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Renta básica, precariedad y sistema de género

Patricia Merino
Máster en estudios feministas por la UCM

El actual panorama social en España —pobreza y malnutrición infantil, personas expulsadas de sus hogares, hombres y mujeres dispuestos a aceptar cualquier situación laboral y/o doméstica sólo para sobrevivir— requiere, con cierta urgencia, políticas que corrijan la situación. Las cotas de injusticia social alcanzadas nos sitúan más cerca de pasados vergonzosos que de lo que las palabras vacías de los políticos pretenden evocar cuando hablan del futuro; y en este contexto, la Renta Básica Universal (RBU) ha sido presentada a menudo como la herramienta capaz de corregir todos estos males.

Sin duda, es necesario garantizar una renta mínima de supervivencia para todas aquellas personas que lo necesiten, pero la RBU es un proyecto mucho más ambicioso; de hecho, se trata de una medida que aún no ha sido implementada en ningún país de la UE.

En lo relativo a políticas sociales, a España le queda un largo camino por recorrer para llegar a la inversión media de la UE 28 —aún más largo si hablamos de la UE-15—, y si nos ceñimos a las políticas destinadas al bienestar de la infancia, la comparación con Europa sitúa a España en una vergonzosa posición a la cola de la UE-28 en gasto público. Siendo ésta la situación, habría que preguntarse si la RBU es la solución adecuada. Y desde luego, si la contemplamos desde un punto de vista de género, no lo es.

En términos comparativos, la RBU no soluciona la pobreza infantil ni la de las mujeres. Pero además, desde un punto de vista de género, es indefendible puesto que no sólo no mejora en términos relativos la posición de dependencia de las mujeres en el sistema de género, sino que incluso es posible que pudiera contribuir a reforzar la posición del varón en dicho sistema.

Analizaré la RBU siguiendo las estimaciones de Daniel Raventós. Existen otros modelos, pero entiendo que éste es el más conocido, y de los más elaborados como simulación de lo que podría ser su aplicación real.

Se supone que este beneficio es sex blind —que no favorece en especial a ningún género—. Pero no es así. El hecho de que a los adultos se les asigne una cuantía de 7.968 € y a los menores (de 0 a 18 años) de 1.594 € es un reparto de beneficios que no es en absoluto sex blind.

Ya el solo hecho de considerar que el bienestar de un adulto vale 5 veces más que el de un menor es injusto, adultocéntrico y muy lejano a las bellas ideas de poner en el centro a las personas, de la sostenibilidad de la vida, etc. La RBU es una política que, en la línea de la economía clásica y neoclásica y a diferencia de las posiciones más alternativas, ignora absolutamente el sistema reproductivo (en ese sentido sí es sex blind), y fija sus objetivos y su atención exclusivamente en el sistema "productivo".

Una familia feliz con dos menores dispondría de 19.124 €. Sí. Pero para comprobar si una política tiene o no sesgo de género no se pueden hacer simulaciones de los presupuestos familiares en el supuesto único de la familia nuclear unida para siempre –a no ser que se quiera mantener como modelo familiar el católico-tradicional.

Sólo comprobando las políticas de manera individualizada, es decir, qué ocurre si vemos la situación de la mujer, y del hombre, viviendo individualmente y/o con sus hijas/os, es decir, como familia monomarental/monoparental, podremos ver si existe sesgo de género.

Y el hecho es que, siguiendo a Raventós, se supone que una mujer sola con dos menores debe sobrevivir con 11.156 € anuales. Todos sabemos que esta asignación está lejos de ser una renta digna. En cuanto entran en juego los menores, la RBU sólo es tolerable dentro de un sistema de género tradicional y sexista en el que las parejas con hijos nunca se separan, y si lo hacen, la mujer lo paga caro.

Aquí, habrá quien diga que también puede ser el hombre el que viva solo con los hijos, y efectivamente, puede ser, pero la realidad es tozuda y entre el 80% y el 90% de las familias monoparentales tiene un cabeza de familia mujer. Además, el escaso porcentaje de las que tienen el cabeza de familia hombre no tienen tasas de pobreza llamativas, mientras que la pobreza entre las familias monomarentales en España era del 40% en 2011, y, sin duda, ha aumentado.

Así, una mujer con dos menores recibe una RBU de 11.156 € anuales (y quizá en un contexto de inflación). Imaginemos que el padre de las criaturas estuviera en paro, sin ingresos, y también vive de la RBU. Ésta es una prestación personal y de supervivencia, por lo tanto, no tendría ninguna obligación legal de pagar una pensión de alimentos a sus hijos; sus 7.968 € son para él. Una situación de este tipo en la realidad supone un enorme poder de negociación para el hombre, no sólo frente al empresario, sino también frente a su mujer precarizada frente a él. Incluso trabajando con sueldos habituales hoy en día, de 800 €/mes o 1200 €/mes estaría precarizada esta familia monomarental con un tipo impositivo del 50% como se ha sugerido. Así, la RBU empodera al hombre no sólo frente al mercado laboral, sino que también, presumiblemente, en el sistema de género, en el que últimamente su posición se ha debilitado. La RBU renueva su rol de varón sustentador, esta vez financiado por el estado.

Para seguir perfilando el sesgo de la RBU comparemos los 15.936 € que ingresaría una pareja joven y sana sin cargas familiares, con los 11.156 € de la  familia monomarental con dos menores, en la que además, la mamá debe buscar la manera de conciliar funciones en solitario: el agravio es notorio. En los países nórdicos el principio de que los que no tienen hijas/os deben colaborar con sus impuestos a financiar y sostener la crianza de niños y niñas que son el futuro del país es un principio bien establecido y que rige el sistema impositivo.

Así, la RBU no sólo no mejora la pobreza relativa de mujeres y niñas/os, sino que, al no incidir en absoluto en la revalorización social de los cuidados, y al centrarse en la clásica reivindicación sindical de reforzar la posición del trabajador en disponibilidad de trabajar y sin cargas familiares, posiblemente empeorará el posicionamiento de las madres en el mercado del empleo. Sin embargo, desde la perspectiva de quienes deseamos avanzar hacia un nuevo modelo social alternativo, éste no es el efecto más pernicioso; lo más grave sería el hecho de que, si la RBU consiguiera su objetivo principal, es decir, la revalorización del trabajo realizado dentro del sistema productivo, podría lograr, como efecto colateral, una aún mayor devaluación, si cabe, de los trabajos reproductivos y de cuidados, que la RBU ignora por completo, como siempre lo ha hecho el pensamiento androcéntrico y patriarcal.

Quizá, si en España se hubiera invertido en políticas para la infancia, como se ha venido haciendo en la Europa avanzada desde hace décadas, el sesgo de género de la RBU aplicada a nuestro país no sería tan alarmante, pero el abandono de la infancia, es y ha sido, también a lo largo de los años de las vacas gordas, un rasgo característico de las políticas sociales en nuestro familiarista estado de bienestar. La propuesta de Raventós explicita que la RBU absorbería las demás prestaciones sociales generales; por lo que no parece que contemple la implementación previa o simultanea de políticas destinadas a la infancia, y en cualquier caso, dudo que quedara ni un céntimo para esta área social que ahora prácticamente no existe en nuestro país.

La sola idea de una España con una RBU implementada pero con un estado de bienestar raquítico como el actual, y que en lo relativo a Infancia es miserable, me resulta esperpéntica, como los aeropuertos sin aviones.

Quizá debamos abordar las posibles soluciones de manera más humilde y menos maximalista. Usemos las buenas y probadas experiencias de nuestros vecinos, implementemos una prestación universal —o sujeta a renta— por hija/o, solucionemos la vergonzosa pobreza infantil y de los hogares más vulnerables con una renta básica garantizada, avancemos todo lo posible en redistribución e igualdad, y cuando hayamos hecho todo eso, podremos valorar si la RBU es una herramienta adecuada.

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