Otras miradas

“La culpa de la repetición electoral”: la gran falacia

Roberto Uriarte Torrealday

Profesor de Derecho Constitucional y diputado al Congreso por Unidas Podemos

Roberto Uriarte Torrealday

Cuartas elecciones en cuatro años. Bloqueo institucional sin perspectivas de solución. Monumental enfado de la ciudadanía y búsqueda de responsabilidades. Los medios de comunicación masivos, especulando sobre la atribución de responsabilidades a Sánchez o a Iglesias. Irrupción de nuevos actores políticos, aprovechando la coyuntura de la batalla por el relato de la "culpa", para pescar en río revuelto; haciendo demagogia con la falsa atribución de responsabilidades que han sembrado entre la ciudadanía los principales medios de comunicación.

Pues no!. Siento decirlo, pero se equivocan. La responsabilidad del bloqueo institucional no se reparte entre esas dos personas. No vale el recurso fácil a la equidistancia, por muy cómodo que pueda resultar, especialmente en un país acostumbrado desde los tiempos de Franco a desprestigiar, sin hacer ningún distingo entre unos y otros, a los políticos como colectivo e incluso a la actividad política en sí.

Los responsables de cuatro años de bloqueo son única y exclusivamente quienes tenían la obligación de cumplir el mandato constitucional de conformación de gobierno y lo han desacatado, aunque no son responsables en el mismo grado. Los responsables directos han sido Rajoy y Sánchez. El Rey ha sido sólo el colaborador necesario.

Para entender esto, es preciso ponernos en el contexto de nuestro sistema constitucional, en cuyo espíritu subyace la obsesión por garantizar la gobernabilidad o si se prefiere, por evitar el desgobierno, lo que se conoce técnicamente como "parlamentarismo racionalizado". Para ello establece múltiples mecanismos, como consecuencia de los cuales es perfectamente posible gobernar sin mayoría absoluta, mientras que la oposición no puede forzar la dimisión del gobierno mediante la moción de censura, sin haber articulado antes una mayoría alternativa de gobierno que permita la continuidad y evite lapsos de desgobierno.

Pero la Constitución es al fin y al cabo una norma y para ser implementada, requiere la colaboración de los responsables de las instituciones. Y aquí reside el quid de la cuestión. El artículo 99 establece un mandato de conformación de gobierno, aunque prevé que si el mandato no llega a hacerse efectivo, habrá de recurrirse nuevamente a elecciones. Pero la repetición no es una opción más a barajar por parte de los destinatarios del mandato. Es sólo la salida última cuando se han agotado todas los demás. Pero no cabe acudir a ella sin haberlas agotado.

Porque la naturaleza que tiene el mandato del artículo 99 no es la de una obligación de resultado, sino de medios. Se puede cumplir aunque no se logre el resultado, siempre que se hayan desplegado absolutamente todos los medios para conseguirlo y haya sido materialmente imposible, pero nunca sin haberlos desplegado todos. Los plazos establecidos por la Constitución antes de la convocatoria automática de nuevas elecciones, son plazos para que hasta el último minuto sea agotado intentando conseguir el objetivo.

La estrategia ostracista de desacato al mandato del artículo 99 fue iniciada por Rajoy, que llegó a negarse a intentar la investidura, a pesar de haber recibido el encargo del Rey de articular una mayoría de gobierno. No quiso cumplir dicho encargo, ni presentarse a la investidura sin tener garantizado por adelantado un resultado favorable, condición que en absoluto establece la Constitución. La misma estrategia ha sido continuada por Sánchez, que dedicó la mayor parte del plazo establecido por la Constitución a todo tipo de actividades no dirigidas a ese fin de conformar una mayoría de gobierno y sólo un cierto número de horas a algún tipo de búsqueda de acuerdo con algún partido, llegando a repetir el desacato expreso de Rajoy, al negarse a intentar una nueva investidura sin resultado garantizado por adelantado; aunque en este caso, el candidato contó con la colaboración del Rey, que ni siquiera le propuso que lo hiciera, cuando la Constitución establece en su artículo 99 que: "Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores". Pues no, no fueron tramitadas sucesivas propuestas, ni del mismo candidato, ni de un candidato alternativo del mismo partido que fuera capaz de tejer los consensos necesarios para una mayoría de gobierno que él no era capaz de tejer, ni de ningún otro candidato de ningún partido.

Ninguna sorpresa, por otra parte. La voluntad de desacato se veía venir cuando el candidato anunció como medida estrella de la legislatura una reforma express de la Constitución, que no llegó a concretar, que le permitiera eludir el mandato del artículo 99 y poder gobernar en solitario, aunque fuera con absoluta debilidad e incapacidad para renovar presupuestos.

Por todo ello, considero que el intento de Sánchez de eludir su responsabilidad en el incumplimiento del mandato constitucional expresamente dirigido a él como candidato propuesto, además de al Rey como proponente y de repercutirlo sobre los partidos de la oposición, constituye una maniobra que salpica también a los medios de comunicación masivos que la han naturalizado e incluso al nuevo actor político que, en lugar hacer pedagogía política de la situación, tiene como objetivo inconfeso aprovechar del momento de oportunidad que genera el legítimo enfado ciudadano por la falacia de las culpas compartidas para sacar rédito electoral.

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