Dominio público

La Fundación Felipe González, un mal modelo para gestionar los archivos presidenciales

Antonio González Quintana

Archivero jubilado, miembro del Cuerpo Facultativo de Archiveros del Estado. Presidente de Archiveros Españoles en la Función Pública

El expresidente del Gobierno Felipe González, en la presentación en Sevilla de la Fundación que lleva su nombre.E.P./María José López
El expresidente del Gobierno Felipe González, en la presentación en Sevilla de la Fundación que lleva su nombre.E.P./María José López

Presentado a bombo y platillo como una oferta cultural de extraordinario valor y como un ejemplo de transparencia y generosidad, el llamado "Archivo Felipe González", custodiado en la Fundación del ex presidente, presenta, sin embargo, más sombras que luces: 1. No conocemos título legal que justifique que la Fundación disponga de unos documentos que pertenecen al Patrimonio Documental Español. 2. Los criterios profesionales aplicados al tratamiento de los documentos no son un ejemplo de buenas prácticas. 3. El modelo de las bibliotecas presidenciales norteamericanas, que la Fundación Felipe González afirma haber importado, para imitarlo, no se asemeja en nada a la estructura y el funcionamiento de la Fundación.

La revista Nuestra Historia publica estos días (en su número 9, correspondiente al año 2020), un extenso y documentado artículo de Sergio Gálvez Biesca, sobre el "archivo" del ex presidente del Gobierno, con el título «El Archivo de la Fundación Felipe González: la privatización del Patrimonio Documental».

Cuando se anunció, hace aproximadamente dos años, la apertura al público de la Fundación Felipe González (FFG, en adelante) y la puesta a disposición de sus fondos documentales en Internet, asociaciones profesionales como Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP) o la Asociación de Archiveros de Castilla y León (ACAL) manifestaron, de forma motivada, en las redes sociales, su rotundo rechazo al modelo de gestión de archivos que proponía la flamante Fundación. Además, estas asociaciones cuestionaban la legalidad de las actuaciones de Felipe González al retirar del complejo de La Moncloa los documentos incorporados a la FFG relativos a su gestión como presidente del Gobierno. En los meses posteriores, archiveras como Esther Cruces, Noelia Vicente o Henar Alonso y otros profesionales implicados en la gestión de la información y los documentos, como Gerardo Bustos, escribieron diversos artículos en revistas especializadas y páginas web, dejando claras varias cosas, entre ellas, y fundamentalmente, que los documentos en cuestión, en su inmensa mayoría, eran públicos y no privados; que tenían un dueño, el Estado, y que,  de acuerdo con la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, debían conservarse en un archivo público.

El eco de aquellas declaraciones o publicaciones quedaría, no obstante, limitado al colectivo profesional y a los usuarios tradicionales de los archivos. Las noticias de prensa en esos días, gracias a un bien diseñado proceso de marketing y a la inestimable ayuda de algunos medios, como PRISA, conseguirían extender la idea de que algo bueno estaba pasando: por fin los papeles de un ex presidente del Gobierno se podían consultar por el público, gracias a la generosidad de Felipe González. Además, esto se haría ante la ausencia de legislación reguladora y para evitar la pérdida inexorable o la inaccesibilidad de ese conjunto documental. Las páginas de los periódicos se abrieron a declaraciones de políticos y analistas que corrieron a alabar la iniciativa de la FFG como un ejercicio de transparencia y de filantropía.

¿Como es posible esa monumental discrepancia entre lo que los archiveros estábamos diciendo y lo que se aplaudía desde los grandes medios?; ¿estamos realmente ante un modelo a seguir en el tratamiento de los archivos presidenciales o estamos ante una actuación irregular, desaconsejable ética y profesionalmente, totalmente ajena a lo establecido en la normativa?

Por su doble condición de historiador, especializado en los años de los gobiernos encabezados por Felipe González, y de archivero del Estado, Sergio Gálvez ha podido acercarse al tema con rigor y dibujarnos un retrato muy completo de lo que supone la FFG como iniciativa para la gestión de los archivos de los presidentes de Gobierno en España. Podemos asegurar que el suyo es el análisis más completo de cuantos se han publicado hasta ahora sobre el mal llamado "Archivo Felipe González".

Gálvez Biesca responde a las preguntas enunciadas anteriormente de forma contundente, concluyendo, como se podía deducir del propio título de su artículo, que la inclusión en la FFG de los documentos correspondientes a la presidencia de Felipe González supone la privatización de una parte sustancial del Patrimonio Documental. España, como la inmensa mayoría de los países, carece de una ley específica de archivos presidenciales pero eso no significa que los documentos producidos o acumulados por los presidentes en el ejercicio de su cargo y durante el tiempo de su mandato, no estén sometidos a un claro y concreto ordenamiento legal. A ello habría que añadir que es inaceptable la capacidad discrecional e ilimitada que la Fundación se arroga para decidir sobre las condiciones de conservación, las políticas de difusión y la accesibilidad a esos documentos, algunos de los cuales están clasificados como secretos o reservados por la Ley de Secretos Oficiales, y por tanto deberían estar sometidos al régimen legal previsto para su tratamiento.

Es cierto que los valores por los que se rige la FFG son todos muy nobles y respetables: transparencia, accesibilidad, empatía, rigor, responsabilidad..., pero la gestión de los documentos públicos, compete a los archivos públicos y a sus profesionales. La actuación de los archiveros del Estado está igualmente sustentada en valores democráticos similares a los enunciados por la FFG, a los que se añadiría el de legalidad, valores que están en el ADN de los archivos públicos; además, su labor siempre estará sometida al escrutinio público y a las leyes.

A muchos archiveros nos causa un profundo bochorno que todo esto haya pasado sin la menor manifestación por parte de las autoridades competentes y más cuando vemos los documentos expuestos en la red por la FFG, publicados con sus sellos de registro (Presidencia del Gobierno, Gabinete del Presidente, complejo de La Moncloa...), sus membretes y pies de firma que hacen indudable la titularidad pública de los mismos. A este sonrojo contribuyen no poco algunas de las afirmaciones referenciadas en el artículo que comentamos, como cuando recoge el testimonio del periodista Antonio Rodríguez, quien cuenta que el presidente tuvo buen cuidado, al llevarse los documentos tras la finalización de su mandato, de dejar una fotocopia de todos ellos, reproducción de la que hoy, lamentablemente, nadie conoce el paradero. Hay una clarísima concepción de los documentos como propiedad privada: son documentos de Felipe González, son documentos privados, se dice sin recato; pero no es así. En todo caso, habrían sido las fotocopias lo que Felipe González se podría haber llevado a casa (discutible en el caso de los documentos secretos) y no al revés.

Esa concepción patrimonial se da no solo en el caso de los documentos generados en la labor de presidente del Gobierno, sino también en la de Secretario General del PSOE. Hay una división del fondo documental, en el cuadro de clasificación que la FFG ha elaborado, que se titula Secretaría General [del PSOE]. En ella, como ocurre con los documentos de Presidencia del Gobierno, vemos nuevamente sellos, dirección, firmas... que revelan su nítida procedencia de organizaciones del Partido Socialista Obrero Español. Parece que tampoco los archivos del PSOE, incluida su muy prestigiosa Fundación Pablo Iglesias, han sido merecedores del respeto o la confianza debidas. Escribe Gálvez que la hija de Felipe González, animadora del proyecto FFG, cuenta orgullosa su recorrido por agrupaciones y federaciones del PSOE recogiendo documentos para alimentar el acervo de la Fundación, tampoco parece que los promotores de la iniciativa se hayan planteado muchas dudas éticas sobre esa "recolección".

La forma en que en el discurso de la FFG se retuercen los conceptos y se desfiguran las realidades para que parezcan lo contrario de lo que son, es algo sobre lo que reiteradamente incide el texto de Sergio Gálvez.

También se rebate, en el artículo comentado, que sea la primera vez que se publican documentos de presidentes del Gobierno de España, como afirman los responsables de la FFG. El autor hace un recorrido por todos los conjuntos disponibles de documentos de presidentes del Gobierno. Son conjuntos de amplitud muy variable, generalmente reducida, pero todos ellos fácilmente accesibles, aunque también contamos con un archivo presidencial prácticamente completo, como es el de Antonio Maura, conservado en la Fundación Maura. Algunos de esos conjuntos están hoy en el Archivo Histórico Nacional (Castelar, Cánovas, Alcalá Zamora, Azaña...); otros en la Real Academia de la Historia (Narváez, Dato, Romanones), y alguno más en fundaciones privadas (Negrín, Largo Caballero). Mención aparte merecerían los documentos de la Jefatura del Estado de Francisco Franco, parte en archivos públicos como el Archivo General de Palacio o el Archivo General Militar de Ávila y parte, incomprensiblemente, en la Fundación Francisco Franco, lo que supone una vergüenza para la política archivística española y un insulto para las víctimas del franquismo.

Sí es cierto que es el primer caso, entre los presidentes que han gobernado el país desde el comienzo de la Transición, en el que los documentos se ponen a disposición del público. Y eso es algo muy positivo, aunque la forma de hacerlo no suponga un ejemplo de buenas prácticas, ni se pueda considerar un modelo a seguir.

La política archivística en España ha adolecido, desde que se aprobara la Ley del Patrimonio Histórico Español, de una casi absoluta pasividad en la vigilancia del cumplimiento de la legislación en cuanto a lo estipulado en el artículo 54.1 de la citada ley: "quienes por la función que desempeñen tengan a su cargo documentos a los que se refiere el artículo 49.2. de la presente Ley [forman parte del Patrimonio Documental los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo o entidad de carácter público] están obligados, al cesar en sus funciones, a entregarlos al que les sustituya en las mismas o remitirlos al Archivo que corresponda". Hemos de recordar que hay antecedentes de actuaciones de la Brigada de Patrimonio Documental y de los tribunales de justicia ante denuncias de apropiación por particulares de documentos generados por cargos públicos, casos de los documentos del presidente de la República, Niceto Alcalá Zamora o del general Juan Yagüe.

Desde la FFG se argumenta que su iniciativa se enmarca en una ausencia de normativa, pues indican que nos encontramos un marco jurídico muy complejo y, en ocasiones, ambiguo y poco claro respecto a pautas y procedimientos archivísticos, "porque no existen referentes, ni regulación concreta sobre archivos presidenciales a nivel nacional". Pero eso es, como Gálvez señala, una clara adulteración de la realidad. Pues bien, ante esa "ausencia" o laberinto normativo, los responsables de la Fundación deciden importar el modelo de gestión de bibliotecas presidenciales de los Estados Unidos para la gestión de los archivos presidenciales del mandato de Felipe González.

Conviene aclarar, porque no es un asunto baladí, la diferencia abismal que existe entre el modelo de gestión de los archivos presidenciales de los Estado Unidos y lo que ofrece la FFG, que dice emularlo. Es nuevamente un insulto a la inteligencia pretender que siguen las mismas pautas que en los Estados Unidos.

Desde que F.D. Roosevelt promoviera, apenas unos años después de la creación de los Archivos Nacionales, una Fundación en la que conservar los documentos acumulados durante su presidencia, las bibliotecas presidenciales siempre han pertenecido a los Archivos Nacionales de los Estados Unidos (hoy NARA, National Archives and Records Administration). Roosevelt creó una fundación privada para recaudar fondos con los que levantar el edificio de la Biblioteca, pero para donarlo posteriormente a los Archivos Nacionales. Poco después, en 1955, se regularía aquella iniciativa en la Ley de Bibliotecas Presidenciales (reformada en 1986 con el fin de dar más competencias de intervención en su control al Archivero Nacional de los Estados Unidos), para convertirse en pauta regular, quedando estipulado en ella que las bibliotecas presidenciales, si bien podían recibir financiación privada, eran parte de los archivos nacionales. En 1978 se promulgó la Ley de Documentos Presidenciales, que completaba el entramado legal de los documentos presidenciales. A partir de ese momento se estableció, de manera rotunda, la titularidad pública de los documentos oficiales de los presidentes, ya que hasta entonces estas bibliotecas se incorporaban a los Archivos Nacionales mediante escritura de donación. Esta ley de documentos presidenciales determinó además que, inmediatamente después de la conclusión del mandato presidencial, la custodia legal de los documentos de esa presidencia sería transferida a los Archivos Nacionales y que los archiveros del NARA serían los responsables de preservar, procesar y proporcionar acceso a tales documentos. Nada que ver con lo que es la FFG, situada completamente al margen del Sistema Archivístico Español.

No podemos estar orgullosos del trato que históricamente han tenido en España los documentos de sus presidentes y esa situación debe cambiar con prontitud. Pero la FFG no es el modelo a seguir en ese cambio. La pervivencia de abundantes e importantes documentos relativos a la Jefatura del Estado en la Fundación Francisco Franco, la vergonzante compra por los organismos públicos de documentos producidos por servidores del Estado o la apropiación por los cesantes de los documentos correspondientes a sus mandatos, obligan a abordar un plan de acción respecto a esta problemática, que no es exclusiva, por cierto, de la presidencia del Gobierno español; también se da en gobiernos autónomos, como sucede en el caso del archivo Tarradellas,  y en otros organismos públicos. No puede suceder que los archivos nacionales, autonómicos o locales carezcan de los documentos más representativos de sus respectivos gobiernos, o que estos tengan que pagar por recuperarlos.

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