Dominio público

El Senado y su importancia para el cambio

Francesc Pallarés

Catedrático de Ciencia Política. Universidad Pompeu Fabra

Francesc Pallarés
Catedrático de Ciencia Política. Universidad Pompeu Fabra

El Senado está compuesto por 208 senadores, elegidos por sufragio universal. Los parlamentarios autonómicos también designan a un senador por Comunidad Autónoma y otro más por cada millón entero de habitantes de las mismas. En estos momentos, hay 48 senadores de designación autonómica. En total so 256. Además, con las actuales cifras de población, existen ahora 58 escaños de senadores designados.

Por tanto, el próximo 26 de junio están en juego 208 escaños en el Senado. En principio, estas candidaturas son personales, con listas abiertas y se pueden votar a candidatos de distintos partidos. Se eligen cuatro senadores en cada una de las 47 provincias peninsulares, independientemente de su población, más tres senadores por isla en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife y uno en Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma. Además, a Ceuta y Melilla les corresponde elegir dos senadores en cada ciudad, es decir, los 5 millones de electores de Madrid tienen el mismo valor en el Senado que los 77.000 de Soria.

El sistema electoral del Senado es mayoritario y con voto limitado. Así, salen elegidos los cuatro candidatos más votados en cada provincia peninsular (o los que corresponda en las circunscripciones insulares).

Sin embargo, para que un solo partido no pueda copar todos los escaños de la circunscripción y para permitir la representación de un segundo partido, cada elector sólo puede votar un máximo de tres candidatos en las provincias peninsulares (dos en Ceuta, Melilla y las islas grandes, y uno en las restantes circunscripciones insulares). Estratégicamente, y para no dispersar el voto de sus electores, los partidos optan por presentar el mismo número de candidatos (tres, dos o uno) que votos tiene el elector, en lugar del mismo número que escaños a distribuir (cuatro, tres o uno respectivamente).

Todos los estudios realizados indican que el voto de los ciudadanos al Senado ha seguido plenamente el sentido del voto emitido para el Congreso, votando normalmente cada elector a los 3 candidatos a Senador presentados por el Partido votado al Congreso.

En su envío de papeletas, los partidos envían las del Senado convenientemente marcadas con sus correspondientes candidatos. Además, a diferencia de la ordenación alfabética de candidatos existente inicialmente, últimamente en la 'papeleta-sábana' del Senado los candidatos ya aparecen agrupados por partidos para orientar mejor al elector. En el caso de las provincias peninsulares, por ejemplo, el partido más votado al Congreso en la circunscripción situaba a sus tres candidatos como los más votados, quedando una cuarta plaza para un candidato del segundo partido. En las escasas provincias donde existía un gran equilibrio de fuerzas a veces los escaños de senador correspondían a dos candidatos de cada partido.

En las sucesivas elecciones, PP y PSOE se han distribuido los 4 escaños en la inmensa mayoría de las provincias, excepto en aquellas donde existen de Partidos nacionalistas/regionalistas fuertes. En conjunto, con alrededor del 75% de los votos al Congreso, ambos partidos han venido copando el 90% de los escaños de Senadores de elección desde 1982.

La ruptura del bipartidismo en 2015 ha significado un importante descenso en el porcentaje de voto de los dos partidos hasta el 51%, pero aún así han obtenido el ¡¡82% !! de los escaños de Senador de elección. Como puede observarse en la tabla adjunta el más beneficiado ha sido siempre el PP que obtiene un porcentaje de senadores claramente superior al porcentaje de apoyo popular recibido. Así, en 2015 ha obtenido el 60% de los escaños de senador de elección con sólo el 28,5% de los votos.

% de Senadores de elección y % apoyo electoral (Congreso) de PP y PSOE 2000-2015

% de Senadores de elección y % apoyo electoral (Congreso) de PP y PSOE 2000-2015

Ciertamente dada la posición finalmente subordinada del Senado en el proceso legislativo y su no participación en la investidura/censura/confianza en relación al gobierno,  el Senado ha quedado siempre en un segundo plano. Sin embargo, demasiado a menudo se olvida que el Senado dispone de capacidad para impedir un proceso de reforma constitucional si se opone a ello una mayoría absoluta de Senadores (elegidos, no olvidemos, sobre bases que vulneran tan gravemente las preferencias de los ciudadanos).

La reforma constitucional en diversos aspectos ha sido piedra angular en las propuestas de cambio o reforma de PSOE, Podemos-IU y de Ciudadanos en las elecciones de diciembre 2015 y en principio también en las de ahora. En cambio el PP no se muestra partidario de ellas o sólo en algunos aspectos que en todo caso no afectarían a los más sustanciales para el cambio que necesita el sistema político español.

Si tenemos en cuenta que después de las últimas elecciones autonómicas el PP  cuenta también con 20 senadores de designación autonómica, suma en total 144 senadores de los 256 que componen actualmente la cámara, superando claramente la mayoría absoluta. Por lo tanto, dada la mayoría absoluta de que dispone el PP en el Senado de poco sirven las propuestas de reforma de los partidos, pues no se podrían llevar a cabo.

¿Son realmente conscientes de ello? Debería explicarse a los ciudadanos a riesgo de futura decepción y desencanto de éstos.

Cara a las elecciones del 26-J el único movimiento hasta ahora ha sido la coalición Podemos-IU. Sin embargo tomando como referencia la suma de los votos de ambos partidos el 20D, el número de senadores adicionales que la coalición podría obtener en detrimento del PP no serían suficientes para evitar la mayoría absoluta de éste último partido. Las necesarias reformas constitucionales de los diversos partidos continuarían bloqueadas o totalmente hipotecada a la voluntad de un PP  no interesado en cambios que puedan alterar su posición privilegiada como partido.

Más Noticias