Del consejo editorial

Votos y vetos

FRANCISCO BALAGUER CALLEJÓN

El Tratado de Lisboa llegó ayer al Consejo Europeo de octubre pendiente de un veto, el del presidente de la República Checa, Vaclav Klaus, basado en el propósito de introducir una nueva modulación específica para su país relativa a posibles reclamaciones de los alemanes expulsados después de la Segunda Guerra Mundial y a la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Ambas cuestiones se plantean ahora, pese a que no se trata de problemas que hayan surgido con posterioridad a la firma del Tratado de Lisboa por la República Checa en diciembre de 2007, lo que evidencia la absoluta incorrección con la que ha actuado su presidente.

Nadie puede discutir la legitimidad de los euroescépticos como Klaus para defender sus posiciones en una dura negociación orientada a bajar las pretensiones integradoras. Están en su derecho a defender la idea de Europa en la que creen, siempre que respeten los consensos a los que han llegado tras esa negociación. No ha sido así, sin embargo, pues lo que han hecho es mantener una actitud pasiva frente a los acuerdos adoptados, esperando hasta el último momento para vincularse, con la esperanza de que fracasara el proceso de ratificación en otros estados. El último paso ha sido plantear de manera improcedente y extemporánea nuevas condiciones que no se habían planteado previamente.

El problema no es, sin embargo, la actitud del presidente de uno de los estados miembros, sino el hecho de que las reglas actuales de funcionamiento de la Unión Europea le otorgan una capacidad de veto a todos y cada uno de los estados que resulta absolutamente destructiva para el proceso de integración. La Unión Europea no ha conseguido encontrar todavía el equilibrio que debe darse en cualquier organización humana entre los votos y los vetos. El resultado es que una sola persona podría llegar a impedir una reforma que afecta a casi 500 millones.

Desgraciadamente, la entrada en vigor del Tratado de Lisboa no va a evitar que estos problemas se repitan. No lo va a hacer, porque los estados no han tenido el valor suficiente para incorporar al Tratado un nuevo sistema de aprobación de las reformas que supere, con carácter general, la exigencia de ratificación unánime. El reformado artículo 48 del Tratado de la Unión Europea no ha ido más allá de las tímidas novedades que incorporaba el Tratado Constitucional.

En estas condiciones, la única válvula de escape para futuros avances en integración política y democratización de la Unión Europea radica en el derecho de retirada voluntaria, que se recoge ahora en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea reformado, que entrará en vigor con el Tratado de Lisboa. Sin embargo, no parece que ese artículo vaya a ser utilizado por los estados que hoy lideran las posiciones euroescépticas para retirarse de la Unión. Porque lo que quieren –al menos lo que han querido hasta ahora– es obligar a la mayoría a no avanzar más en el proceso de integración y reducir a Europa a una zona de libre cambio, a un simple mercado.

Francisco Balaguer Callejón es catedráticos de Derecho Constitucional

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