Dominio público

Un paso hacia el nuevo contrato social

Pepe Álvarez

Secretario general de la Unión General de Trabajadores (UGT)

Trabajadores en la cadena de montaje de la factoría de SEAT en Martorell (Barcelona). REUTERS/Albert Gea
Trabajadores en la cadena de montaje de la factoría de SEAT en Martorell (Barcelona). REUTERS/Albert Gea

Durante más de ocho años, la vida de nuestro mercado de trabajo ha estado regida por una legislación unilateralmente impuesta, nacida en unas circunstancias críticas y que, sin embargo, no sirvió para superarlas, pero sí para mantener al conjunto de la clase trabajadora en peores condiciones y aumentando de forma continua las desigualdades sociales.

Frente a esa situación, las organizaciones sindicales más representativas nos hemos movilizado y alzado la voz. Ahora, hemos conseguido romper lo que era un verdadero dogal para los derechos de las personas trabajadoras. Tal vez por ello, la legislación fruto de la reforma del 2012 se había convertido en un absoluto tótem adorado no ya para unos creadores que, a punto estuvieron de modificarla en su último periodo de gobierno, sino para todo un importante sector teórico, económico y político, convencidos de su utilidad para mantener a raya las reivindicaciones sociales. Y tenían razón.

Pero el panorama ahora era más favorable. Frente a la posición anterior, en el programa de los partidos del actual Gobierno se encontraba la derogación de la reforma laboral. En gran parte de los mensajes de la Unión Europea a España, se reseñaba la necesidad de un cambio legislativo. Y este es un primer elemento para apreciar con mayor fuerza el valor de este acuerdo. Frente al unilateralismo del 2012, las organizaciones sindicales hemos elegido la vía del consenso y del acuerdo para garantizar la estabilidad de una regulación esencial para las personas de este país.

El acuerdo alcanzado tiene, a mi juicio, una relevancia histórica. En primer lugar, supone una vuelta a la articulación ordenada de la negociación colectiva, instrumento prioritario para la lucha contra la desigualdad y para garantizar los derechos de las personas trabajadoras.

Por una parte, se vuelve como régimen general a la ultraactividad de los convenios colectivos, lo que determina que la parte social ya no tendrá la necesidad de ceder derechos ante la expiración del tiempo convenido y el abismo de la no regulación, sino que se producirá una transición temporal ordenada, imprescindible para la parte más débil. Por otra, se finaliza con la prioridad del convenio de empresa en una faceta esencial como la salarial. Los convenios colectivos de ámbito superior podrán ordenarse de forma racional sin verse afectados por convenios de empresa diseñados tan solo para favorecer el "dumping" social. La combinación de esta regulación, la introducción del convenio del sector para las subcontratas servirá para recuperar condiciones decentes que fenómenos como las empresas multiservicios habían dejado de lado.

En segundo lugar, se avanza en la lucha contra la temporalidad, una lacra estructural en la que España ocupa un lamentable primer lugar en el escenario europeo. Destaco de la nueva regulación dos cuestiones esenciales, dentro de un conjunto normativo complejo. En primer lugar, la desaparición de ese coladero que era el contrato de obra o servicio determinado. Solo restan dos modalidades, por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora. Y en segundo lugar, los mecanismos de defensa para garantizar la realidad de la nueva normativa sobre temporalidad. En nuestras propuestas, habíamos apostado por la nulidad de la decisión empresarial de extinguir el contrato fraudulento bajo la ficción de su temporalidad como el mejor mecanismo para asegurar frente a este tipo de conductas. Y aun lo creemos. Sin embargo, no todas las medidas que proponíamos han sido conseguidas. Esta es una de ellas. Pero creemos que la herramienta que incorpora el acuerdo puede garantizar el cumplimiento de la norma: incrementar de forma geométrica el peso de las sanciones. Ahora, se establece una infracción de entre 1.000 a 10.000 euros por persona afectada. Un cambio radical, respecto a las irrisorias sanciones anteriores. Es cierto que la efectividad de este mecanismo va a depender de la potencia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por lo que las organizaciones sindicales estaremos radicalmente exigentes a la hora de vigilar el cumplimiento por parte del Gobierno de su obligación de reforzar con recursos humanos y materiales el sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Los contenidos de este Acuerdo son mucho más numerosos y no pretendo agotarlos, pero lo importante es que van a incidir de forma muy positiva sobre las personas de este país, mejorando sus condiciones de vida y trabajo. Sin duda es un paso histórico para la clase trabajadora. Pero, como he señalado a lo largo de este artículo, no vamos a detenernos. No lo hicimos después de firmar el acuerdo de pensiones. Este año 2021 ha sido muy negativo en muchos aspectos, pero también ha contenido importantes avances para los ciudadanos y ciudadanas de este país. Hemos demostrado que otra política, más social, más justa, es posible.

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