Del consejo editorial

Símbolos religiosos y escuela pública

ÓSCAR CELADOR ANGÓN

Lo lógico y lo evidente a veces no lo es para algunos, tal y como demuestra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Valladolid, que esta semana ordenaba la retirada de símbolos religiosos de las aulas y los espacios comunes de un colegio público de Valladolid. Lo preocupante de este tema no es la decisión judicial en sí misma, sino que sean necesarios tres años de proceso judicial para poder retirar símbolos religiosos de una escuela pública, cuya presencia contaba con el silencioso beneplácito de la dirección del centro y la autoridad educativa competente.

El reproche constitucional a la exhibición de símbolos religiosos en los espacios tutelados por los poderes públicos es insalvable, pues su presencia, por una parte, crea confusión entre lo público y lo religioso, al trasladar a la ciudadanía la imagen de un Estado identificado con ellos a despecho de la laicidad; y, por otra, introduce un factor de división en un contexto que debe ser neutral, porque está pensado para el disfrute de todos los ciudadanos con independencia de su adhesión o no al símbolo.

En el caso de las escuelas públicas, los motivos que impiden la presencia de símbolos religiosos son más numerosos, pues, a los ya señalados, hay que añadir que se vulneran los derechos de los padres que envían a sus hijos a estas escuelas para recibir una educación laica; asimismo, los receptores del mensaje que transmite el símbolo son alumnos que, en muchos casos, carecen de la madurez y la capacidad de discernimiento necesarias para diferenciar entre lo que es un adorno, un símbolo religioso o un símbolo cultural, por lo que su libertad de conciencia se ve lesionada. Los únicos símbolos que pueden exhibirse en estos centros escolares son los constitucionales, ya que simbolizan valores comunes a todos que no pueden herir sensibilidades o crear divisiones entre los miembros de la comunidad escolar.

La exhibición de símbolos religiosos en las escuelas públicas es una de las reminiscencias que nos ha legado nuestro pasado confesional católico, cuando era obligatorio que en los centros escolares públicos estuvieran el crucifijo y el retrato del Caudillo y que los alumnos estudiasen religión católica y los Principios del movimiento.

La regulación de la presencia de símbolos y manifestaciones religiosas en las instituciones públicas debería haberse abordado durante la transición, pero los timoneles de esa nave entendieron que el sentido común debía ser suficiente para solucionar este tipo de problemas, y ahora vemos las consecuencias.

Los ciudadanos contemplan con estupefacción la toma de posesión de los cargos públicos en presencia de símbolos religiosos, cuando lo que reclaman es el compromiso del servidor público con el pacto constitucional; o el espectáculo que supone tener que recurrir a la vía judicial para retirar un símbolo religioso de un espacio público.

El Gobierno debe dar respuesta de forma rápida y contundente a esta problemática, y la anunciada Ley de Libertad de Conciencia puede propiciar el marco adecuado para que los poderes públicos concluyan la tarea pendiente.

Óscar Celador Angón es Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado

Más Noticias