Del consejo editorial

Raíces cristianas europeas

ÓSCAR CELADOR ANGÓN

La elaboración del Tratado de Lisboa, tras el intento fallido de aprobar una Constitución para Europa, no fue sencilla, ya que la incorporación de diez nuevos Estados a la Unión Europea obligó a reformar las principales instituciones comunitarias. Uno de los debates más polémicos en este proceso se produjo a propósito de la inclusión o no en el Tratado de una referencia a las raíces cristianas europeas. La discusión se zanjó finalmente con una alusión en el preámbulo de la norma a la herencia cultural, religiosa y humanista de Europa. Pese a que este debate parecía felizmente superado, recientemente el Papa Benedicto XVI ha decidido recuperarlo con sus declaraciones en diversos actos oficiales, como por ejemplo con ocasión de la recepción del nuevo representante de la Comisión Europea ante la Santa Sede, al reivindicar las raíces cristianas de Europa y denunciar que el viejo continente no hace lo suficiente para promocionar sus "valores cristianos fundacionales".
Los partidarios de la inclusión de la referencia al cristianismo en el Tratado alegan que no pretenden obtener privilegios para las Iglesias cristianas, sino que se reconozca un hecho sociológico. Estos argumentos coinciden con los que en su día utilizaron los redactores de nuestra Constitución para incluir en su articulado una referencia expresa a la Iglesia católica; lo que posteriormente ha servido para legitimar que esta institución disfrute de un estatus autónomo y diferente al de los demás grupos religiosos. La referencia al cristianismo sólo serviría para que se generasen conflictos, toda vez que el derecho a la libertad religiosa de los cristianos, al igual que el de cualquier otro creyente o no creyente, se encuentra entre los derechos y libertades fundamentales que protege el Tratado.

La neutralidad de los poderes públicos y el pluralismo religioso son dos ingredientes nucleares del modelo político europeo, ya que se pretende aunar diferentes realidades nacionales a través de un proyecto común soportado en la democracia, el Estado de Derecho y la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y libertades. Asimismo, es necesario tener en cuenta que la sociedad europea del siglo XXI se caracteriza por su elevado grado de secularización, y el pluralismo religioso generado tanto por la consolidación de numerosos grupos religiosos no cristianos como por la recepción de potentes flujos migratorios procedentes de países musulmanes.

La Unión Europea tiene sentido si sus cimientos se soportan sobre aquellos valores y principios que son compartidos por todos los ciudadanos europeos, ya que sólo entonces podemos hablar de un proyecto común supranacional. Mecanismos de defensa de los derechos y libertades fundamentales, y especialmente del derecho de libertad religiosa, cuantos más mejor, pero referencias a ideologías o creencias concretas que puedan servir para resquebrajar la unidad de Europa, las menos posibles. En otras palabras, las únicas referencias al pasado histórico europeo que deben considerarse son aquellas que sirvan como fundamento de unión para un futuro.

Óscar Celador Angón es profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas

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