Contraparte

Las reglas de la austeridad

Montserrat Galceran, concejala de Ahora Madrid

Aparentemente la política de austeridad que la Comisión europea impuso desde el inicio de la crisis, tiene un fundamento económico: era necesario fijar unos límites a una deuda pública excesiva de modo que las administraciones no pudieran endeudarse demasiado y se garantizara el pago de las deudas ya contraídas. El primer paso fue el cambio del artículo 135 de la Constitución a instancias del PSOE, entonces en el Gobierno, en una memorable sesión de septiembre de 2011.

Sin embargo un análisis más detallado muestra los trucos de la reglamentación que hace de la austeridad una política que nada tiene de económica y mucho de precarización y empobrecimiento de la población así como de jaula de hierro para las nuevas opciones políticas de transformación democrática. Para mostrarlo voy a centrarme en dos de las reglamentaciones de la austeridad más nocivas para la política municipal y local. La primera, la llamada "regla de gasto" y la segunda el criterio de reposición de personal, denominado también "tasa de reposición".

Como desarrollo del cambio de la Constitución se promulgó en 2012 la Ley orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (2/2012 de 27 de abril). En ella se incluye la "regla de gasto", regla que prescribe que una administración pública, como por ejemplo los Ayuntamientos, no pueden gastar en un año una suma mayor del presupuesto del año anterior incrementado con el índice de crecimiento. Eso supone que en el caso de que la recaudación sea mayor de lo previsto, el excedente no puede dedicarse a sufragar gastos, como serían por ejemplo servicios sociales o aumento del presupuesto de educación, sino que debe dedicarse a pagar la deuda que tenga la administración en cuestión. De esa forma se garantiza el pago de los créditos por encima de cualquier otro gasto.

La regla tiene un truco pues admite diversas interpretaciones a la hora de fijar los ingresos y los gastos. Si entre los ingresos se contabilizan no sólo los derivados de los impuestos propios sino los que provienen de transferencias de otras administraciones, la suma total es más alta que si sólo se tienen en cuenta los primeros. Al aumentar la suma que se toma como base, aumenta también la suma disponible para el año. Por el contrario no tener en cuenta esas transferencias permite que los órganos superiores, en ese caso la propia administración estatal y autonómica, gocen de mayor libertad a la hora de hacer las transferencias.

Pero además el límite de exceso en el volumen de deuda pública en que podrán incurrir las Administraciones privilegia claramente a la administración estatal por encima de todas las demás ya que del 60% posible, la administración estatal podrá excederse en un 44%, la autonómica en un 13% y la local en un 3%. La norma establece que "el pago de los intereses y del capital de la deuda pública de las administraciones públicas gozará de prioridad absoluta frente a cualquier otro gasto". En caso de no cumplimiento la corporación afectada podrá ser intervenida y, en último término, disuelta.

La otra regla, la que fija la tasa de reposición es, si cabe, más rebuscada. Está contenida en las sucesivas Leyes de presupuestos generales del Estado, de 2011 en adelante. Estas leyes establecen que no podrán sacarse a concurso más que un 10% de las plazas que quedan vacantes en las Instituciones públicas. En consecuencia en 2011, 2012, 2013 y 2014 la tasa de reposición fue del 10%, pero solo para los colectivos y sectores de actividad de la administración marcados como prioritarios, que eran sanidad, educación, y cuerpos de seguridad del Estado. En los demás casos era de 0%.

En 2015 la norma general fue no permitir la reposición, pero para los sectores identificados como prioritarios se elevó la tasa de reposición del 10% al 50%. Y finalmente, para el año 2016, se establece una tasa de reposición como norma general del 50%, elevándose al 100% para sectores prioritarios.

Al cabo de los años eso significa que las plazas vacantes por jubilación, enfermedad, etc. se han reducido drásticamente pero como las Instituciones son las encargadas de ofrecer gran parte de los servicios que demandan los/as ciudadanos/as y esos servicios se caracterizan por una alta demanda de personal, las Administraciones públicas se enfrentan al siguiente dilema: o bien reducen los servicios para adecuarlos a las nuevas plantillas con los recortes consiguientes; o bien los externalizan en cuyo caso existe una especie de subasta por la que se adjudican a la empresa que haga la oferta más barata, lo cual redunda con seguridad en peores salarios y condiciones laborales para los trabajadores; o bien se oferta el servicio con los trabajadores propios que al ser menos cargan sobre sí más trabajo y posiblemente lo hacen en peores condiciones. Como resultado de todo ello la administración pública se ha convertido en una auténtica fábrica de precarización.

No se crea pues que la austeridad es solamente una recomendación de las autoridades europeas. Se traduce en reglas estrictas de política económica que dificultan la satisfacción de las necesidades sociales a pesar de que haya recursos económicos para ello. Por ello es urgente conseguir que esta política austericida desaparezca para que aquellas administraciones que quieren cumplir con sus compromisos públicos puedan hacerlo sin la amenaza de ser expedientados por desobediencia. Ese es especialmente el caso de tantos compañeros y compañeras de los Ayuntamientos del cambio que están sujetos a esa amenaza. Lo que es también de nuevo una artimaña política: impedir desde las Instituciones estatales bajo el amparo de las autoridades europeas que aquellas experiencias locales y comarcales que podrían ser exitosas no puedan serlo, no por falta de recursos económicos sino por medidas expresas que no por tener un alto contenido técnico son menos políticas. Por eso exigimos un cambio sustancial en las reglas de la política económica que deje de ser una traba para las transformaciones sociales que están en marcha.

Si no lo conseguimos los ciudadanos y ciudadanas de este país, como tantos otros de los países europeos de nuestro entorno, es muy posible que viren en sus opciones políticas y aumenten su desconfianza frente a un conjunto de instituciones democráticas que ponen el beneficio financiero por encima de las necesidades de la población. No será fácil explicarles cómo la complejidad de los ordenamientos legales coadyuva a que las instituciones pierdan todo atisbo de neutralidad y se conviertan en dispositivos de precarización económica tanto en lo que se refiere a los propios trabajadores municipales como a la población en general. En este caso la indignación cambiaría de signo; estamos en el preámbulo de una ola inquietante de neofascismo que estas medidas no cesan de atizar.

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