No hay derecho

Reprimir a Gandhi

¿Es admisible que la policía, de forma reiterada, golpee con un bastón a un manifestante que se encuentra sentado en el suelo de manera pacífica? Para una parte de la sociedad, la pregunta puede parecer alejada de su experiencia de vida cotidiana. Sin embargo, ha estado en la cabeza de mucha gente que, sobre todo desde la aparición del 15-M, ha protagonizado protestas pacíficas en defensa de derechos de todos y ha sido víctima de abusos policiales  impunes.

Hace unos años, un comisario antidisturbios de la policía catalana llegó a declarar en el programa Salvados, de La Sexta, que "la resistencia pacífica es violencia" y que si Gandhi hubiera ocupado plazas con el 15-M tendría que haber sido reprimido. Estas declaraciones están lejos de constituir un exabrupto aislado. Reflejan opiniones difundidas que han contado, a menudo, con la cobertura de los mandos políticos y de una parte del poder judicial.

Por fortuna, la impunidad no siempre se impone. Ayer mismo, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó al subinspector de los Mossos d’Esquadra, Jordi Arasa, por los múltiples golpes de porra que propinó al ahora diputado David Fernández, de la CUP, durante la ocupación de Plaza Cataluña, en mayo de 2011. Esta sentencia se suma a la dictada hace una semana por la Audiencia Nacional absolviendo a los 19 acusados por la protesta frente al Parlament durante el mismo año. Ambas contienen una dura crítica a la actuación de los Mossos durante las protestas del 15-M. Sin embargo, estas podrían extenderse a otros cuerpos policiales del Estado así como a los responsables políticos de estas actuaciones.

Ambas sentencias, en realidad, vienen a sugerir que las cosas podrían haberse hecho de otro modo, y que una actitud más respetuosa con la libertad de expresión y el derecho de manifestación habría evitado muchos de los desmanes que se produjeron luego. En el caso de las protestas de Plaza Cataluña, fue el propio consejero del Interior, Felip Puig, el que comenzó a hacer circular la idea de que se estaba ante un desorden público más que ante el ejercicio legítimo de derechos fundamentales. Esta descripción arbitraria de los hechos acabó convirtiéndose en una suerte de profesión autocumplida. En un ejercicio de irresponsabilidad evidente, Puig prometió que tensaría la ley "hasta allá donde está permitido y un poco más" para reestablecer el orden. Así, el fin de una concentración que podría haber resuelto con diálogo y mediación, acabó por convertirse en una intervención represiva desproporcionada, causante de males mayores.

La propia Guardia Urbana y la división de Información de los Mossos d’Esquadra fueron las primeras en advertir sobre estas consecuencias indeseables. Las soflamas de Puig, de hecho, generaron llamadas de solidaridad de los ocupantes de la plaza y congregaron a centenares de manifestantes. Al final, la policía reaccionó con una intervención que se saldó con 121 heridos.

La sentencia de la Audiencia Provincial debe examinarse en el contexto de esta operación, desafortunada ya en su concepción política inicial. Concretamente, lo que se analiza es si el uso de la fuerza empleado por uno de los policías, el subinspector Jordi Arasa, fue legítimo o no. En términos jurídicos, el principio es claro: la fuerza solo puede utilizarse si es absolutamente imprescindible y nunca puede ejercerse de manera desproporcionada o arbitraria. Ni una cosa ni la otra ocurrieron en Plaza Cataluña. Tratándose de una concentración pacífica, en la que muchos manifestantes simplemente permanecían sentados en el suelo, la policía podría haber optado –así lo hizo en algunos casos- por cogerlos de los brazos e invitarlos a abandonar el espacio público. Pero no fue el tono general de las intervenciones de aquel día. Como puede constatarse en numerosos registros fotográficos y de vídeo, la policía cargó de manera innecesaria y arbitraria contra gente que simplemente levantaba las manos, sin plantear resistencia activa alguna. Igualmente, los protocolos de actuación policial prevén que si la fuerza es estrictamente necesaria, esta no puede ejercerse de cualquier manera. Así, por ejemplo, estipulan que los golpes con bastones no podrán ser más de dos o tres golpes secos y en zonas del cuerpo no especialmente vulnerables. Según la Audiencia Provincial, no fue esta la actitud concreta de Arasa, quien "sobrepasó ampliamente" esas pautas e hizo un uso de la fuerza que fue todo menos progresivo. En las imágenes aportadas al juicio, sostiene la Audiencia, puede verse cómo el subcomisario, "además de asestar múltiples golpes a otros ciudadanos que hallaban al lado" del hoy diputado de la CUP, "propinó varios golpes con su defensa a este último, estando sentado en el suelo con los brazos en alto y sin sujeción alguna a sus compañeros que pudiera ser interpretado como gesto de resistencia".

Según la sentencia, actuaciones desproporcionadas como la del mando policial provocan  "profunda alarma social" y son especialmente "repudiables cuanto que se producen contra ciudadanos indefensos que protestan de forma pacífica y sin riesgo alguno ni para el interés general ni para terceros, y tanto más reprochable también cuanto que el sujeto agresor es justamente aquel que está llamado por Ley a proteger a los ciudadanos y no a maltratarlos".

Fueron actuaciones como éstas, innecesarias y desproporcionadas, las que, de hecho, lejos de calmar los ánimos desataron nuevas muestras de indignación social. Tras la intervención policial de 2011, se produjeron cortes en la entrada de la ciudad, atronadoras caceroladas por todos los barrios o muestras de solidaridad del resto del Estado. Entidades como Jueces para la Democracia, Amnistía Internacional, el Colegio de Abogados de Barcelona, la Federación Asociaciones de Vecinos de Barcelona o el Defensor de las personas también hicieron sentir sus quejas y exigieron una debida depuración de responsabilidades. Incluso el Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa manifestó su preocupación por los hechos acaecidos en  Plaza Cataluña.

En este contexto, la sentencia de la Audiencia provincial, al igual que la Audiencia Nacional de hace una semana, adquiere una importancia capital. Primero, porque obligará a los responsables políticos a adoptar medidas respecto a los agentes que, como ocurre en este caso, ocupan cargos de responsabilidad en sus respectivos cuerpos policiales. Segundo, porque al trazar algunas líneas rojas a las actuaciones policiales en manifestaciones pacíficas, supondrá un reconocimiento a las intervenciones que, de aquí en adelante, busquen adecuarse a los estándares garantistas. Finalmente, porque ayudará a entender que un responsable de seguridad o de interior que se jacten de "reprimir a Gandhi" constituye una vergüenza que ninguna sociedad con mínimas aspiraciones democráticas puede permitirse.

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