Mundo Rural s.XXI

Pacto de estado por un mundo rural vivo. Empecemos por recuperar y aplicar la Ley 45/07 de Desarrollo Sostenible Del Medio Rural

Fernando Fernández Duch es técnico rural, participa en la Plataforma Rural y es asesor de Podemos. 

La situación dramática en la que se encuentra el medio rural y el sector primario y los retos a los que se enfrenta en el horizonte cercano, generan multitud de reflexiones y comentarios. Sin embargo, lo que se necesita de manera fundamental es voluntad política y acción institucional.  Durante la campaña electoral que precedió a las elecciones del 20D fue realmente difícil visibilizar esta situación a pesar de las propuestas y acciones desarrolladas por el conjunto de las organizaciones y colectivos sociales. Con posterioridad y en el escenario de la primera fase de las negociaciones,  el medio rural y el sector primario ha vuelto a ser uno de los grandes  ausentes del debate,  y el acuerdo entre PSOE y Ciudadanos lo ha dejado absolutamente fuera del marco de los compromisos de legislatura. Sin embargo, y a pesar de esta negación por parte de las fuerzas políticas tradicionales, esta legislatura, vuelve a ser  esencial para el futuro, y representa un escenario de oportunidad que no podemos desaprovechar.

Hemos pasado 4 años de auténtico abandono. A pesar de los esfuerzos por camuflar los datos, las políticas de austeridad han tenido un impacto tremendo en la calidad de vida de la población en las zonas rurales y es que en un entorno tan vulnerable social y económicamente, cualquier medida de ajuste, tiene repercusiones más allá de la proporcionalidad aritmética. La reducción de profesorado, la disminución de las urgencias o de las especialidades, la reducción de los fondos destinados a la ley de dependencia,  la desaparición de medidas de fomento de la economía, o el absoluto retraso en las políticas y medidas de apoyo al desarrollo rural dejan a muchas zonas de la España rural en un auténtico erial. Por si fuera poco, Leyes como la Ley Montoro son un atentado directo a la gobernabilidad local fundamental en los pueblos de menos de 5.000 habitantes.

En este escenario, y con los datos que todas las instituciones y organizaciones  tenemos en nuestras manos, es absolutamente justificado la necesidad de un "Pacto de Estado por un Mundo Rural Vivo y por la Soberanía Alimentaria". Un pacto que PODEMOS firmó el día 3 de diciembre de 2015 con un conjunto amplio de organizaciones articuladas en la Plataforma Rural, pero que además, podría hacerse extensivo perfectamente a otras plataformas que trabajan en el medio rural y con el sector primario. Muchas de estas redes participaron en la Jornada que el 17 de marzo se celebró en el Congreso de los Diputados  en torno a la aplicación de la Ley 45/07 de 13 de diciembre de desarrollo sostenible del medio rural y que fue convocada por esta fuerza política.

Caminar hacia la efectividad de este Pacto de Estado, no es tarea fácil. Sin embargo, consideramos que en este tema, existe un espacio común de entendimiento  en el cual las fuerzas progresistas y de izquierdas podemos movernos de manera constructiva.  Uno de estos puntos de encuentro está en la Ley 45/07 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.  Una ley que nació con un amplio consenso de los diferentes actores sociales  y que a pesar de las dificultades de su puesta en marcha, comenzó su andadura hasta que en enero de 2012 el gobierno del Partido Popular la encerró  de nuevo en el último cajón de una Dirección General de Desarrollo Rural que desde entonces, se dedicó sin más a gestionar los escasos fondos que le llegaban de Europa sin desarrollar ninguna propuesta propia

La Ley 45/07 tiene entre otras muchas virtudes, la de significar la puesta en marcha de una Política Rural Nacional, al estilo de la que tienen otros países como Francia o Alemania,  que permitiera definir las estrategias  políticas y económicas necesarias para garantizar el futuro del medio rural con la suficiente autonomía nacional, pero también con la necesaria coherencia con los marcos europeos y con las necesidades y demandas locales que surgen de cada uno de los territorios.  La ley ofrece un marco político de actuación en el cual las prioridades se definen de manera participativa  por el conjunto de actores que intervienen en cada territorio, y en el cual se coordinan y se construyen de manera coherente las actuaciones y compromisos del conjunto de las administraciones competentes implicadas. Y es que estamos ante una ley de fomento, que además incorpora los principios de la planificación económica y del desarrollo.  Que incorpora un enfoque de desarrollo que relaciona aspectos sociales, económicos y ambientales, con acciones multisectoriales y multinivel. Una ley que exige corresponsabilidad de las administraciones y también de los actores sociales y económicos. En definitiva una ley para dar esperanza y trabajar activamente.

Evidentemente, la ley requiere de un nivel de gobernanza exigente que se plasma en su articulado a través de los mecanismos de planificación como son;  el Plan de Zona, que debe ser discutido y desarrollado por el conjunto de actores en cada una de las 219 zonas identificadas en su momento, Las Directrices estratégicas Territoriales de Ordenación Rural  que deben ser perfiladas por las Comunidades Autónomas, y el Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible que debe ser elaborado a partir de lo anterior, y que debe establecer las actuaciones en un marco plurianual.  Todos estos compromisos, deben concretarse en los Convenios de Colaboración Interinstitucionales en los que cada parte define sus actuaciones y compromisos. Toda esta arquitectura, a pesar de sus dificultades y de las evidentes necesidades de actualización y mejora, fue puesta en marcha con un Programa que abarcaba 2010 – 2014 y que requería seguimiento y evaluación posterior y que terminó su andadura cuando el gobierno del Partido Popular lo encerró en el cajón del olvido

Un aspecto fundamental para la implementación de la Ley está en la definición de los Planes de Zona. Este proceso parte de la calificación de la zona territorial de aplicación establecida en el Capítulo II de la Ley y que delimita las zonas rurales en función de una serie de criterios en; zonas rurales a revitalizar, 105 zonas en las cuales son urgentes las actuaciones, zonas rurales intermedias, y zonas rurales periurbanas. Todas estas zonas deben ser identificadas y este proceso nos aporta un argumento más a la hora de defender la revitalización y aplicación de esta ley, y es que su cobertura abarcaría en torno a 7.100 municipios españoles, con un total aproximado de 10.579.281 habitantes, es decir en torno a un 20% de la población, pero que ocupa y gestiona el 84,5% del territorio del estado. Pocas leyes podemos decir que tengan un ámbito de aplicación como este y alcancen de forma tan extendida al conjunto del territorio. Sin embargo, una de las críticas a lo que fue la aplicación anterior de la ley y que deberíamos mejorar a futuro, fue la delimitación de estas zonas rurales sobre las cuales actuar, y es que evidentemente, se trata de construir gobernanza local rural, y para ello, la población de un territorio concreto debe ante todo identificarse con los límites territoriales sobre los que le proponen pensar, reflexionar y actuar. La delimitación de zonas en su día, no fue la más acertada, sin embargo, a todas luces, este aspecto es subsanable en el conjunto de los retos a los que nos enfrentamos.  La importancia social y económica en la delimitación de las zonas territoriales y en la elaboración de los Planes de Zona es crucial porque en ella radica la concreción de la metodología de desarrollo endógeno participativo que encierra la propuesta de la ley. El Plan de Zona pretende ser el instrumento que guíe el desarrollo de las actuaciones en esta zona en el periodo de referencia y debe contemplar el compromiso económico en el convenio de colaboración.

A estas alturas, nos faltaría por identificar algo absolutamente decisivo en el contexto económico en el que nos movemos desde que comenzó la crisis, hace ya casi 10 años. ¿Cuánto cuesta la aplicación de esta ley?  Las actuaciones a realizar se clasifican entre aquellas que son competencia de la Administración General del Estado,  las que son competencia de las Comunidades Autónomas y las actuaciones que se consideran de interés general. Las previsiones de los principales responsables entonces del impulso y aplicación de la ley,  y la memoria económica de lo que fue el primer Programa Nacional de Desarrollo Rural  eran conservadoras, pero hablaban de la necesidad de una financiación extra al año de unos 600 millones de euros, es decir, de unos 3.000 millones en todo el periodo, que más los 1.810 millones previstos, sumaban en torno a 4.200 millones. Parece desde luego  una cantidad asumible si pensamos en los datos de cobertura que antes hemos planteado y si consideramos que con este presupuesto ponemos en marcha y arrancamos un compromiso político firme por el Futuro de nuestro medio rural. Para añadir elementos de reflexión a este argumento, no podemos olvidarnos que recién hemos comenzado a aplicar el Programa de Desarrollo Rural Nacional para el periodo 2014 – 2020, y que parte con dos años de retraso, y que supone 8.297 Millones de Europa para el periodo de financiación FEADER y un  gasto público total de 13.100 Millones de Euros, que si estuvieran enmarcados en una estrategia coherente y consistente de desarrollo rural tendrían desde luego un impacto mucho mayor.

Llegado a este punto, no podemos sino pensar que es posible y necesario, que es urgente y justo y que es determinante para nuestro futuro común de desarrollo sostenible, retomar con responsabilidad este Pacto de Estado que supone el marco de la Ley 45/07 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural para comenzar a reconstruir la esperanza y la alternativa en un modelo de desarrollo que empiece por reconstruir los puentes rotos entre el medio rural y el medio urbano.

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