justicia de Valencia se esté juzgando por cohecho impropio al que fuera, nada más y nada menos, presidente del País Valencià.
El proceso judicial ha avivado un debate que a todas luces no debería existir, al menos en el marco de una sociedad justa y democrática, y es en qué medida los cargos públicos puedan recibir regalos de particulares, o cuál debe ser el valor de dichos regalos para que estemos ante una actividad delictiva. Todo ello, por no hablar de la brillante idea que en su momento tuvo el PP de aprobar un código de buenas prácticas prohibiendo a sus cargos recibir regalos que no respondan, por su importe o causa, a los usos y costumbres sociales. La única respuesta cabal que puede darse a esta cuestión es tolerancia cero; en otro caso, eso sí atendiendo a los usos sociales, los profesores podrían ver sus despachos inundados de jamones, los policías recibir dádivas de los delincuentes en Navidad, y así un largo etcétera.
Ahora bien, el debate más peligroso que ha generado el juicio de Camps es, tal y como lo han calificado algunos, el sinsentido de que la Justicia tenga que dedicar tantos recursos y medios económicos a esta causa cuando el importe de los regalos es de sólo 14.000 euros. El valor de los regalos o el color político de su receptor es irrelevante, aunque algunos parezcan no entenderlo, lo importante es saber si el principal responsable de gestionar millones de euros de dinero público recibía regalos de una empresa a cambio de concederles contratos con la Administración; porque en ese caso los trajes les habrán costado varios millones de euros a los valencianos, y se habrá socavado, una vez más, la confianza de los ciudadanos en sus gobernantes, que es la peor afrenta que puede hacerse al Estado democrático.
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
Europa ha decidido abrazar la religión del déficit cero, lo cual supone que los países con mayores desequilibrios presupuestarios, como es el caso de España, deben reducir al menos en el corto y medio plazo su gasto público. Los ajustes aludidos serán gestionados por el partido que acaba de salir de las urnas y, aprovechando esta coyuntura legislativa, el cardenal arzobispo de Madrid ha mandado un mensaje al futuro Ejecutivo instándole a que recupere la Ley de Calidad de la Educación que aprobó el Gobierno de Aznar en 2002, pero cuya ejecución fue paralizada por los posteriores gabinetes socialistas.
La Ley de Calidad permitía a las escuelas privadas concertadas, en su mayoría católicas, seleccionar a sus alumnos, y en este proceso utilizar su ideario religioso como uno de los principales criterios de selección. De esta manera, utilizando el criterio de la potencial adhesión o no a unos principios religiosos concretos, las escuelas concertadas decidían a qué alumnos querían escolarizar y, mucho más importante, a cuáles no. La Ley Orgánica de Educación de 2006 derogó la Ley de Calidad y prohibió expresamente que las escuelas financiadas con fondos públicos pudieran discriminar en la selección de sus alumnos, entre otras razones, por motivos religiosos, o cobrar a sus usuarios por sus servicios educativos. La Ley de 2006 no fue un capricho del Gobierno socialista, ya que en aquel momento las escuelas públicas cumplían con una función social que las escuelas privadas no estaban dispuestas a asumir, tal y como se deducía de las estadísticas que indicaban que el grueso de los alumnos de origen inmigrante se escolarizaban en las escuelas públicas, y que los alumnos con mayores niveles de renta asistían a las escuelas privadas concertadas.
En los próximos meses el PP debe decidir en qué medida los futuros recortes presupuestarios afectarán al sistema educativo, y en este contexto debe tener presente que la escuela pública de calidad es uno de los pilares sobre los que se asientan los modelos sociales más avanzados, y que la educación es un servicio público esencial que debe servir para remover las desigualdades socioeconómicas y no para fomentarlas, le pese a quien le pese.
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
Las dos últimas legislaturas han sido las más tensas en las relaciones entre el Estado y la Iglesia católica de nuestra historia democrática, pues la jerarquía eclesiástica ha respondido con declaraciones muy duras ante los medios de comunicación y liderando las manifestaciones organizadas para protestar contra la aprobación de algunas políticas impulsadas por los gobiernos de Zapatero (que formaban parte de su programa electoral) en terrenos como la familia, la educación o la bioética.
Ahora bien, al mismo tiempo que la jerarquía católica calificaba públicamente las políticas impulsadas por el Ejecutivo socialista como laicistas y enemigas de la libertad religiosa, ha negociado hábilmente con ese mismo Gobierno la mejora de sus privilegios en numerosos terrenos. Durante las dos últimas legislaturas el dinero público ha seguido financiando las escuelas concertadas católicas, la enseñanza de la religión ha continuado impartiéndose en las escuelas públicas y los presupuestos generales han continuado financiando generosamente la conservación de iglesias y catedrales porque forman parte de nuestro patrimonio histórico, artístico y cultural, pese a que en la práctica su uso sea privado, entre otros muchos ejemplos. Y por si esto no fuera suficiente, en este periodo el Estado ha aceptado responsabilizarse económica y laboralmente de los profesores que imparten enseñanza de la religión católica en la escuela pública, como si de un servicio público más se tratase, y convertir en indefinida en el tiempo y mejorar considerablemente la financiación que recibe la Iglesia a cargo del erario público.
En este contexto, el principal pecado de los gobiernos de Zapatero ha sido haber dejado pasar la oportunidad de reformar la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, pese a que dicha regulación carece de los instrumentos necesarios para solucionar los problemas derivados del pluralismo ideológico y religioso que se ha instalado en nuestra sociedad. Decía Sócrates que los buenos gobernantes no son los que llevan cetro, sino los que saben mandar, y a la vista de los hechos queda claro que Zapatero ha claudicado ante la tiara papal.
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
La Conferencia Episcopal española ha publicado una nota para orientar moralmente a sus fieles ante la proximidad de la cita electoral del 20-N. Se trata de una práctica habitual, a través de la cual la Iglesia católica no pide el voto para una formación política concreta, pero recomienda no votar a los partidos políticos que promueven políticas contrarias a su moral y principios y, en el caso concreto del 20-N, a aquellos partidos que defiendan el derecho de las mujeres a abortar, el matrimonio entre personas del mismo sexo, o la impartición de Educación para la Ciudadanía en la escuela. De esta manera, la Iglesia católica ha hecho un guiño evidente al PP, ya que el PSOE ha sido el promotor del reconocimiento legal de las políticas señaladas, y en los últimos años el PP ha venido utilizado estas temáticas para realizar parte de su labor de oposición política, e incluso ha recurrido algunas de estas medidas ante el Tribunal Constitucional.
La experiencia nos dice que el mensaje de la Iglesia católica probablemente será obviado por la sociedad española, pues en las anteriores elecciones nacionales la Iglesia católica realizó una recomendación similar a sus fieles y el PSOE se alzó con la victoria. Por lo tanto, o bien los católicos ignoraron las orientaciones de su Iglesia, o bien en España hay muchos menos católicos de los que dicen tanto las estadísticas como la propia Iglesia católica. Ahora bien, lo que es preocupante es que la Iglesia católica haya vulnerado una vez más el principio constitucional de separación entre el Estado y las iglesias, el cual prohíbe al Estado intervenir en asuntos de índole religiosa, por ejemplo, diciendo a la sociedad qué Iglesia prefiere o interfiriendo en la elección de sus líderes; pero a sensu contrario exige la misma actividad de respeto hacia los asuntos civiles de las confesiones religiosas. Esto no quiere decir que la Iglesia católica no pueda participar en el debate electoral, pero si quiere hacerlo debería quitarse la máscara de organización con fines religiosos, crear un partido político, concurrir a las elecciones y asumir el riesgo de que la sociedad española pueda decidir no votar sus propuestas. ¿Acaso es pedir demasiada coherencia?
Óscar Celador
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
Gracias a la inactividad de las administraciones públicas, por enésima vez el consejo escolar de un centro educativo público ha tenido que decidir sobre si una alumna puede asistir a la escuela portando un hiyab. El desarrollo de los hechos ha seguido el patrón habitual. Primero el centro escolar (en este caso el Tierno Galván de Madrid) expulsa a una alumna por asistir al centro con el pañuelo, y ante la inoperancia de la Comunidad de Madrid (que tiene atribuida la competencia educativa) su consejo escolar ha tenido que decidir entre, bien readmitir a la alumna (como ha ocurrido en este caso a cambio de que el pañuelo no le cubra las orejas), bien expulsar a la alumna y que la administración educativa escolarice a la menor en otro centro que la acepte.
El uso del pañuelo islámico es una manifestación de los derechos a la identidad cultural y a la libertad religiosa, por lo que a priori podría afirmarse que la menor tiene derecho a portarlo; pero entonces, y aquí es donde empiezan los problemas, habría que permitir que todos los alumnos pudieran vestirse de acuerdo con sus culturas, creencias o convicciones. En otras palabras, no es coherente defender el derecho de las musulmanas a asistir a la escuela pública con el hiyab y al mismo tiempo prohibir a los judíos que se cubran su coronilla con la kipá, o a los cristianos portar crucifijos. Asimismo, si se permite a los alumnos portar vestimentas específicas por motivos religiosos habría que ser igual de permisivos con los que tengan ideologías no religiosas, ya que desde la perspectiva constitucional estas gozan del mismo nivel de protección, y al final acabaríamos convirtiendo a la escuela en un auténtico circo.
Curiosamente, en un país en el que la clase política padece la enfermedad de querer solucionar cualquier problema aprobando leyes más para la galería que para la ciudadanía, el Gobierno central no se ha atrevido a modificar la Ley de Libertad Religiosa para aportar seguridad jurídica a este contexto, y el Gobierno autonómico madrileño ha demostrado, una vez más, su falta de sensibilidad ante este tipo de situaciones pasándole la pelota a los colegios, que hoy dicen una cosa pero que mañana pueden decir lo contrario.
ÓSCAR CELADOR
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
La regulación del aborto aprobada durante esta legislatura ha dado un enorme juego político al PP, ya que ha permitido a sus principales líderes utilizar este tema para hacer una labor de oposición facilona y simplista al Gobierno, que culminó con la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional que todavía está pendiente de resolución.
Con estos antecedentes, si el PP quiere ser coherente con su discurso político debe incorporar a su programa electoral para la cita del 20-N una de estas tres propuestas. Por una parte, derogar la Ley del Aborto vigente y recuperar la ley de 1985, la cual estuvo vigente durante 25 años –dos legislaturas del PP incluidas– permitiendo que, gracias a sus lagunas jurídicas, se realizasen cientos de miles de abortos y España se convirtiese en un destino turístico abortivo de primer orden. Por la otra, prohibir la interrupción voluntaria del embarazo en cualquier supuesto, tal y como parece proponer el ala más conservadora del partido, lo cual permitiría ilegalizar las clínicas que realizan abortos y encarcelar a todas aquellas mujeres que aborten en España; pero no impediría que las que cuenten con recursos económicos puedan abortar legalmente en el extranjero, como ocurría antes de la ley de 1985. O, por último, derogar y enmendar parcialmente la Ley del Aborto vigente.
Hasta ahora, varios líderes del PP han prometido que si su partido gana las elecciones derogarán la Ley del Aborto, otros han matizado que sería suficiente con modificar la regulación actual (pero sin aclarar en qué sentido), y otros juegan al despiste sin pronunciarse al respecto de forma contundente ante el temor a perder parte de su potencial electorado. Con esta actitud, el PP está demostrando una enorme hipocresía, ya que, a pocas semanas de la cita electoral, la ciudadanía tiene derecho a conocer de forma clara y precisa cuál es su propuesta concreta en un tema tan importante, tanto por la relevancia que el propio PP ha dado a este asunto a lo largo de la legislatura, como por el hondo calado social que tiene la regulación del aborto; para luego poder votar en consecuencia. En otro caso, estaremos ante un enésimo supuesto de oportunismo electoral.
ÓSCAR CELADOR
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
Troy Davis, de raza negra, acaba de engrosar la lista de ajusticiados con la pena de muerte en Estados Unidos, porque un tribunal le declaró culpable del asesinato de un policía blanco en 1989. La pena capital sólo puede imponerse en Estados Unidos cuando no existe “ninguna duda razonable sobre la culpabilidad” del acusado; sin embargo, la aparición de nuevos indicios y pruebas aportados por la defensa 20 años después del enjuiciamiento de los hechos, y la paralela suspensión de la ejecución en varias ocasiones al más puro estilo de las películas de Hollywood, han reavivado el debate sobre la pena de muerte en el seno de la sociedad estadounidense.
Una de las principales señas de identidad de las sociedades democráticas civilizadas es la prohibición expresa de la pena de muerte, e incluso este es un requisito imprescindible para poder formar parte de numerosas instituciones internacionales, como el Consejo de Europa o la Unión Europea. En esta línea, desde su creación, la ONU ha adoptado numerosas resoluciones pidiendo a sus miembros la derogación de la pena de muerte; de ahí que sea incongruente que Estados Unidos ocupe un papel tan privilegiado en esta institución, o que lidere diversas cruzadas internacionales alegando una hipotética defensa de los derechos humanos mientras que, por ejemplo, por ahondar en el esperpento, el año pasado un preso condenado a la pena capital fue ejecutado a tiros por un pelotón de fusilamiento en el Estado de Utah.
El señor Davis forma parte de la estadística que indica que, pese a que la minoría de raza negra apenas representa un 13% del total de la población de Estados Unidos, algo más del 40% de los presos del corredor de la muerte son negros. Ahora bien, lo que no explican las estadísticas es que la diferencia entre ser declarado culpable o inocente en muchos supuestos depende de la capacidad económica de los imputados para rodearse de una pléyade de abogados que estudien milimétricamente su caso y encuentren resquicios en el sistema legal, y casualmente un elevado porcentaje de los condenados a la pena de muerte en la primera potencia mundial, además de ser negros, pertenecían a las clases sociales más marginales y desfavorecidas.