Otras miradas

Necesarias pero no valoradas: empleadas del hogar

Joaquín Nieto

Joaquin Nieto
Director de la OIT para España

Judith Carreras
Consejera de la OIT para España

En junio de 2011 la OIT adoptó el Convenio 189 sobre Trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos y la Recomendación 201  que lo acompaña. Esta es la primera norma internacional sobre este colectivo, dirigida a extender los derechos laborales a los 67 millones de trabajadores domésticos que trabajan en hogares privados alrededor del mundo y corregir la grave discriminación que sufren en condiciones de trabajo y derechos humanos, ya que la gran mayoría no tenían ni tienen los mismos derechos que el resto de trabajadores.

Las trabajadoras domésticas constituyen el 80% de este colectivo y representan cerca del 4% de la fuerza de trabajo femenina a nivel mundial. En América Latina, el 14% de todas las trabajadoras asalariadas son trabajadoras domésticas. Además existe un fuerte componente transnacional, estudios recientes de la OIT  indican que el 17 por ciento de los trabajadores domésticos son migrantes.

El trabajo doméstico ha crecido en todo el mundo en los últimos años y estimaciones recientes sobre la población y el envejecimiento confirman que es probable que siga creciendo su demanda.

No obstante, el trabajo de las empleadas de hogar no es todavía social y económicamente valorado adecuadamente. Más aún, al desempeñar sus labores aisladamente, tras las puertas cerradas de los hogares, se convierten en trabajadores especialmente vulnerables por lo que demasiado a menudo, carecen de los mínimos derechos laborales.

Los costes de la formalización del trabajo son el argumento principal para no formalizar las relaciones laborales que se traduce en altos niveles de empleo informal y trabajo no declarado, coartándoles los derechos propios como son acceso a pensiones, bajas por enfermedad o maternidad. A ello se suman legislaciones en los países que no ofrecen los mismos derechos paras las trabajadoras del hogar. Se estima que no llega ni al 10 por ciento las trabajadoras domésticas con los mismos derechos que el resto de trabajadores.

Desde la adopción del Convenio 189 se constatan avances a nivel mundial. Más de 70 países han adoptado medidas dirigidas a garantizar trabajo decente para los trabajadores domésticos. De éstos, 22 ratificaron el Convenio, incluidos 5 países europeos: Alemania, Bélgica, Irlanda, Italia y Portugal.  Otros 30 países han realizado reformas legislativas y de las políticas y, al menos, otros 18 están comprometidos a extender la protección a los trabajadores domésticos.

En España se ha producido un incremento muy importante de afiliación desde 2011 con el cambio normativo que incorporaba las empleadas de hogar al régimen general de la seguridad social. Se ha pasado de un 42,9 por ciento de afiliación a finales de 2011 (248.916 afiliadas sobre un total de 686.900 ocupadas) a una afiliación del 69,1% en 2015 (424.423 afiliadas sobre un total de 614.200 ocupadas). Aunque el incremento de afiliaciones es notable, todavía el 30% de las trabajadoras domésticas siguen sin estar afiliadas y por lo tanto excluidas de la cobertura de seguridad social. Existe un margen considerable para aumentar las afiliaciones hasta completar la cobertura. La ratificación por España del Convenio 189 facilitaría este proceso, que sería muy positivo tanto para las empleadas de hogar como para el conjunto de la economía española.

También hay margen para mejorar los ingresos a la Seguridad Social, pues si bien la afiliación casi se ha duplicado no lo ha hecho la recaudación correspondiente que ha crecido solo entorno a un 15% en términos absolutos. Las causas de este desajuste son varias, desde la reducción real de la jornada de trabajo debido a la crisis a la reducción de las horas declaradas a efectos de cotización.

Cinco años después de la adopción del Convenio 189 de la OIT se han producido avances, pero sólo constituyen los primeros pasos del largo camino dirigido a conseguir el trabajo decente en el sector del empleo del hogar, que empieza por dar valor a su trabajo en el contexto de una reflexión más profunda sobre la organización de los cuidados en nuestras sociedades.

"El compromiso de  reconocer y valorar los cuidados no remunerados y el trabajo doméstico no remunerado mediante la prestación de servicios públicos, la provisión de remunerado mediante la prestación de servicios públicos, la provisión de infraestructura y la formulación de políticas de protección social, así como la promoción de la responsabilidad compartida en el hogar y la familia, según proceda en cada país", es el objetivo 5.2.

La agenda de los Objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas que se aprobó en septiembre de 2015 y entró en vigor a principios de este año. Hacerla efectiva,  supondrá para empezar un reconocimiento de derechos para las y los trabajadores domésticos.

 

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