La Ley General Penitenciaria establece la preferencia de que los delincuentes condenados a pena de prisión puedan cumplir el castigo impuesto cerca de su lugar de residencia habitual, si ello es posible. Se trata de evitar que pierdan el contacto con el medio social y familiar al que volverán tras cumplir la pena impuesta, pues ese desarraigo dificultaría el proceso de reinserción, que según nuestra Constitución es fin primordial de la pena.
A pesar de no estar configurado como un derecho de los reclusos (los tribunales ratificaron la política penitenciaria de dispersión de los presos de ETA precisamente negando, a mi juicio de modo discutible, que existiese un derecho del interno a cumplir la pena cerca de su domicilio), si el cumplimiento cerca del domicilio es parte del proceso de reinserción, que como hemos dicho es fin principal de la pena, esa preferencia (por no llamarlo derecho) adquiere trascendencia constitucional.
Desde finales de los años 80, por parte de los sucesivos Gobiernos se procedió a la dispersión de los presos de ETA por toda la geografía nacional, a fin de dificultar a la banda mantener la cohesión de sus presos, por cuanto se entendía que dicho control por parte de la organización dificultaba la reinserción de cada uno de ellos.
Esta política penitenciaria contó con un apoyo social mayoritario, pero no porque se compartiera el argumento expuesto: la estrategia penitenciaria le era indiferente a esa masa social, que lo que entendía es que no existe suficiente castigo para un miembro de ETA, de modo que el cumplimiento de la pena de prisión lejos de casa era en sí misma una pena añadida ("que se joda"), y en la medida en que afectaba a sus familiares, que tenían que recorrer cientos o incluso miles de kilómetros para visitar a sus seres queridos, suponía una suerte de castigo a su entorno ("que se jodan también, por querer a ese desgraciado").
Con el transcurso de los años, lo que era una estrategia penitenciaria de lucha contra ETA, pasó a ser, como ocurrió con buena parte de la política sobre terrorismo, un reclamo electoral, que en este caso permitía exhibir la propia dureza frente al supuesto "buenismo" del contrincante político ("Nosotros no vamos a hacer concesiones").
Sin embargo, con este discurso nítidamente populista se terminó por legitimar el pensamiento de esa mayoría social, pues el acercamiento de los presos ya no era una exigencia legal, que las circunstancias concurrentes podían en un determinado momento desaconsejar, sino un elemento de supuesta negociación, bien con ETA, o con los presos, bien con partidos nacionalistas.
En 2011, ETA dejó la lucha armada, y hace algunos meses anunció su extinción. ETA, pues, ya no existe, lo que significa que la objeción al acercamiento de presos que suponía ese control por parte de la banda, que impedía o dificultaba la reinserción de éstos, tampoco existe.
Sin embargo, precisamente tras el fin de ETA se está haciendo un marcaje evidente al Gobierno por parte de los partidos de derecha en la oposición, de ciertos medios de comunicación, así como de las asociaciones de víctimas del terrorismo, que van a vigilar un eventual acercamiento de presos de la extinta ETA, y a denunciar cualquier "cesión", como si efectivamente el cumplimiento de las penas de prisión cerca del lugar de residencia no fuera una exigencia legal, y se estuviera realmente "cediendo", esto es, renunciando a la aplicación de un castigo previsto en la norma (la dispersión), cuando no es así.
Hay que denunciar, pues, que las exigencias de no "ceder" en realidad carecen de base legal, pues las circunstancias que aconsejaban la dispersión ya no concurren, y ningún actor ofrece otro motivo para negar el acercamiento que la conveniencia de una "dureza" en las condiciones de cumplimiento que supone, en realidad, un castigo adicional al que contiene la sentencia, y que la Ley no contempla.
Nadie ha pretendido, hasta la fecha, que los violadores convictos, o los asesinos, cumplan la pena impuesta lejos de su lugar de residencia: ¿Acaso quienes reclaman un trato diferente a los presos de ETA han "cedido al chantaje" de los violadores o asesinos que cumplen cerca de sus familias? ¿Los maltratadores que no son objeto de dispersión cuentan entonces con sus simpatías? ¿O es que sólo se calcula cínicamente el rédito electoral que se obtiene al denunciar como cesión lo que no es sino mero cumplimiento de la legalidad, como ocurre con otros presos?
Se trata, una vez más, del populismo punitivo de la peor especie: el que emplean continuamente quienes, bajo la falsa bandera de la "política de Estado", azuzan los más bajos instintos de la sociedad, y alimentan la sed de venganza que puedan padecer los agraviados, para conseguir un puñado de votos, aunque sea a costa de hacer saltar por los aires la legalidad penal y penitenciaria.
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