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El uso de fuentes y su valor de transparencia en TJ Tool de 'Público'

1.- DEFINICIÓN FUNCIONAL DE FUENTE EN TÉRMINOS DE TRANSPARENCIA

La fuente periodística identifica el origen de la información aportada por un periodista.

La discusión sobre la clasificación de fuentes, siguiendo estrictamente el criterio de transparencia, está servida. A lo largo de todo el desarrollo del proyecto se han invertido horas abordando la naturaleza de las fuentes, compartiendo casos y preguntándonos sobre su identificación y clasificación. Estas discusiones nos han llevado a concluir que adoptar la Herramienta de Periodismo Transparente de Público, TJ Tool, supone una interesante y necesaria reflexión sobre los principios que deben estructurar un periodismo riguroso y responsable.

2.- CLASIFICACIÓN

Entendemos que la clasificación de las fuentes debe atender a dos conceptos paralelamente: a la naturaleza propia de la fuente -persona, institución o sin identificar- y a nuestra relación directa o indirecta con la misma -que nos permite distinguir entre las fuentes mencionadas por otros medios y las consultadas por nosotros-.

1.- Fuente persona es aquella que, de forma directa, ofrece una información, testimonio u opinión a nivel individual, en persona, de viva voz, a través de grabaciones o testimonios expresados y recogidos en distintos formatos y transmitidos a través de los diversos canales disponibles. Esto incluye encuentro personal, entrevista, declaraciones, llamadas de teléfono, grabaciones de voz o imagen realizadas por el periodista, envíos postales o a través de los instrumentos tecnológicos digitales disponibles como el correo electrónico, redes sociales, blogs, páginas web... No entramos a valorar la calidad o profundidad de la información, recordemos que estamos analizando la trazabilidad. Incluye a ciudadanos testigos de eventos, especialistas en diferentes áreas, profesores, científicos, artistas, directores cine... que hablen en su nombre o en el de su propia obra sin representar a ninguna organización o institución.

El medio debe acordar si los políticos y representantes públicos de organizaciones deben ser siempre identificados como organizaciones o instituciones, o si cabe la posibilidad de adjudicarles la clasificación de persona. Esto en ningún caso altera su valor de transparencia.

2.- Fuente organización o institución. Son organizaciones de carácter político, partidos, sindicatos, Corona, los tres poderes y sus órganos, Gobierno, organizaciones, asociaciones y agrupaciones que se expresan como colectivo, cualquiera que sea su actividad, índole, ámbito geográfico o nivel de oficialidad. Consideramos ‘fuente institución’ también a las fuentes del derecho, leyes, códigos, Constitución y sus doctrinas, a las que se recurre como fuentes de la información que se publica.

Aquí nos cruzamos con la dificultad, antes mencionada, que exige dilucidar o al menos acordar, incluir, o no, a los portavoces o miembros que hablan en su nombre propio o de la organización a la que representan.

[1] La información procedente de otros medios de comunicación, estimada por algunas organizaciones profesionales en un 49,7% de la información publicada, debería incluirse aquí también, con una valoración más baja de trazabilidad. Sin embargo, es tan recurrente, que la registramos de forma independiente. Además, al no haberse cotejado directamente el contacto con la persona o la organización entramos en otro nivel en términos de transparencia.

3.- 'Otros medios de comunicación' deben ser reconocidos como fuente indirecta proveniente de otra organización dedicada a la información, a la que se le reconoce crédito, pero en términos de transparencia no obtendría las calificaciones más altas.

Una vez identificada la fuente como Otro Medio de Comunicación, sea cita de la competencia o agencias de noticias, el proceso de extracción de las fuentes continúa, pero deben ser desechadas a no ser que el redactor se haya puesto en contacto con las fuentes citadas. En este sentido, la herramienta prueba ser un acicate para un ejercicio cuidadoso en la forma en la que se reflejan las fuentes en el cuerpo del texto.

En el nivel más bajo de transparencia se encuentran las fuentes que no se identifican con nombre y apellidos, incluidas las que por cuestiones de confidencialidad deciden abstenerse de hacer declaraciones a micrófono abierto.

Tras semanas de valoraciones y discusiones estudiando ejemplos con los que los periodistas se encuentra a diario, hemos decidido diferenciar dos niveles:

4.- Fuentes sin identificar con nombres y apellidos, pero que sí hacen referencia a la organización o institución a la que dicha fuente está vinculada (fuentes del Partido Popular, agentes involucrados en la investigación, i.e.). A estas fuentes que obedecen a la conocida como "regla de reserva", les otorgaremos una valoración mínima para reconocer el esfuerzo del periodista de acercarse a las fuentes y comprometerse a mantener oculto su nombre.

5.- Fuentes anónimas: aquellas que, por razones de seguridad, por preservar su derecho a la intimidad o por otras necesidades o intenciones ocultan su nombre y su vinculación con cualquier organización o institución. La valoración atendiendo a transparencia es rotundamente cero. La publicación de una información basada en una fuente anónima debe justificarse en función de la relevancia del contenido, del autor y del medio, que serán quienes ofrezcan esas garantías de veracidad ante la opinión pública o los tribunales.

OTRAS FUENTES ANÓNIMAS:

· Existe además la información conocida como [2off the record, o con "reserva total", que es aquella información que proviene de fuentes sin identificar pero cuyo contenido tampoco debe publicarse. Por lo tanto, su valor de transparencia también es inexistente.

· Una variante del off the record es el de la información "embargada" que sólo permite hacer público el contenido y el nombre de la fuente una vez que se cumplan las condiciones, normalmente temporales, acordadas con esta. Al publicarse estas informaciones embargadas, adquirirán el valor de transparencia que les corresponda al ser identificadas abiertamente. En el caso de que se publique el contenido y/o la fuente de una información embargada se rompe el código deontológico por el que el periodista estuvo de acuerdo en escuchar a la fuente, lo que supone una grave falta de rigor profesional que se traducirá en un problema de reputación para el autor y el medio que difunda esta información.

3.- BUENAS PRÁCTICAS

Las buenas prácticas de un periodismo riguroso y fiable dictan que se debe huir en lo posible de la información procedente de fuentes anónimas y solo se debe recurrir en el periodismo de investigación, cuando la relevancia de la noticia así lo exija, demandando al periodista un escrupuloso compromiso con la verdad. El autor, respaldado por el medio, lleva el peso en términos de credibilidad en estos casos y deberá hacerse responsable de la veracidad de la información ante la opinión pública y, en algunos casos, ante los tribunales.

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