Dominio público

    La regeneración democrática propuesta por el Gobierno: demasiadas lagunas

Ramón Soriano

Catedrático emérito de Filosofía del Derecho y Política de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

    La regeneración democrática propuesta por el Gobierno: demasiadas lagunas
Pedro Sánchez en el Congreso de los Diputados. Imagen de archivo. Eduardo Parra / Europa Press

Se critican mucho las medidas de regeneración democrática propuestas por el Gobierno la semana pasada, pero apenas se habla de las medidas ausentes. Es mi objetivo en este artículo, pues hay algunas medidas más urgentes y de mayor relevancia relegadas, que podrían ser adoptadas por la mayoría parlamentaria que sostiene al Gobierno. Lamentablemente no cabe señalar otras medidas que exigen un cambio constitucional. De las medidas aportadas por el Plan del Gobierno habría también mucho que decir por la enorme inconcreción de su formulación.

Lagunas en las medidas del Gobierno

Iniciativa legislativa popular (ILP)

La iniciativa legislativa popular será admitida a trámite por la Mesa del Congreso de los Diputados tras un examen técnico del cumplimiento de los requisitos legales y tomada en consideración necesariamente por el Pleno del Congreso, debatida y aprobada, en su caso, en el plazo de seis meses tras su admisión.

Para que la ILP, firmada por medio millón del electorado, sea necesariamente debatida por nuestros representantes. La única medida de democracia directa e iniciativa popular de la Constitución no puede ser colocada a los pies de la omnipresente democracia representativa.

Aforamiento

La supresión de las leyes de aforamiento que permiten más de doscientos cincuenta mil (sic) aforados/as existentes en España.

Para que únicamente disfruten de este privilegio las personas señaladas en la Constitución: jefe el Estado, presidente del Gobierno y ministros, diputados y senadores nacionales. Como es la norma en los países europeos.

Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS)

La reforma del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) cuyo órgano rector estará formado por nueve catedráticos/as de sociología de las universidades españolas, con 15 años de experiencia, seleccionados por insaculación, quienes elegirán al presidente de entre ellos.

Para que este importante e influyente centro no esté en manos del Gobierno de turno.

Consejo General del Poder Judicial

La elección de los 12 miembros judiciales del Consejo General del Poder Judicial por tres quintos en primer llamamiento y por mayoría absoluta en segundo llamamiento, y la destitución de los mismos, si transcurridos tres meses desde la finalización de sus mandatos, no son objeto de renovación. Baremos racionales, determinados, objetivos en el proceso selectivo para el acceso a las plazas de la carrera judicial, que resuelve el órgano citado.

Para evitar obstáculos para la renovación de este órgano por intereses partidistas y la politización de la carrera judicial.

Limitación del uso de la acción popular

La supresión del uso de la acción popular por partidos políticos, organizaciones e individuos con interés partidista contrastado.

Para impedir la judicialización de la política y que la acción popular sirva de instrumento de la lucha política y de destrucción mediática del adversario.

Regulación de las denominadas puertas giratorias.

Un nuevo sistema de incompatibilidades y un nuevo órgano de control plural, nombrado por el Parlamento por mayoría cualificada y no mediatizado por el Gobierno, para supervisar el tránsito de los políticos a las empresas privadas y de éstas a la política.

Para reformar en la ley 3/2015, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración del Estado, el escaso tiempo de incompatibilidad entre cargo público y cargo privado, las limitadas circunstancias de incompatibilidad y la falta  de idoneidad del órgano de control, la Oficina de Conflicto de Intereses, cuyo director es nombrado por el Consejo de Ministros.

Autoridades Independientes

Las Autoridades Independientes -RTVE, Banco de España, Comisión Nacional de la Energía, Agencia de Protección de Datos, Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, etc.- serán dirigidas por un consejo compuesto por  personas carentes de militancia y responsabilidades políticas previas, con experiencia de al menos tres años en el sector objeto de control.

Con la finalidad de evitar que estos órganos de control, de los que destaca la ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público, su neutralidad e independencia, estén compuestos de políticos designados por políticos

Juntas Electorales

Las Juntas Electorales Centrales y Provinciales estarán constituidas por jueces y magistrados, en una mitad, y por profesores universitarios de Derecho y Ciencias Políticas, carentes de militancia y de responsabilidades políticas previas, en la otra mitad, seleccionados todos por el método de la insaculación. Elevación de las sanciones para evitar el fácil incumplimiento de las normas electorales

Con el objeto de reformar la ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general, para impedir que la mitad de los miembros sean designados por los políticos. Extender el método de la insaculación, previsto por la ley solo para la elección de los jueces, a todos los miembros del órgano.

Comisiones parlamentarias de Investigación

Los miembros de las comisiones, formadas por un representante de cada grupo parlamentario, gozarán, a título individual, de los derechos a la información, a la obtención de documentación, a la comparecencia de cargos públicos y particulares, a la práctica de pruebas, que no estarán sometidos al criterio de la mayoría.

Con el objetivo de que las muy criticadas comisiones de investigación sean eficaces y libres de los obstáculos de las mayorías parlamentarias coyunturales.

Reprobación de ministros/as

La moción de reprobación de los miembros del Gobierno, presentada por dos grupos parlamentarios o la quinta parte del Congreso de los Diputados, comportará la dimisión o cese del reprobado por mayoría absoluta.

Para evitar el vergonzante ejemplo de ministros/as reprobados tres veces sin consecuencia. Si la mayoría absoluta del Congreso puede cesar al presidente del Gobierno, ¿Por qué no a sus ministros/as?

Transfuguismo

El representante, que abandone voluntariamente el partido en cuyas listas obtuvo el escaño, será considerado representante no adscrito, que comportará una aminoración en la pertenencia a las comisiones, en el uso de la palabra en las sesiones y en la percepción de los derechos económicos que corresponden a los Grupos Parlamentarios.

Ya que el tránsfuga no puede ser obligado a abandonar su escaño por prescripción jurisprudencial que al menos reciba una aminoración de sus derechos como representante en desagravio de quienes le votaron por formar parte de las siglas de un partido y para desarrollar un determinado programa político.

Partidos políticos

  1. Competencias más relevantes desempeñadas por la asamblea general, robustecimiento de las competencias de los órganos ejecutivos colegiados en detrimento de las competencias del secretario general o presidente del partido.
  2. Derechos de los militantes a elegir y ser elegido para todos los cargos, a la libertad de expresión, a constituir y formar parte de corrientes dentro del partido, a presentar propuestas sobre la política del partido, enmiendas al proyecto del programa electoral y a las ponencias políticas, a la celebración de consultas sobre asuntos de interés general a petición de un porcentaje de los afiliados.
  3. Principio mayoritario en las decisiones, a excepción de la mayoría cualificada en la elección de los miembros de las Comisiones arbitrales.
  4. Elecciones de cargos desde las bases militantes, tanto los cargos internos de los partidos como los cargos públicos (de representación y gobierno).
  5. Limitaciones en el desempeño de los cargos internos y públicos: plazo temporal e incompatibilidades.
  6. Comisiones arbitrales, compuestas por militantes sin cargo interno o público, elegidos por mayoría cualificada de la asamblea.
  7. Transparencia financiera, rendición de cuentas periódica a la asamblea y auditoría externa.
  8. Registro patrimonial y de ingresos, público y accesible, de quienes ocupen cargos internos o públicos.
  9. En la web del partido: memoria anual de actividades, memoria anual económica con inclusión de ingresos y gastos, memoria anual dirigida al Tribunal de Cuentas e informe de este tribunal sobre la memoria, informe anual de la auditoría externa.

Para que los partidos políticos cumplan con la exigencia del art. 6 de la Constitución: estructura y funcionamiento democráticos. Quizás la propuesta más difícil y de mayor incidencia en la salud democrática del país. Todavía pendiente desde 1978 la aprobación de una verdadera ley de partidos políticos.

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