Otras miradas

En defensa del derecho de defensa, o cómo no es aceptable relacionar a un abogado con sus defendidos

Daniel Amelang López

Abogado

Daniel Amelang López
Abogado

La crisis catalana ha monopolizado la atención mediática del último mes, eclipsando noticias como la aprobación del CETA en el Senado, la lucha de los vecinos murcianos contra el AVE, la subida del precio de la luz y la condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra España por llevar a cabo devoluciones en caliente, entre otras cuestiones. Por cierto, recordaré que dichas devoluciones se hacían de manera formalmente legal – algo que parece preocupar mucho a innumerables tertulianos en los últimos días – desde que se incorporaron como práctica aceptable en la Ley de Seguridad Ciudadana, si bien Estrasburgo nos ha indicado que eran contrarias a Derecho. Es decir, no todo lo que se aprueba en el Congreso, siguiendo el procedimiento reglado, es legal, ni legítimo.

El tema catalán acapara tanto el foco que cuestiones que no deberían ser más que una nota a pie de página, como lo es la identidad del abogado que ha contratado Puigdemont en Bruselas, pasan a convertirse en titulares de portadas de diarios.

Esta semana saltó a los medios que Puigdemont y algunos de sus consellers se encontraban en Bélgica y habían contratado los servicios del abogado flamenco Paul Bekaert. Sin embargo, por lo general, la noticia no se explicó de forma neutral y aséptica. Los mass media se emplearon a fondo en relacionar al profesional con algunos de sus clientes. "Puigdemont se asesora con el abogado de ETA en Bélgica para pedir asilo", decía el titular de La Vanguardia. "Puigdemont ha contratado al histórico abogado de ETA en Bélgica", rezaba El Confidencial. El Español, por su parte, le dedicó un especial: "Bekaert, así es el abogado milagro de ETA al que se encomienda Puigdemont".

Según este último artículo, "el abogado de ETA" habría defendido a tres miembros de la banda: "Los etarras Luis María Cengotitabengoa, Ventura Tomé, Natividad Jauregui, alias Pepona... y ahora el expresidente catalán Carles Puigdemont. El dirigente nacionalista se ha unido a la lista de clientes del abogado flamenco Paul Bekaert". Parece un poco injusto que, con esta escasa cartera de clientes, se le tilde de "el abogado de ETA" a este señor de 68 años que empezó a ejercer en 1972 y que en numerosas ocasiones ha defendido los derechos humanos. De un plumazo se borran sus 45 años de carrera y se ignora su trabajo en otras materias, si bien ésta no es la cuestión más relevante. Aunque se dedicara en exclusiva a defender a miles de etarras en el país que inventó los gofres, no dejaría de ser lo que es: un simple letrado, no un terrorista.

No es la primera vez que se ningunea la amplia carrera de un abogado y se le vincula exclusivamente con alguno de sus clientes. Este verano, por ejemplo, con ocasión de los terribles atentados de Les Rambles de Barcelona, se atacó a mis compañeros Jaume Asens (teniente alcalde de la Ciudad Condal), Benet Salellas (diputado del disuelto Parlament) y Gonzalo Boyé por haber defendido a presuntos yihadistas en el pasado. Lo dije entonces y lo repito ahora: es intolerable atacar a una abogada o a un abogado por ejercer el derecho de defensa, por hacer su trabajo.

Ahora, meses después, desde la cuenta de Twitter de mi despacho (@laredjuridica) hemos criticado el trato mediático recibido por Bekaert en España. Mucha gente entendió nuestros argumentos, pero muchas otras no y llegaron a expresarnos que Puigdemont claramente es culpable y que "no merece defensa alguna".

El derecho de defensa es la oportunidad que tenemos de defendernos ante los tribunales de justicia de los cargos de los que nos imputan o acusan con plenas garantías de igualdad e independencia (siempre y cuando se respeten otros derechos, como la tutela judicial efectiva, la imparcialidad judicial y la presunción de inocencia). Sin defensa no hay proceso justo, y sin proceso justo actuamos con la misma aleatoriedad con la que lo hace la barbarie terrorista. Al ejercer este derecho, no solo defendemos a una persona concreta, sino que simultáneamente defendemos los derechos de todas las ciudadanas. Si le negamos el derecho de defensa a una persona, abrimos la puerta a poner fin a todas las garantías judiciales a las que tenemos derecho. Las leyes que restringen este derecho (como lo hacen distintas normas antiterroristas que se han aprobado en Europa y Estados Unidos en los últimos años) "expresan una autonegación del Estado de Derecho", en palabras de la profesora de Derecho Penal, Carmen Pérez Lamarca.

"¿Cómo puedes defender a culpables?", es una pregunta que me hacen a menudo amigos, desconocidos, familiares y cuñados. Mi compañero Eduardo Gómez me explicó una vez – y creo que dio en el clavo – que nos formulan esa pregunta porque la sociedad tiende a identificar la Justicia con la venganza y claro, en la venganza no cabe defensa, sino alevosía y ensañamiento.

En Derecho, y sobre todo en su rama Penal, el derecho de defensa, en toda su amplitud, es algo sagrado. No defendemos inocentes ni culpables, defendemos personas acusadas y nos erigimos en la salvaguarda de que las personas tengan un juicio justo. Cuando ejercemos la defensa no estamos defendiendo lo que la persona haya – o no haya – hecho. Con independencia de que nos caiga bien o mal, de que nos guste lo que haya hecho o no, defendemos sus derechos, que son nuestros derechos.

Resulta especialmente inspiradora la historia del abogado noruego Geir Lippestad (la cual conocí, precisamente, en un artículo escrito a cuatro manos por Benet Salellas y Jaume Asens). Anders Breivik, el fascista escandinavo que asesinó a ochenta afiliados del partido laborista en 2011, le designó como abogado defensor a pesar de que era miembro del mismo partido al que había atacado con tanta violencia. El letrado preguntó a su compañera si debería asumir dicha defensa, a lo cual ella le contestó lo siguiente: "Soy enfermera. Si me hubieran llamado del hospital para ir a curarlo, lo habría hecho. Ese es mi trabajo. Tú eres abogado, haz el tuyo". Por supuesto, aceptó el encargo.

Quizás el mayor símbolo internacional del abogado defensor lo conforma la figura del difunto abogado francés, Jacques Vergès, comunista y anticolonialista que defendió por igual a Illich Ramírez, Djamila Bouhired y Klaus Barbie. Suyas son las frases "todo el mundo tiene derecho a la defensa; lo contrario sería un linchamiento" e "Hipócrates dijo que no curaba enfermedades, sino enfermos. Yo, cuando defiendo a un terrorista, no estoy a favor de los crímenes; defiendo a una persona".

Por fortuna, no somos pocos quienes compartimos esta perspectiva sobre este derecho. Las instituciones de la abogacía también lo ven así. En un comunicado que publicó el Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona, en coordinación con el Consell de l’Advocacia Catalana y el Consejo General de la Abogacía Española en defensa de Asens, Salellas y Boyé el pasado mes de agosto, se dejó claro lo siguiente:

"En la independencia del ejercicio de su profesión, los abogados y las abogadas, al defender los derechos y libertades de sus clientes, prestamos un importante servicio a la sociedad garantizando el ejercicio del derecho de defensa y contribuyendo con ello a la justicia y a la paz social.

La Abogacía siempre velará porque los principios fundamentales de la profesión: la independencia, la libertad, la dignidad y la integridad, sean respetados".

Identificar a un abogado con algunos de los muchos clientes a los que ha defendido, supone un ataque furibundo al compañero que lo sufre y a toda la profesión de la abogacía. Y no entender en qué consiste el derecho de defensa demuestra una escasa cultura en derechos fundamentales.

Más Noticias