Tierra de nadie

A Junqueras se le castiga por ser candidato

En contra de lo que se auguraba aquí el pasado viernes, el Tribunal Supremo no se ha conformado con la promesa de no volver a pecar en el futuro de todos los exmiembros del Govern encarcelados y ha decidido imponer fianzas de 100.000 euros a seis de ellos y mantener en prisión al exvicepresidente Oriol Junqueras y al exconseller de Interior Joaquín Forn, además de a los presidentes de ANC y Omniun, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, pese a descartar también en su caso el riesgo de fuga y la posibilidad de que destruyan pruebas que les inculpen. En esos cuatro casos aprecia el magistrado Llarena peligro de reiteración delictiva tanto por su papel de cabecillas en la presunta sedición como por la posibilidad de que repitan en sus cargos tras unas nuevas elecciones. Se instituye un nuevo principio jurídico, el de la venda antes que la herida.

El armazón de la causa gira en torno a un documento incautado por la Guardia Civil en el domicilio del secretario general de la consellería de Economía y número dos de Juqueras, Josep María Jové, que ha sido interpretado como la hoja de ruta hacia la secesión. Dicho documento, titulado Enfocats, vendría a ser la prueba de cargo definitiva ya que mostraría que la declaración de independencia fue el fruto de una calculada estrategia coordinada por dos comités del que formarían parte los encarcelados junto a otros dirigentes de partidos independentistas para forzar al Estado a aceptar la República catalana. Como parte de ese plan se incluía como último recurso generar "un conflicto democrático de amplio apoyo ciudadano" para fomentar la inestabilidad política y económica. De acuerdo a este razonamiento, todos los acontecimientos vividos en Catalunya encajarían en el citado proyecto, desde las movilizaciones ciudadanas a la DUI, pasando por el ‘asedio’ a la comisión judicial que registró el despacho de Jové y la pasividad de los Mossos, que es la que sustenta aparentemente la acusación de rebelión por parte de la Fiscalía.

La argumentación judicial no esconde sus lagunas. La primera y fundamental es que el documento se convirtió en papel mojado desde la declaración de independencia. Ante la reacción del Estado, es decir la aplicación del artículo 155 y la apertura de distintos procedimientos judiciales en el Tribunal Superior de Justicia y en la Audiencia Nacional, la actitud de los encausados no fue alentar revueltas ciudadanas ni parapetarse tras las masas para intensificar el conflicto sino ponerse a disposición de los tribunales o partir con viento fresco, tal fue el caso de Puigdemont y varios exconsellers, protagonistas de una excursión a Bruselas tan insólita como poco planificada.

La decisión de mantener en prisión a Junqueras, Forn y los Jordis por el riesgo de reiteración delictiva ni siquiera se basa exclusivamente en su condición de cabecillas de la pretendida trama, posición desde la que el magistrado entiende que dirigieron y ejecutaron materialmente movilizaciones en las que sabían que "iban a infiltrarse necesariamente comportamientos agresivos".

Se sustenta en algo mucho más discutible: "La rebaja de las cautelas no puede precipitarse bajo el argumento de que los investigados –con posterioridad a la adopción de la medida cautelar- hayan asumido su participación como candidatos en unos comicios democráticos. El riesgo de reiteración delictiva va expresamente unido a las responsabilidades políticas a las que aspiran", sostiene el Supremo.

En definitiva, si Junqueras no fuese candidato es más que posible que hubiera podido eludir la cárcel con una fianza como el resto de exconsellers, a los que ha bastado la simple promesa de que acatan la legalidad vigente y la caución de "reevaluar su situación personal si sus afirmaciones resultan mendaces". Pero, según el magistrado, y en el caso del líder de ERC y en el de los otros tres encarcelados se exige que el tiempo demuestre que su cambio de actitud es verdadero, lo que sólo puede entenderse como un castigo adicional a su intención de seguir participando en la política catalana.

Hay que suponer por tanto que a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, también candidata por ERC, se le aplicó un criterio distinto o que el nuevo auto anticipa un cambio en su situación procesal. Veremos.

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