Otras miradas

¿Seguirá incumpliendo la legalidad señor ministro?

Jon Iñarritu

Diputado de Amaiur

Jon Iñarritu
Diputado de Amaiur

El motivo de este escrito es la constante afirmación que realiza el ministro del Interior de su inquebrantable respeto de la legalidad. "Allá donde este ministro actúa, se somete plenamente a la Ley". Esta afirmación, señor ministro, la contradice constantemente, en su actividad cotidiana, en concreto cuando defiende, mantiene y no adopta ninguna medida para evitar la situación de los presos y presas vascas que se encuentran a cientos de kilómetros de su domicilio habitual.

La razón es muy simple. Como es conocido, y como  se ha reflejado en la prensa en repetidas ocasiones —léanse los artículos del catedrático Lasagabaster—, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)  ha señalado en su jurisprudencia que el alejamiento de los presos de su lugar de origen, de su domicilio habitual, impidiendo y dificultando la relación con sus familiares es contrario al Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta negación de los derechos de los internos en prisión se produce porque se incumple el propio Convenio y la jurisprudencia que del mismo aplica el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sin ser necesario que la jurisprudencia de este último se haya producido en relación con demandas planteadas contra el reino de España. Al Estado español no solamente le vinculan las sentencias en los procesos en los que es parte, sino que le vinculan también todos los demás.

El sistema europeo de protección de los derechos humanos apostó en su nacimiento y desarrollo "por un sistema que garantizase la efectividad de los derechos", porque "al amparo del imponente cuerpo de doctrina del Tribunal de Estrasburgo, la Europa de los derechos (...), es hoy una realidad tangible".

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional se ha dicho que "ha desempeñado, en particular, en los primeros años del régimen democrático, una clara función de referente y ha sido un instrumento democratizador de primer orden". Al elaborar la Constitución, su artículo 10.2, al ratificar el Convenio de Roma "todo el acervo doctrinal elaborado por este Tribunal (TEDH), en torno a los derechos reconocidos en el mismo se convirtió en un canon hermenéutico principal para la lectura del Texto constitucional". Este canon ha sido definido como "de decisiva relevancia" (STC 22/1981, FJ 3). Cuantitativamente se puede señalar que la influencia se ha manifestado en "más de quinientas sentencias del Tribunal Constitucional, que de forma expresa se han inspirado en la doctrina de Estrasburgo".

El Tribunal Constitucional ha tomado en cuenta lo que se da en llamar el diálogo obligado con los Convenios y Acuerdos internacionales y, en este sentido, "ha hecho suyo el principio de la fuerza de 'cosa interpretada' de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos". La jurisprudencia del Tribunal Constitucional español y su incidencia en la jurisdicción ordinaria "ha redundado en un elevado y eficaz nivel de protección de los derechos humanos en España. Situación que, como es obvio, alivia la carga de trabajo del Tribunal de Estrasburgo, pues hace de nuestros tribunales ordinarios y Constitucional, en virtud del principio de subsidiariedad, naturales y eficaces garantes de los derechos reconocidos en el Convenio de Roma y de sus protocolos adicionales".

Todas estas frases entrecomilladas que se citan son del Presidente del Tribunal Constitucional español, Francisco Pérez de los Cobos, en el discurso de apertura del año judicial en el TEDH, el pasado 30 de enero en Estrasburgo.

Me gustaría realmente saber si el ministro del Interior comparte las afirmaciones del presidente del Tribunal Constitucional español y, si la respuesta es positiva, por qué sigue aplicando a los presos y presas vascas unas medidas de alejamiento que son contrarias a la ley que dice respetar, más en concreto al Convenio Europeo de Derechos Humanos y la jurisprudencia del TEDH que lo interpreta. No tendría más que recordar algunas de las respuestas que se han dado por parte de su Ministerio a las preguntas parlamentarias planteadas en el Congreso de los Diputados, así cuando dijo que el Estado español no había sido condenado por el alejamiento de los presos en ningún caso, dando a entender entonces que la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo no le resultaba aplicable. Si los presos y presas vascas tienen derecho a estar cerca de sus domicilios, no se les puede negar este derecho y remitirles a un proceso judicial, en el que el Estado con seguridad será condenado, como ya ocurrió con la conocida doctrina Parot,  pero dentro de unos años. Mientras se obliga a esas personas a estar cientos, incluso  a más de mil kilómetros de sus hogares, impidiéndoles su derecho a la intimidad y a la vida familiar, el suyo y el de sus familiares.

En definitiva, estamos en un tiempo nuevo en el que las autoridades deberían desactivar todas las medidas de excepción que se pusieron en marcha con motivo de la violencia,  ya que así lo exige la sociedad vasca, así se ha hecho en otras situaciones de post-conflictos asimétricos a  lo largo del mundo y es de sentido común. Pero si el actual Gobierno no comparte esta visión, al menos a lo que sí está obligado es al cumplimiento de todos los derechos humanos y al cumplimiento de la legalidad, fuera de toda "ingeniería jurídica" y toda vulneración de derechos.  ¿Seguirá incumpliendo la legalidad señor ministro?

Más Noticias