Dominio público

El derecho humano a a paz

Carlos Villán Durán

CARLOS VILLÁN DURÁN Y JAVIER CHINCHÓN ÁLVAREZ

12-11.jpgAyer conmemorábamos el aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, instrumento que, a la altura de sus 61 años, sigue siendo "el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse", tal como afirma su preámbulo. Precisamente en estos tiempos de severa crisis mundial, en los que tanto se invoca la necesidad de construir un nuevo sistema global, resulta especialmente conveniente recordar este documento capital y, más en concreto, detenernos en una de sus previsiones, que no siempre concita la atención adecuada: el artículo 28. En él se reconoce que "toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos".

Este (nuevo) orden social e internacional que se reclama no es una declaración de buenas intenciones, sino que posee un contenido concreto que nos ha de conducir a la consecución de la paz a través del desarrollo económico y social de los pueblos, la redistribución más equitativa de las riquezas mundiales, el desarme, el respeto al medio ambiente y a los derechos humanos de todos, así como la revisión del sistema de seguridad colectiva previsto en la Carta de las Naciones Unidas, de modo que se garantice eficazmente la paz y seguridad internacionales.

Como ya dijo el director general de la UNESCO, "la paz duradera es premisa y requisito para el ejercicio de todos los derechos y deberes humanos". Así, debemos entender el derecho humano a la paz como derecho de solidaridad, que da respuesta a todas las cuestiones planteadas por la globalización, que reclama un orden social e internacional en el que la paz sea posible. Este planteamiento nos lleva a asumir que la paz no se limita a la ausencia de conflicto armado, pues tiene además un sentido positivo orientado a la consecución de tres objetivos: satisfacer las necesidades básicas de todos los seres humanos, eliminar todo tipo de violencia (armada, estructural y cultural) y lograr el respeto efectivo de los derechos humanos para todos.

A esa concepción responde la Declaración de Luarca sobre el Derecho Humano a la Paz, aprobada por un Comité de expertos el 30 de octubre de 2006. En ella se pone énfasis en la necesidad de establecer un nuevo orden económico internacional, presidido por la redistribución mundial de los recursos y la realización de la justicia social, de manera que se eliminen las desigualdades, la exclusión, la pobreza y la hambruna, porque son todos ellos fenómenos que generan violencia estructural, la cual es incompatible con la paz, tanto a nivel interno como internacional.

Algunos podrían tildar esta concepción de idealista. Pero olvidan que ciertas dosis de idealismo son también necesarias para construir un mundo mejor. Además, jurídicamente el derecho humano a la paz está fuertemente enraizado en instrumentos tan universalmente aceptados como la Carta de las Naciones Unidas y la misma Declaración Universal de Derechos Humanos. De aquí que, en realidad, no existan obstáculos jurídicos insalvables para que la Asamblea General de las Naciones Unidas apruebe en el futuro una Declaración Universal del Derecho Humano a la Paz, a propuesta de su Consejo de Derechos Humanos. Las dificultades se derivan más bien de la falta de voluntad política de los Estados, pero también estas se pueden superar si la sociedad civil demuestra a sus gobernantes y representantes que otra paz es posible: una paz justa, sostenible y duradera, a cuya construcción todos debemos contribuir.

La codificación del derecho humano a la paz tampoco es un ejercicio puramente académico. Se trata de responder de manera eficaz a las violaciones sistemáticas que la paz sufre en el mundo de hoy. Estas vulneraciones tienen su origen tanto en la violencia armada directa (persisten más de 40 conflictos armados en el mundo, muchos de ellos olvidados), como en la violencia estructural generada por la extrema pobreza y la hambruna que, lejos de reducirse, ya afecta a 1.020 millones de seres humanos, la mayoría mujeres y niños del Sur; otras manifestaciones de la violencia son culturales, como la de género, la laboral, la escolar y la familiar. Todas ellas conforman el desolador panorama de la violación masiva del derecho humano a la paz en nuestras sociedades, en las que paradójicamente impera una cultura de violencia –corolario de la máxima latina si vis pacem para bellum (si quieres la paz, prepara la guerra)–, sobre la cultura de paz.

Frente a este estado de cosas, la AEDIDH propició en 2006 la aprobación de la Declaración de Luarca y, a continuación, promovió la campaña mundial a favor del derecho humano a la paz (2007-2010), en cuyo marco la Declaración de Luarca es compartida y debatida con especialistas de todo el mundo, incorporando así las diferentes sensibilidades culturales y recibiendo el apoyo de múltiples instituciones. En diciembre de 2010, la sociedad civil internacional será convocada en Santiago de Compostela –en el marco del Foro 2010– para aprobar una Declaración Universal del Derecho Humano a la Paz, que se entregará al Consejo de Derechos Humanos, al tiempo que instaremos a los estados a iniciar la codificación del derecho humano a la paz.

Si la paz es una exigencia ética que debiera presidir las relaciones internacionales, el derecho humano a la paz es un imperativo legal con el que se identifica la sociedad civil de todo el mundo, porque es una exigencia de civilización que está por encima de todo particularismo regional, histórico o cultural. En estas fechas de confusión global ante la crisis sistémica, debemos reclamar con más fuerza que nunca a nuestros representantes y dirigentes que asuman el compromiso de respetar y garantizar el derecho humano a la paz.

Carlos Villán Durán es presidente de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Javier Chinchón Álvarez es director ejecutivo de la AEDIDH

Ilustración de Javier Olivares

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