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Dominio público

Opinión a fondo

La impunidad del alzamiento

18 jul 2010
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EMILIO SILVA BARRERA07-18.jpg

En los últimos años han proliferado las publicaciones que justifican el golpe de Estado del 18 de julio de 1936. El ataque del general Franco al orden Constitucional, dicen, era necesario para detener el caos republicano. Y el precio del orden, decenas de miles de asesinatos cometidos por los generales sublevados. En un Estado que ilegaliza formaciones políticas que no condenan actos de violencia, quienes justifican el genocidio cometido por los franquistas son consentidos, incluso con la existencia de una fundación que tiene por objetivo principal el enaltecimiento de la figura del dictador.
Sin embargo, el propio general Franco contradijo esas teorías con la aprobación de una Ley de Amnistía que él mismo firmó, el 23 de septiembre de 1939. En ella declaraba amnistiables: “delitos contra la Constitución, contra el orden público, infracción de leyes de tenencia de armas y explosivos, homicidios, lesiones, daños, amenazas y coacciones y de cuantos con los mismos guarden conexión, cometidos desde el 14 de abril de 1931 hasta el 18 de julio de 1936 por personas respecto de las que conste de modo cierto su ideología coincidente con el Movimiento Nacional”.
De ese modo el generalísimo catalogó los tipos de agresiones ejercidas por quienes no aceptaron los cambios democráticos ocurridos con el advenimiento de la Segunda República. Haciendo un paralelismo revisionista podría decirse que la guerra comenzó el 14 de abril de 1931. Así lo explica el dictador que orquestó un terrible genocidio para erradicar la democracia y la cultura política que estaba generando la práctica de los derechos civiles. Lo que ocurrió el 18 de julio fue el inicio de una acción militar para alcanzar el objetivo que los fascistas no habían conseguido tras cinco años de violencia civil.
La lista de delitos que el general Franco amnistió en 1939 coincide con muchos de los que cometió: homicidios, lesiones, daños, amenazas y coacciones. El franquismo nunca desactivó su violencia porque, como dijo el caudillo al inaugurar el Valle de los Caídos, “la antiespaña fue vencida y derrotada, pero no está muerta”.
Fallecido el dictador, quienes violaron derechos humanos dentro del régimen fascista quisieron obtener una amnistía que les blindara ante la justicia. Para ello dosificaron estratégicamente la liberación de presos políticos; esa sería su moneda de cambio. El goteo controlado de “suelta” de políticos contribuyó a crear la demanda de una Ley de Amnistía, cuando en una democracia bastaba con la decisión política de que salieran esos presos a la calle.
Desde opciones progresistas hay quien defiende esa amnistía como una conquista de las víctimas y acostumbran a utilizar la frase de Manuel Azaña: “Paz, piedad, perdón”. Precisamente, el partido político de Azaña, Izquierda Republicana, no fue legalizado hasta después de las elecciones de junio de 1977, para que no estuviera presente en el Parlamento que elaboró la Ley de Amnistía y la Constitución monárquica. Como él, ninguna formación política que en sus siglas llevara como seña de identidad el republicanismo pudo presentarse a esos comicios, según el Ministerio de Gobernación: “por ser contrarios a la forma de Estado”. ¿Qué forma de Estado si todavía no estaba aprobada la Constitución?
El trabajo de buena parte de las élites de distintas ideologías que pilotaron ese proceso de recuperación de las libertades fue esconder que la transición a la democracia había ocurrido antes del 18 de julio de 1936. Nuestra Transición fue la Segunda República y lo que ocurrió en los años setenta fue la recuperación de ese proceso democrático. Si durante la dictadura la versión oficial fue que los culpables fueron “los rojos”, el avance conquistado con la recuperación de las libertades fue que los dos habían cometido errores. Así se equiparaba a quienes atacaban al Gobierno legal y a quienes que lo defendían. Además, se abonó la impunidad con un sistema educativo que no ha enseñado a millones de ciudadanas y ciudadanos lo que fue la represión franquista.
Difrazada de “vamos a tratar a todos por igual”, la Ley de Amnistía selló la impunidad para los sublevados, como hizo Franco en 1939. ¿Alguien ha oído que en Nuremberg fueran amnistiados los aliados que liberaron a Europa del nazismo a pesar de que causaron miles de víctimas?
Pero, por si la ley no era suficiente, las élites franquistas obtuvieron la permanencia de un poder judicial adepto que hoy ha puesto contra las cuerdas al juez Garzón. Mientras tanto, miles de familiares de desaparecidos subsisten sin poder ejercer sus derechos fundamentales. Ocurre en un Estado cuyo representante en la Audiencia Nacional, el fiscal Javier Zaragoza, llamó crímenes comunes a los asesinatos de 113.000 hombres y mujeres, orquestados y cometidos principalmente en los tres meses posteriores al golpe del 18 de julio.
El problema de la impunidad no es sólo que agrede a las víctimas, niega el derecho y daña a la justicia. Se acaba convirtiendo en una cultura política que intoxica la vida pública. Lo que pudo parecer que allanaba el camino tras la muerte del dictador ha terminado siendo un enorme obstáculo para que mejore nuestra democracia.

Emilio Silva Barrera es Presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica

La invención de un silencio

09 jul 2010

RICARD VINYES

07-09.jpgOcurrió a media tarde de un día laborable, cuando un paseo me llevó junto a la iglesia de la Purísima Concepción, ubicada en el encuentro de las calles de Aragó y Roger de Llúria del ensanche de mi ciudad. Crucé la entrada para ver de nuevo su hermoso claustro gótico, dos galerías superpuestas de arcos sostenidos en finas columnas rodeando un jardín cuidado y quieto con acceso a la iglesia, de donde procedía una voz. Entré, y en la penumbra fresca del templo oí a un sacerdote que relataba al público los detalles de la persecución de católicos durante la Guerra Civil. Daba nombres, y contaba martirios. Me senté, y escuché una afirmación importante: “Es muy grave que se quiera silenciar lo que nos sucedió, y sólo podamos hablar de lo que pasó en un bando”. Prosiguió el relato y de tanto en tanto regresaba a la misma frase. La anoté, por eso puedo escribirla hoy.

Crecí a 500 metros de aquella iglesia y nada de lo que oía era nuevo para mí. Pasé la niñez y la adolescencia escuchando relatos vecinales sobre sacerdotes escondidos o diezmados, franquistas fugitivos y reuniones clandestinas de la quinta columna. Supe –como tantos niños de mi barrio y escuela–, los destrozos ocasionados en aquella iglesia, en las Salesas y en tantas otras. Heredé las historias de persecución, checas, violaciones domiciliarias y asesinatos bajo el orden republicano porque estaban presentes en la calle, púlpitos, librerías o cines, de manera ostentosa, con honor y gratificación. Cualquiera, en los años sesenta, conoció los desmanes republicanos hasta el empacho. Sentado en aquel templo escuchaba cómo se construye la invención de un silencio que el tiempo y el interés convierten en lugar común.

Es una lástima que no existan todavía hoy investigaciones solventes sobre la represión republicana. Los libros publicados en la dictadura no sirven, porque carecen del rigor mínimo. Los que están apareciendo en los últimos cinco o seis años resultan decepcionantes: sus autores se limitan a reproducir la Causa General sin ningún tipo de contraste ni aparato crítico. Tan sólo un libro publicado en la lejana fecha de 1961 –con varias reimpresiones, la última en 2000–, y firmado por monseñor Antonio Montero Moreno, constituye una obra sólida y rigurosa.

Pero ese es sólo un aspecto del problema. El otro procede de tratar los déficits ciertos de las garantías constitucionales y derechos civiles republicanos con una perspectiva anacrónica y ahistórica al establecer una llamativa exigencia de perfección constitucional y democrática a la Segunda República, prescindiendo de la realidad de las otras democracias occidentales. Se obvia que las guerras, la Primera o la Segunda mundiales, y sin duda las derivadas de los procesos de descolonización, siempre han modificado y convulsionado las prácticas constitucionales de las democracias consolidadas, expresando sus fallos en la vulneración de derechos. Gran Bretaña, Bélgica, EEUU, Francia… limitaron los derechos constitucionales y modificaron sus procedimientos judiciales, y muchos ciudadanos fueron encarcelados en nombre de la guerra. Si los quebrantos constitucionales de la República no se comparan con las prácticas de las otras democracias en situación de guerra, no sólo el anacronismo resulta evidente, también su idealización y consiguiente manipulación. Así, se prescinde o minimiza que desde mediados de 1937, el Gobierno de la República y el de Catalunya –donde se albergaba el primero– incrementaron el proceso de corrección de los fallos derivados de un Estado en guerra que necesitaba defenderse, como cualquier otro Estado democrático, de las agresiones del fascismo y la reacción conservadora, española o extranjera. Y debía hacerlo, también, utilizando sus servicios de inteligencia y corrigiendo sus excesos. Unas correcciones efectuadas en pleno proceso de degradación democrática derivada del mal signo de la guerra, de la consiguiente inestabilidad política y de la creciente falta de recursos y alimentos. Tanto el Gobierno de la República como el de Catalunya coincidían en el reto de restaurar la autoridad política y los derechos civiles que la dinámica de la guerra habían deteriorado. Un camino que Negrín había iniciado con determinación, y que conllevaba la restauración de la libertad religiosa, puesto que su ausencia era considerada como un defecto ético y político, por lo que ambos gobiernos promovieron un proceso gradual del restablecimiento del culto.

Fue en el primero de julio de 1937 cuando todos los obispos –excepto dos– firmaron la epístola que declaraba el golpe de Estado y la guerra teológicamente justificadas, y reclamaba la aniquilación de la República y sus defensores. Esa actitud de la Iglesia aconsejaba a los dirigentes republicanos tener prudencia en el proceso de normalización del culto. Además, la jerarquía católica siempre se opuso a la normalización religiosa, convencida de que la situación de ilegalidad tensaba la situación creando un martirologio que consolidaba la desafección a la República. Ese es el motivo por el cual el vicario capitular de Barcelona, monseñor Torrents, máxima autoridad eclesiástica de la ciudad, se opuso siempre al restablecimiento de la normalidad religiosa amenazando con retirar la licencia a aquellos sacerdotes que aceptasen celebrar actos públicos de culto católico, por lo que cabe preguntarse el grado de responsabilidad de la jerarquía eclesiástica en la persecución de sus propios creyentes. Algo que sí está en silencio.

Ricard Vinyes es historiador

Ilustración de Enric Jardí

Mitos sobre a Memoria

06 jul 2010

JAVIER CHINCHÓN ÁLVAREZ

07-061.jpgTras la presentación del escrito de defensa del magistrado Baltasar Garzón, y la reciente actividad en nuestros altos tribunales, propondría un alto para reflexionar sobre algunas de las cosas que se han escuchado en todo este tiempo. Sea, al menos, para tratar de conjurar la vieja máxima de Goebbels sobre la verdad y las mentiras.
Probablemente una de las más extendidas correspondería a que Garzón, al rechazar en 1998 la querella por los crímenes de Paracuellos, sostuvo lo contrario que al declararse competente, en 2008, en la conocida como “causa de la Memoria Histórica”. Desde luego, sería este un argumento prácticamente definitivo, y también así se pretendía esgrimir en el impresentable (en sentido literal, según el magistrado Varela) escrito de acusación de Falange Española. El único inconveniente es que basta con leer aquel auto de 16 de diciembre de 1998 para comprobar que Garzón nunca afirmó que tales crímenes estuvieran prescritos o cubiertos por la Ley de Amnistía; en otros términos, jamás mantuvo lo contrario a lo que defendió en 2008. El interrogante habría de ser entonces si aquellas personas que así opinan, bien nunca han leído los textos que citan, bien, habiéndolo hecho, prefieren compartirnos un buen titular para calentar a la grada.
Hablando de procedimientos judiciales, tampoco se quedan mancos aquellos que al hilo de la causa contra Garzón valoran especialmente el auto que dio el impulso definitivo al proceso, el del 3 de febrero, como “impecable”. No pocos conocimientos jurídicos se han de poseer para manifestarse con tal rotundidad; aunque ciertamente a esta postura se han sumado defensores como los del represor argentino y asesino convicto Adolfo Scilingo. Y así que su defensa presentara, el 3 de mayo, un escrito instando la nulidad de actuaciones, en contra de la sentencia que le condenó del mismo Tribunal Supremo, además de querellarse contra varios de sus magistrados, basándose en “la misma tesis del magistrado instructor de la causa especial contra Baltasar Garzón, y por los mismos delitos”.
Mencionamos antes la Ley de Amnistía de 1977, y sobre ella convendría detenernos también un instante. Resumamos uno de los postulados más reiterados: en caso alguno puede considerarse esta una ley de punto final al estilo argentino, pues la española fue aprobada por un Parlamento democrático, y fue además una exigencia de “las fuerzas de izquierdas” en la Transición. Ahora bien, de un lado, las leyes argentinas de amnistía fueron igualmente aprobadas por un Parlamento elegido democráticamente. Del otro, lo que se presenta como una “exigencia de la izquierda” no fue amnistiar a los responsables de violaciones a los derechos humanos durante el franquismo. Finalmente, lo que yo diría que está en discusión no es todo esto, sino su legalidad (interna e internacional). Aunque en este punto tampoco es extraño escuchar que precisamente al responder a la voluntad del legislador, o de la sociedad a la que este representa(ba), tales valoraciones están fuera de lugar aquí. Si bien, lo que sí debería resultar extraño es que muchos de los que así opinan no pestañeen al mantener que resulta, ahora sí, intolerable que se sostenga que otras leyes aprobadas por nuestro Poder Legislativo están al margen de ese mismo control jurisdiccional; sin ir más lejos, el Estatut de Catalunya, que hoy vuelve a las portadas.
Tampoco son desdeñables los planteamientos que vendrían a sostener, en cascada, que lo relativo a la Memoria Histórica no es más que una cortina de humo, que el Gobierno tiene cosas más importantes que atender, que no hacía falta ninguna Ley de Memoria Histórica, o que nadie discute que los familiares-víctimas busquen los restos de los desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo, pero que esto ya se hacía adecuadamente tiempo atrás. Apuntemos un par de ideas: de salida, la cortina debería servir para ocultar el todo y la nada, pues el Ejecutivo vendría extendiéndola desde fines de 2006. Un Ejecutivo que sin duda habría de reducirse radicalmente, pues sólo tendría que dedicar su tiempo a una o dos “cuestiones” en cada momento. Sin olvidar que lo que ahora se presenta como algo que nadie discute desde luego fue objeto de gran polémica durante la tramitación de aquella ley. Y hoy se torna en discutir la opinión de los familiares-víctimas, que en caso alguno comparten que las exhumaciones se estuvieran realizando de forma adecuada desde hace tiempo. Aun más, no es precisamente satisfacción generalizada lo que impera entre estas personas en cuanto al contenido de esta ley; lo que no obsta para que se siga proclamando que aquella medida no fue más que algo “revanchista y sólo diseñado para contentar a esos colectivos” (sic).
Con todo, el argumento central en el que suelen descansar muchos de estos planteamientos vendría a sostener que, en este ámbito, es temerario e inaceptable poner en duda lo hecho en la última Transición democrática en España. Entre otras cosas, deslumbra que los mismos que así piensan suelen tener a su vez una posición sensiblemente distinta respecto a otros aspectos, hijos también de aquellos años. De tal suerte que, a la postre, el razonamiento podría resumirse así: en cuanto al pasado franquista, disentir de que lo decidido durante la Transición fue lo óptimo, y no, si se quiere, lo posible en aquellas circunstancias, de tal forma que modificadas estas, deben tomarse medidas que corrijan los defectos o deficiencias de entonces, resulta un ataque devastador a nuestra democracia. Dicho lo cual, cabe exigir una modificación sustancial del sistema electoral o de la estructura territorial del Estado, por el bien de esa misma democracia. Y aquí paz y después gloria.
Javier Chinchón Álvarez es profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la UCM

Ilustración de Mikel Casal 

La Transición inmodélica

01 jul 2010
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VICENÇ NAVARRO

07-01.jpgDurante muchos años, la versión dominante en los medios de mayor difusión del país sobre la Transición de la dictadura a la democracia en España es que tal Transición fue un proceso modélico que transformó una de las dictaduras más represivas que hayan existido en Europa (por cada asesinato político que cometió Mussolini, Franco cometió 10.000) en una democracia homologable con cualquier democracia existente en la Unión Europea. Esta versión dominante subraya, además, que el supuesto éxito de tal Transición se basó en la reconciliación de las derechas, herederas de lo que en España se llama franquismo (y fuera de España, fascismo), con las izquierdas y otras fuerzas democráticas, herederas de la República, que lucharon contra la dictadura.

Esta versión dominante, casi oficial, de los hechos ocurridos en España se ha ido cuestionando más y más a medida que se han podido comprobar las enormes deficiencias de la democracia española. Dos hechos recientes muestran lo enormemente incompleta que es la democracia en España. Uno es el enjuiciamiento por parte del Tribunal Supremo del único juez –Baltasar Garzón– que se ha atrevido a intentar llevar a los tribunales a los asesinos y responsables del encubrimiento de los asesinatos por causas políticas de más de 150.000 personas, cuyos cuerpos continúan desaparecidos en la gran mayoría de los casos, enjuiciamiento que se ha hecho a propuesta de la Falange, partido heredero del partido fascista que mató a miles y miles de republicanos.

Esta situación, que The Guardian definió como “bochornosa”, es impensable que ocurra en cualquier otro país democrático de la UE. En realidad, en otros países europeos que sufrieron el fascismo o el nazismo, como Alemania, la Falange estaría prohibida y los miembros del Tribunal Supremo que aquí han mostrado sus simpatías por el golpe militar estarían expedientados y, de continuar expresando tales simpatías, estarían en la cárcel. No así en España. Mientras que unas fuerzas políticas vascas, como Batasuna, están prohibidas por no condenar la violencia de ETA, la Falange, que se muestra orgullosa de sus antecesores, está legalizada, y el Partido Popular, que nunca ha condenado por su nombre la dictadura asesina que existió en España, no es sólo legal, sino que ha gobernado en España. Medios de información afines a tal partido han aplaudido el enjuiciamiento del juez Garzón, contrastando con la postura expresada por la gran mayoría de medios de las derechas europeas, que han denunciado tal enjuiciamiento. En realidad, las fuerzas políticas europeas, homologables al PP, han sido las ultraderechas (ver mi artículo ‘¿Es el PP franquista?‘).

El segundo hecho es el dictamen del Tribunal Constitucional, que ha eliminado del Estatut elementos claves que habían sido aprobados por el Parlament, por las Cortes españolas y refrendados por el pueblo catalán en un referéndum. El dominio de tal tribunal por la derecha española, próxima al PP, y por otros jueces que comparten la cultura jacobina del régimen anterior ha dado lugar a un resultado predecible que ha invalidado decisiones tomadas por los representantes del pueblo catalán y del pueblo español. Esta decisión ha sido un regalo a los nacionalistas de ambos lados del Ebro. Para los jacobinos españolistas, herederos de la cultura centralista de la dictadura, centrados predominantemente (pero no exclusivamente) en el PP y en UPyD, tales tensiones favorecen la movilización chauvinista anticatalana, que es muy rentable políticamente en sectores de España. Y en Catalunya, la decisión del Tribunal Constitucional se presenta por las derechas nacionalistas catalanas como la decisión de España contra Catalunya, ignorando maliciosamente que los representantes del pueblo español (excepto el PP) votaron a favor de tal Estatut.

La consecuencia de ello es que hoy, en el momento más grave que España y Catalunya están viviendo, con un ataque frontal a los derechos sociales y laborales de las clases populares de todas las naciones de España, las luchas nacionales absorberán todo el espacio político y mediático, llevando a un segundo plano el tema de la reducción del Estado del bienestar, el objetivo deseado por las derechas nacionalistas catalanas y españolas que, aliándose en sus políticas de reducción de derechos sociales y laborales, utilizan ahora las banderas para dejar en segundo lugar la crisis económica y financiera que sus
políticas neoliberales provocaron.

Este artículo no puede terminar sin hacer una crítica a las izquierdas gobernantes. La excesiva moderación del Gobierno del PSOE, que alcanza niveles de difícil comprensión (como, por ejemplo, la definición de Franco –el mayor asesino que España haya producido– en la web de la Moncloa como un “político y militar”, sin citar su horrible comportamiento, tanto en el golpe de 1936 como en los 40 años de dictadura) y su enorme pasividad frente al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional es, también, en parte responsable de la situación actual. Aplaudo el discurso del presidente de la Generalitat de Catalunya, José Montilla, en su denuncia y crítica del Tribunal Constitucional (el cual nunca tendría que haber existido o, en caso de que existiera, no debería tener mayor potestad que la soberanía popular). En lo único que estoy en desacuerdo es en lo de acatar el dictamen. Es comprensible que lo dijera debido a su cargo institucional. Pero las leyes no tienen que acatarse cuando son injustas. Si la anciana de raza negra en Alabama, EEUU, hubiera respetado la ley y hubiera continuado sentada en la parte de atrás del autobús, los negros en EEUU todavía estarían considerados ciudadanos de segunda. La desobediencia civil es un acto democrático. Hoy las fuerzas democráticas, a ambos lados del Ebro, deberían protestar por el hecho de que las derechas continúen dominando los aparatos del Estado, no respetando la voluntad popular expresada en el Parlament y en las Cortes españolas. En una democracia, la soberanía procede del pueblo y no de unas instituciones heredadas del régimen anterior.

Vicenç Navarro es catedrático de Ciencias Políticas y Políticas Públicas de la Universidad Pompeu Fabra

Ilustración de Mikel Jaso

Julio de 1936

29 jun 2010
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JOSEP FONTANA

06-29.jpgSantos Juliá expone en un artículo publicado en El País el 25 de junio una tesis sobre la naturaleza de la Guerra Civil española que puede resumirse en la frase con que el propio periódico la sintetiza: “Las matanzas en el bando antifranquista durante la Guerra Civil no fueron de los republicanos, sino de los partidarios de una revolución social que, de haber triunfado, también hubiera supuesto el fin de la República”.
La tesis no es nueva. Es la de los sublevados –que pretendían que su objetivo era prevenir una imaginaria insurrección comunista–, la de la carta colectiva de los obispos o la del revisionismo neofranquista de nuestros días. No es de extrañar que la caverna de Intereconomía haya reaccionado con voces de júbilo para celebrar el regreso del hijo pródigo a la verdadera fe.
Tengo demasiado respeto a Santos Juliá como para despachar este asunto de la manera simplista en que lo hace Intereconomía; pero no puedo evitar la expresión de algunas discrepancias. Lo que había en España el 18 de julio de 1936 era un régimen democrático empeñado en una política reformista, definida así en el pacto del Frente Popular: “La República que conciben los partidos republicanos no es una República dirigida por motivos sociales o económicos de clases, sino un régimen de libertad democrática, impulsado por razones de interés público y progreso social”. Los “partidos obreros” habían aceptado estos límites por unas razones que Martínez Barrio expuso claramente en 1937: “El pacto del Frente Popular fue una necesidad política y moral, tanto para los partidos republicanos como para las organizaciones obreras. Advertían aquellos la rápida desintegración de las esencias del régimen y el peligro, cada vez más cercano, de que la Constitución del año 31, violada con reiteración, fuera abolida definitivamente. Los partidos obreros observaban, a su vez, que el terreno legal donde la derecha quería colocarlos les traería desastre idéntico al sufrido por las clases trabajadoras en Alemania y Austria”.
Aunque hablasen de revolución para azuzar los miedos de la derecha, los militares y sus asociados se sublevaron en realidad contra la democracia republicana. Lo dicen sus primeros textos internos, como el de Mola, que proclama: “Es lección histórica, concluyentemente demostrada, la de que los pueblos caen en la decadencia, en la abyección y en su ruina cuando los sistemas de gobierno democrático-parlamentario, cuya levadura esencial son las doctrinas erróneas judeo-masónicas y anarco-marxistas, se han infiltrado en las cumbres del poder”. Lo que debía hacerse era “un corte definitivo, un ataque contrarrevolucionario a fondo”, de modo que en el futuro “nunca debe volverse a fundamentar el Estado ni sobre las bases del sufragio inorgánico, ni sobre el sistema de partidos (…), ni sobre el parlamentarismo infecundo y nocivo”. De forma más expresiva lo decían los militares de su entorno, que, como nos cuenta su secretario en la primera versión de sus recuerdos, sostenían que “hay que echar al carajo toda esta monserga de derechos del hombre, humanitarismo, filantropía y demás tópicos masónicos”, lo que ejemplificaban con “la limpia que hay que hacer en Madrid entre tranviarios, policías, telegrafistas y porteros”.
Cuando se analiza la violencia inicial del levantamiento, se puede ver que se trata sobre todo de asesinatos preventivos, movidos por el deseo de desarticular hasta sus raíces la sociedad republicana. Se mata a alcaldes y concejales, a sindicalistas o a maestros de escuela. ¿Cómo explicar de otro modo el asesinato en los primeros días de tantos maestros de escuela? ¿O el hecho de que hubiese tantas víctimas en provincias que votaban tradicionalmente a las derechas y donde el movimiento había triunfado sin resistencia? No eran víctimas de una guerra civil que no existía aún cuando sus muertes fueron decididas, sino de un proyecto de exterminio colectivo.
En un balance sobre la violencia roja y azul que aparecerá próximamente, José Mª García Márquez ha reconstruido la realidad de los asesinatos del verano de 1936 en la provincia de Sevilla. Se trata de hombres y mujeres que murieron sin dejar rastro, no porque fuesen víctimas de actos incontrolados, sino porque hubo una voluntad deliberada de ocultación. Una de las aportaciones más interesantes de su investigación es la certeza de que las autoridades de la revuelta tenían exacta noticia de cada muerte que se producía.
Esta primera oleada salvaje de los muertos en los descampados y en las cunetas, realizada cuando no había motivo alguno que pudiera legitimarla, es la que revela con más claridad la naturaleza y el sentido de esta violencia fundacional. Después empezó una Guerra Civil que desbordó el proyecto político republicano y dio paso a una situación nueva, en que el análisis de la violencia de ambos bandos debe hacerse sin duda con algunas de las cautelas que preocupan a Santos Juliá. Pero la suposición de que la crisis del proyecto del Frente Popular se hubiese producido de todos modos sin la provocación inicial de la revuelta no aparece justificada por el estudio de lo que ocurrió en la primavera anterior. Y, privada de esta legitimación, la violencia azul del verano de 1936 resulta ser el mayor crimen colectivo de la historia de España: un crimen contra la humanidad que no tiene amnistía ni perdón.

Josep Fontana es historiador

Ilustración de Federico Yankelevich

Sobre dos genocidios

15 jun 2010

JOAN GARCÉS

06-15.jpgEspaña ha sido la primera y última batalla de la Segunda Guerra Mundial. Entre el 17 de julio de 1936 y el 1 de abril de 1939, la resistencia fue sobrepasada por la intervención del III Reich y la Italia de Mussolini. El 1 de septiembre de aquel año, Polonia era invadida. El costo humano, cultural y económico fue devastador para España. Las libertades civiles y políticas fueron radicalmente suprimidas durante la más prolongada dictadura fascista de Europa, hasta 1977.
Las actuales generaciones quieren conocer lo que pasó: las causas y consecuencias. Una acción cívica democratizadora se está desarrollando en España. Les pide a los tribunales que apliquen las leyes.
Vivir en democracia requiere conciencia, voluntad, esfuerzos constantes. Los cimientos institucionales y normativos de la Europa construida a partir de 1945 no son compatibles con la ocultación e impunidad de crímenes de genocidio y lesa humanidad. Se le recuerda a Turquía, cuando solicita ingresar en la Unión Europea, que antes debería reconocer y condenar el genocidio de los armenios de 1915-17 (entre 250.000 y 500.000 muertos, según las autoridades turcas; más de millón y medio, según las víctimas.
El costo de la impunidad de este genocidio ha sido incalculable. Un documento identificado como L-3, exhibido ante el Tribunal de Nüremberg, contiene el mensaje en que el canciller Hitler comunicaba a sus generales, el 22 de agosto de 1939, la decisión de invadir Polonia: “He ordenado –y haré fusilar a quienquiera que haga la menor crítica– que la finalidad de nuestra guerra no es alcanzar determinadas líneas, sino la destrucción física del enemigo. En consecuencia, están listas mis formaciones de la calavera [SS-Totenkopfverbände] –por ahora sólo en el Este– con órdenes de matar, sin misericordia ni compasión, a hombres, mujeres y niños de origen y lengua polacos. Sólo así conseguiremos el espacio vital (Lebensraum) que necesitamos. Después de todo, ¿quién habla hoy de la aniquilación de los armenios?”.
Esa voluntad de exterminio se estaba aplicando en España desde el 17 de julio de 1936 contra los partidarios de la forma republicana de gobierno, al tiempo que se prohibía a los tribunales de Justicia investigarlo. La consecuencia es que, desde entonces, aquellos han estado cerrados para investigar los actos de genocidio, de crímenes de lesa humanidad y de guerra. En España no se ha exigido responsabilidad a ningún juez o funcionario por su contribución a la inacción del derecho, a diferencia de lo ocurrido al ministro de Justicia alemán Franz Schlegelberger, juzgado en 1946 porque “la prostitución de un sistema judicial para lograr fines criminales implica un elemento de maldad hacia el Estado que se encuentra en atrocidades manifiestas que ensucian las togas de los jueces”.
Sin embargo, desde el restablecimiento de la forma representativa de gobierno en 1977, España ha incorporado a su derecho interno el construido sobre la derrota del nazi-fascismo en 1945. Rigen hoy en España normas que sancionan aquellos graves delitos, que los declaran imprescriptibles y no amnistiables. En 2006, varias asociaciones de víctimas solicitaron investigarlos, así como localizar a los más de 115.000 detenidos y desaparecidos. Pidieron también encontrar a más de 30.000 niños secuestrados a familias republicanas y entregados a familias franquistas que, habida cuenta de su edad, cabe presumir que con su identidad cambiada siguen vivos en su mayoría. Por reparto correspondió conocer de estas denuncias a un juzgado central de instrucción que, tras indagaciones preliminares, abrió una investigación formal el 16 de octubre de 2008, la primera desde el 17 de julio de 1936 (la documentación de este proceso se actualiza regularmente en www.elclarin.cl, sección “España”).
La reacción ha sido inmediata. En diciembre de 2008 se prohibió al juzgado proseguir la investigación; en 2010 se ha suspendido en sus funciones al titular, derribándose así pilares constitucionales como los de la independencia e inamovilidad judicial, mientras se prepara una sentencia destinada a mantener cerradas las puertas de los tribunales. En paralelo, en septiembre de 2009 se enmendó la ley para dificultar la persecución de los delitos de esa naturaleza bajo los principios de la jurisdicción universal.
Mientras a Turquía se le exige hoy reconocer el genocidio de 1915 –habida cuenta del trágico uso que se hizo de su olvido–, en el otro extremo del Mediterráneo se intenta seguir impidiendo la investigación del de los republicanos españoles –en un contexto económico que el presidente del Banco Central Europeo, Jean-Claude Trichet, en declaraciones a Der Spiegel el mes pasado, describía como el quizás más difícil desde 1918 (lo que incluye el período fascista)–. Es de interés general abrir los tribunales al conocimiento de uno de los mayores crímenes de nuestro tiempo antes de que se revuelva la bestia.

Joan Garcés es abogado

Ilustración de José Luis Merino

Memoria del brigadista Hackl

26 may 2010

FÉLIX POBLACIÓN

05-26.jpgEl pasado 10 de mayo falleció en Viena Ferdinand Hackl, uno de los 1.400 brigadistas austriacos que vinieron a España para defender a la República del fascismo. En cuanto supe la noticia a través de Gerhard Hoffmann, su amigo y compañero en aquella lucha, recordé las palabras que la vicepresidenta primera Fernández de la Vega pronunció en ese mismo país, unos días antes, con ocasión de su visita al campo de exterminio de Mauthaussen –65 años después de su liberación– para rendir homenaje a los 5.000 republicanos españoles que perdieron allí la vida. Dijo ante aquel escenario de barbarie: “Las víctimas del nazismo, del fascismo y del franquismo no han sido ni serán víctimas del olvido”.
Hijo de una familia obrera muy modesta, Hackl nació en Viena en 1918, año de la caída del viejo imperio austro-húngaro. A los 12 años empezó a trabajar y a los 14 se compró una mandolina para tocar en las agrupaciones musicales de las Juventudes Comunistas. Su militancia política le costó la cárcel durante el régimen fascista del canciller Dollfuss. Liberado tras protagonizar una huelga de hambre, viajó a España en 1937 para unirse a los 1.400 brigadistas de su país que se enfrentaron al fascismo en la Guerra Civil. Se incorporó en principio al Batallón
nº 20 de la Brigada Internacional bajo el mando del coronel Aldo Morandi para pasar después a la Brigada nº 11, integrada por alemanes y austriacos, y más tarde a la Batería Thaelmann. Una vez dictó el Gobierno de la República la orden de retirada de las Brigadas Internacionales en octubre de 1938, todavía participó a finales de ese año, junto a 400 brigadistas de su país, en el vano intento de frenar el avance franquista hacia Barcelona. El 9 de febrero de 1939 cruzó la frontera de Francia siguiendo el camino del exilio entre medio millón de españoles, con los que compartió la humillante y dura reclusión en los campos de concentración de Saint Cyprien, Argelès y Gurs. Tras la ocupación de Francia por el Ejército nazi, Hackl fue internado en el de Dachau hasta su liberación en 1945.
Hace cuatro años, Karin Helml y Hermann Paseckas realizaron un documental titulado España, última esperanza, en el que Ferdinand Hackl, junto a Hoffmann, Ernst Kuntschik, Hans Landauer y los republicanos españoles Matías Arranz y Manuel García Barredo hacían memoria de sus vivencias durante la Guerra Civil, así como de su tránsito por los campos de concentración de Europa durante la dominación fascista. El filme, escasamente difundido en nuestro país, aporta documentación muy valiosa –en su mayor parte perteneciente a fondos privados– que debería estar a disposición de cuantos pretendan conocer esas páginas de nuestra historia.
Hans Landauer tenía 16 años cuando se entrevistó con su enlace en un café de París y hubo de aumentar su edad verdadera ante la recriminación de su contacto: “No mandamos niños a España”, le dijo. Una fotografía de Agustí Centelles, con Landauer desfilando por las calles de Barcelona el día de la despedida de las Brigadas Internacionales, refleja en efecto a un adolescente cuyo risueño aspecto no parece propio de un combatiente después de haber luchado en los frentes de Brunete y Teruel. Como Hackl, Landauer pasó por el campo de Gurs en Francia, para ser deportado después a Dachau. A diferencia de su compañero, sin embargo, que mantuvo hasta el final su militancia comunista, Landauer la abandonó en 1948.
Me cuenta Gerhard Hoffmann que Hackl se dedicó hasta el final a trabajar en el Centro Documental de la Resistencia Austriaca. Ahí están, probablemente, las últimas páginas de una historia en la que ciudadanos de distintos países, ajenos al conflicto, se jugaron la vida por una idea en una guerra abierta y declarada. Landauer dio a un hijo suyo el nombre de Prisciliano en recuerdo a un asturiano de Mieres que compartió con él su reclusión en Dachau. De España no olvidó nunca el olor de las olivas y un gran cartel que mostraba los cadáveres de unos niños alineados sobre la acera de una ciudad republicana bombardeada.
Más de 200 de los 1.400 brigadistas austriacos perdieron la vida en España luchando por la República. Casi 500, siguiendo el mismo camino que los republicanos españoles en su lucha contra el fascismo, fueron internados en los campos de concentración nazis: Dachau, Mauthausen, Gross-Rosen… Entre ellos estaba Ferdinand Hackl, cuya vida se apagó casi el mismo día en que Fernández de la Vega afirmaba lo antedicho en uno de esos ámbitos de aniquilación. Me comentó el excelente escritor Erich Hackl, narrador de la desventurada niñez de su amigo Ferdinand –de quien recibió algunos libros de su magnífica biblioteca–, que el anciano brigadista fue un hombre tierno, generoso y modesto, solidario siempre con sus viejos camaradas, “a los que visitaba y atendía en asilos y hospitales”. Quizá por eso nadie mejor que Ferdinand Hackl para testimoniar el olvido en que fueron muriendo muchos de ellos sin que el Estado democrático español los recordase.
Sólo viven actualmente tres brigadistas austriacos y ninguno de los tres –Gerhard Hoffmann, Hans Landauer y Josef Eisebauer–, junto al fallecido Hackl, tiene nuestra nacionalidad. La Ley de Memoria Histórica sólo la concede a quienes juran fidelidad al rey, obviando que esos hombres, como antifascistas sobre los que nunca debió pesar el olvido, combatieron contra el dictador que impuso al monarca.

Félix Población es escritor y periodista

Ilustración de Mikel Casal

Los jueces y las víctimas

22 abr 2010

VICENÇ NAVARRO

04-22.jpgLas instituciones que llevaron a cabo la enorme represión durante la dictadura, que el golpe militar de 1936 impuso a las distintas naciones y pueblos de España, fueron el Ejército, la Falange (el partido fascista), la Policía Nacional, la Iglesia y muchos sectores de la judicatura y, muy en especial, el Tribunal del Orden Público (TOP). Mientras que se ha criticado mucho el papel represivo que el Ejército, la Iglesia, la Falange y la Policía Nacional tuvieron durante la dictadura, poco se han examinado estos aspectos del sistema judicial, lo cual es sorprendente, puesto que estos sectores –y muy en particular el TOP– eran los que sostenían la dimensión represiva de aquel régimen dictatorial. El sistema judicial de la dictadura se basó, en gran parte, en la eliminación y expulsión de los jueces que habían permanecido fieles a la República, siendo condición para su permanencia mostrar apoyo al régimen, de la gestión de cuyas leyes se encargaban los jueces. Tal como señalaba la Escuela Judicial (donde se formaban los jueces), estos “eran la milicia del Derecho siempre dispuesta e identificada con los firmes ideales del Estado Nacional, que el Caudillo está construyendo”.

La represión durante aquel régimen tuvo dos periodos. El primero, inmediatamente después de la victoria del golpe militar, fue protagonizado primordialmente por el Ejército y por la Falange, hecho bien documentado en la historiografía crítica que se ha publicado durante la democracia. En la segunda etapa, una vez ya consolidada la dictadura, el sistema judicial, junto con la Policía, fue el responsable de mantener el orden dictatorial. Fue durante 1962, año en el que el régimen fascista declaró dos veces el Estado de excepción para reprimir las movilizaciones obreras que se iban extendiendo por España, cuando se pensó en establecer el TOP, continuador de los Tribunales de Responsabilidades Políticas, de la Masonería y del Comunismo. Se estableció así, en 1963, el Tribunal de Orden Público, cuyas actividades y recursos aumentaron a medida que la resistencia contra la dictadura se fue incrementando.
Un instrumento al servicio del TOP era la policía política, conocida como la Brigada Político Social (BPS), que era temida y odiada por las fuerzas opositoras al régimen por su función represora y por la brutalidad de sus métodos. La etapa más activa del TOP tuvo lugar en el periodo 1974-1976, en que se tramitaron 13.010 procedimientos, incrementándose su número a medida que aumentaba la oposición a aquel régimen –ver El TOP. La represión de la libertad (1963-1977), de Juan José del Águila–. Estos procedimientos iban frecuentemente precedidos por detenciones de la BPS, en las que la tortura era sistemáticamente aplicada en las sedes policiales, realidad que era ampliamente conocida por el Tribunal de Orden Público. Tal tribunal era plenamente consciente de las torturas, y demostraba, con su silencio y aquiescencia, su complicidad con tales prácticas. No hubo investigaciones ni denuncias de tales prácticas por parte de ningún juez durante la dictadura.

El TOP se transformó en la Audiencia Nacional el 5 de enero de 1977, coincidiendo con la publicación de la Ley de Reforma Política. La Audiencia Nacional, continuadora del TOP, pasaba a ser el tribunal para la defensa del Estado, una función que en la mayoría de sistemas democráticos carece de homologación. La Audiencia Nacional nunca criticó la labor nefasta del TOP, y nunca se ha distinguido por asistir a las víctimas de la represión de aquel régimen dictatorial. De ahí que el ex fiscal anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo cuestionara, con razón, el auto del juez Varela en el que se hacía la asombrosa declaración de que la labor de los jueces a favor de las víctimas de la dictadura había sido encomiable. Todo lo contrario: la mayoría de la judicatura mostró siempre una enorme pasividad ante los conocidos atropellos realizados por la Policía Nacional y por la Brigada Político Social. Tales jueces nunca investigaron o denunciaron las detenciones, torturas y asesinatos de la Brigada Político Social; nunca honraron u homenajearon a los jueces que fueron asesinados o expulsados por su lealtad a la República; nunca juzgaron a los jueces del TOP; y la gran mayoría no ha hecho nada para ayudar a las familias de los asesinados desaparecidos a encontrar sus cuerpos y darles la sepultura y el homenaje debidos.

En realidad, un objetivo del enjuiciamiento de Garzón es parar las investigaciones sobre el paradero de los desaparecidos, y la muestra de esto está en que la gran mayoría de jueces asignados para encontrar a los desaparecidos ha dejado de hacerlo. Y ello a pesar de la demanda explícita, en las leyes que el Estado español ha firmado en tratados internacionales, que instruyen al Estado a buscar los desaparecidos y a encontrar a los responsables de sus asesinatos. Y ahora, tal “labor encomiable” de los jueces incluye el proceso al único juez, el juez Garzón, que ha intentado ayudar a las víctimas a enjuiciar los asesinatos ocurridos durante la dictadura, a propuesta del partido fascista, la Falange, heredero de los responsables de aquella enorme represión. Y que tienen ahora la osadía (por llamarlo de una manera amable) de pedir respeto para las instituciones que representan y piden que no se les critique.
En realidad, tal como muestra el rechazo unánime de la prensa internacional a su comportamiento, son ellos los que están desacreditando todavía más la institución a la que sirven. Tales jueces debieran saber que en Alemania, que sufrió un régimen parecido, la Falange estaría prohibida y los jueces del TOP habrían terminado en la cárcel. Y que algunos de los jueces del Tribunal Supremo, que han declarado su simpatía y comprensión hacia el golpe militar, promoviendo los trabajos del mayor apologista de aquel golpe, serían expulsados del cuerpo judicial.

Vicenç Navarro es catedrático de Ciencias Políticas y Políticas Públicas de la Universidad Pompeu Fabra

Ilustración de Mikel Jaso

Con o sin amnistía, al banquillo

18 abr 2010

GONZALO BOYE TUSET

04-19.jpgMientras crece el debate en torno a las recientes actuaciones del Tribunal Supremo por los crímenes del franquismo, un elemento esencial de la discusión es la Ley de Amnistía de 1977 y, por odiosa que resulte, parece necesario acercarse a ella de una forma analítica que permita establecer su dimensión y las consecuencias de aplicarla o, por el contrario, las de derogarla. Tanto para lo uno como para lo otro resultaría necesario un análisis de la norma sin apasionamientos, pero sí con criterios jurídicos que permitiesen determinar hasta qué punto es necesaria su derogación o, incluso, cuán lejos podemos llegar con su correcta aplicación, y seguro que podremos establecer quién ha prevaricado y quién no.
Por una parte, es ampliamente aceptado, al menos allende nuestras fronteras, que dicha ley no es de aplicación a los crímenes de lesa humanidad, y que no lo es en virtud de los diversos convenios internacionales suscritos por España antes y después de su promulgación y, por imperativo del artículo 10 de la Constitución, forman parte de nuestro ordenamiento.
De otra, y para quienes no son capaces de entender los convenios internacionales y las obligaciones derivadas de los mismos, habrá que recordarles que dicha norma, amparadora de la impunidad, viene a establecer su ámbito de aplicación –en materia penal– que queda limitado a una serie de delitos: los establecidos en su artículo 2. Pues bien, de acuerdo con lo previsto en nuestro ordenamiento, sólo se estará en presencia de un delito cuando una determinada conducta haya sido calificada como tal por un juez o tribunal, es decir, cuando exista una sentencia condenatoria. Así, debe deducirse que no es posible aplicar la Ley de Amnistía antes de enjuiciar y, además, que no es una “ley de punto final”.
Por si ello fuese poco, el artículo 9 de la misma Ley establece que la aplicación de la amnistía corresponderá en exclusiva a los “los jueces, tribunales y autoridades judiciales correspondientes”. Por lo tanto, es evidente que esa medida se tendrá que adoptar dentro de un procedimiento judicial y no como una barrera para acceder al mismo.
Ahora bien, si alguien no es capaz de comprender lo expuesto hasta aquí, bien podemos seguir con el análisis del contenido de la Ley 46/1977 que, en el mismo artículo, preceptúa que: “La amnistía se aplicará de oficio o a instancia de parte con audiencia, en todo caso, del Ministerio Fiscal. La acción para solicitarla será pública”. Esta premisa impone la necesidad de encontrarnos en el seno de un procedimiento y que, a la vista del contenido del mismo, bien por parte del juez o tribunal o a instancia de parte, es decir del imputado o condenado, se apliquen las normas perdonadoras contenidas en dicha nefasta y vigente ley.
Más si cabe, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 666.4, establece como artículo de previo y especial pronunciamiento la concurrencia de “amnistía o indulto”, lo que nos lleva a pensar que el legislador ha considerado que el primer momento procesal, no necesariamente el último, para reclamar la aplicación de sus beneficios sería justo antes del juicio oral y una vez realizada toda la investigación, es decir, cuando se conocen los hechos, los afectados, los presuntos autores y los delitos por los que han sido procesados. El legislador, aquel olvidadizo y generoso de 1977, estableció un mecanismo para evitar las consecuencias penales –cárcel– de unos hechos calificados como delito, pero ni estableció una “ley de punto final” ni una norma que impidiese investigar, enjuiciar e incluso condenar.
Cualquier otra interpretación de las normas contenidas en la Ley de Amnistía no sólo es contraria a derecho, sino que se aparta de la más elemental regla de interpretación jurídica, que es la literal. Este criterio interpretativo, contenido al inicio del Código Civil, suele estudiarse en segundo de carrera y, por ello, es claro que todos los juristas lo debemos conocer.
Establecido lo anterior, y si abandonamos lo previsto en los tratados internacionales y nos centramos en las normas de origen nacional, es evidente que para poder amnistiar o indultar a cualquier responsable de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el franquismo lo primero que hay que hacer es abrir un procedimiento penal en cuyo seno, y si se determina alguna responsabilidad criminal, se podrá conceder la amnistía; es decir, quien se quiera beneficiar o a quien quieran beneficiar con dicha norma, primero habrán de someterlo a proceso; lo contrario podría incluso vulnerar el derecho a la presunción de inocencia y el honor del amnistiado. ¿Se imaginan recibir una notificación de haber sido amnistiados por un delito que no han cometido?
En resumidas cuentas, la Ley de Amnistía no es una barrera para el enjuiciamiento de los crímenes más horrendos cometidos por el franquismo ni un impedimento para su investigación y enjuiciamiento sino, simplemente, una fórmula por la cual los culpables no tendrían que ir a la cárcel. Para beneficiarse de la misma tendrán que sentarse en el banquillo, y ese es el precio más barato que pueden pagar por la comisión de delitos que en cualquier otro país les costaría el resto de sus vidas en prisión; aquí, y como somos diferentes, ni se sientan en el banquillo ni se les pide explicaciones, basta con matar al mensajero y preguntarnos, ¿quién prevarica?

Gonzalo Boye Tuset es abogado

Ilustración de Gallardo

El Supremo, ¿cómplice del fascismo?

18 feb 2010
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VICENÇ NAVARRO

02-18.jpgUna de mis mayores sorpresas cuando volví de mi largo exilio fue ver la enorme tolerancia que había en España hacia el fascismo. En realidad, ni siquiera se utilizaba el término fascismo para definir el régimen dictatorial que existió en España durante 40 años. Se le llamaba régimen franquista, implicando que era un régimen caudillista dirigido por el general Franco, ignorando que aquel régimen fue mucho más que un régimen caudillista. En realidad, reunió todas las características de los regímenes fascistas, por mucho que politólogos procedentes de aquel régimen, como Juan Linz, y revisionistas de varias sensibilidades políticas –incluidas algunas de centro izquierda– lo nieguen. Como he documentado en otro artículo, “Franquismo o fascismo” (Público, 28-05-09), aquel régimen tenía cada una de las características del fascismo, es decir, un nacionalismo exacerbado con visiones imperialistas basado en una concepción racista que justificaba su derecho de conquista –ver “El racismo del nacional catolicismo” (Público, 14-01-10)–; un absoluto control sobre los medios que intentaba reproducir una ideología totalizante, el nacional catolicismo; una supeditación de la sociedad civil al Estado, dirigido por una persona que el régimen presentaba como dotada de méritos sobrenaturales (referido como “caudillo por la gracia de Dios”), líder supremo del partido fascista, del Estado y de sus Fuerzas Armadas, caudillo que dirigía un Estado enormemente represivo. Por cada asesinato político que cometió Mussolini, Franco cometió 10.000. Más de 200.000 personas fueron fusiladas y 114.421 desaparecieron en el periodo 1936-1951, sin que todavía hoy se conozca dónde están sus cuerpos. El mal llamado franquismo fue un régimen fascista, uno de los regímenes que cometió las mayores atrocidades y violaciones de los derechos humanos en la Europa del siglo XX.
Resultado de la manera inmodélica en que se hizo la Transición, no existe plena conciencia de lo horrible que fue aquel régimen. El silencio que siguió a la dictadura y el olvido del pasado (excepto en pequeños círculos académicos) explica que la juventud, por ejemplo, no sepa que en otros países donde existieron regímenes semejantes, como en Alemania, cualquier tolerancia al nazismo está prohibida, incluyendo la existencia del partido nazi o de asociaciones afines. No así en España, cuyo Jefe del Estado –el monarca– fue nombrado por el régimen anterior. En realidad, todavía hoy uno de los dos mayores partidos del país, el PP, muestra su rechazo a condenar aquel régimen por su nombre, excusándose en denuncias genéricas y asumiendo una equidistancia en los horrores y responsabilidades en los dos bandos de la mal llamada Guerra Civil (que, en realidad, fue un golpe militar, ayudado por Hitler y Mussolini, resistido por la mayoría de las clases populares durante tres años), que dan prueba de su falta de comprensión de lo que fue aquel régimen fascista. El PP no es antifranquista, y esto disminuye su credibilidad democrática. Y en algunas comunidades autónomas gobernadas por él, como Madrid y Valencia, sus gobiernos autonómicos todavía apoyan programas educacionales que justifican el golpe militar y el régimen que estableció.
Pero esta tolerancia ha llegado a un extremo que es vergonzoso. Las fuerzas herederas de aquel fascismo quieren llevar a los tribunales al único juez, Baltasar Garzón, que ha intentado llevar a los tribunales al franquismo. Tal situación es impensable en cualquier país democrático europeo que vivió y sufrió el fascismo. Y lo que es vergonzoso es que el Tribunal Supremo esté dispuesto a considerar esta acusación, utilizando además el argumento, defendido por uno de sus miembros, el juez Varela, de que la Ley de Amnistía firmada al final de la dictadura ofreció inmunidad a los dirigentes de aquel régimen, ignorando también que el Estado español firmó tratados internacionales que exigen el juicio de los responsables de aquellas atrocidades. No puede verse hoy en Europa un hecho semejante y cubre a España de vergüenza. ¿Cómo pueden los miembros del Tribunal Supremo (presidido por un juez que juró lealtad al fascismo) llegar a este extremo de insensibilidad democrática? ¿Cómo pueden llegar a legitimar a los herederos del régimen que asesinó al mayor número de españoles y demócratas en el siglo XX, aceptando su demanda? Tal comportamiento ofenderá una vez más a los millones y millones que perdieron todo lo que tenían en su defensa de la democracia. ¿Y donde están las derechas, siempre listas ellas para defender el honor de España, en un momento y en un hecho que cubre de vergüenza al país? Su hipocresía sobre el terrorismo queda evidenciada cuando excluye de su homenaje al enorme número de víctimas del terrorismo fascista, que fue mucho mayor en número que el cometido por el terrorismo de ETA. ¿Cómo es que el príncipe Felipe, en representación del monarca, presidiera los actos de homenaje a los últimos y nunca ha presidido ninguno de los primeros?
El argumento que se ha utilizado para definir lo que estamos viendo es que es un mero conflicto entre dos jueces, uno de ellos molesto por el excesivo protagonismo del otro. El juez Varela que intenta penalizar a Garzón es cómplice de aquella demanda y como tal merece el mayor rechazo por parte de todas las personas demócratas. Su animosidad hacia Garzón y el protagonismo de Garzón son temas irrelevantes. Es una enorme frivolidad ver lo que está ocurriendo como un mero conflicto de personalidades. Al contrario, este comportamiento del Tribunal Supremo (en caso de aceptarse la petición del juez Varela), le haría cómplice del fascismo, mostrando un indicador más de lo inmodélica que fue la Transición de la dictadura a la democracia y de la escasa sensibilidad democrática del Estado español. El fascismo continúa vivo y presente en España.

Vicenç Navarro es catedrático de Ciencias Políticas y Políticas Públicas. Universidad Pompeu Fabra

Ilustración de Mikel Jaso