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Un Real Decreto contra el autoconsumo eléctrico

Manuel Castillo, Íñigo Ramiro, Iván Calvo, Marta Victoria y José Luis Velasco
Observatorio Crítico de la Energía y Círculo Economía, Ecología, Energía de PODEMOS

El término autoconsumo eléctrico se refiere a la generación de electricidad para consumo local. El desarrollo de ciertas tecnologías, principalmente la solar fotovoltaica, hace posible la aparición de centrales eléctricas a escala familiar o de pequeña y mediana empresa. En un futuro próximo, este fenómeno puede conducir a un modelo de producción de electricidad conocido como "generación distribuida", que se contrapone al modelo clásico de generación en grandes centrales alejadas de los puntos de consumo. La generación distribuida renovable presenta importantes ventajas económicas y sociales. Por ser renovable, contribuye a disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a los combustibles fósiles y a reducir la dependencia energética de nuestro país. Por ser distribuida, es un avance en la democratización de la producción de electricidad, la cual actualmente es controlada por un pequeño número de grandes empresas que actúan en régimen de oligopolio. Finalmente, el impulso del autoconsumo conllevaría la creación de numerosos puestos de trabajo en el sector de las energías renovables, un sector que ha sufrido la destrucción de muchos empleos en plena crisis debido a las políticas energéticas del actual Gobierno.

Durante años, el autoconsumo ha sido una práctica habitual de suministro de electricidad en sistemas aislados; es decir, en aquellos lugares a los que no llega la red de distribución de electricidad. Por minoritaria, esta no es la modalidad de autoconsumo que tiene el potencial de cambiar el paradigma de generación eléctrica a nivel global. La transformación del modelo de producción de electricidad emergerá, sin duda, de la generación distribuida mediante instalaciones de autoconsumo conectadas a la red eléctrica. Seamos más explícitos. Supongamos que tenemos una instalación de energía solar fotovoltaica para autoconsumo (paneles fotovoltaicos en el tejado del edificio en que vivimos, por ejemplo). Cuando los paneles fotovoltaicos están produciendo electricidad podemos consumirla instantáneamente, sin que alcance las redes de distribución, y hablamos entonces de "energía autoconsumida instantáneamente". Sin embargo, no siempre que estamos generando estamos consumiendo; es decir, a determinadas horas del día generamos más de lo que consumimos y tenemos un excedente de energía que puede ser vertido a la red eléctrica. Es esperable que el autoconsumidor, en este caso actuando como productor, reciba una retribución por dicha electricidad vertida a la red. Por último, por la noche, cuando los paneles fotovoltaicos no producen electricidad, necesitamos importar energía de la red. El desarrollo del autoconsumo se producirá si este esquema de funcionamiento es económicamente atractivo, y si la normativa que lo regula no lo entorpece.

La fuerte bajada de precios de los módulos fotovoltaicos en los últimos años ha hecho rentable el autoconsumo renovable en lugares a los que sí llega la red eléctrica. Esto es más acusado en España que en otros países europeos debido al mayor número de horas de sol y al elevado precio de la electricidad española. Sin embargo, el marco regulatorio del autoconsumo en España parece diseñado para frenarlo en lugar de fomentarlo. Antes del pasado viernes 5 de junio, el autoconsumo estaba paralizado de facto ante el temor de que algún día se aprobase el borrador de Real Decreto que elaboró el Gobierno del PP en julio de 2013. El contenido de ese borrador incluía lo que ya se conoce popularmente como impuesto al sol: un desorbitado peaje (en concepto de mantenimiento de las redes de distribución y transporte) sobre la energía autoconsumida instantáneamente (que nunca pasa a la red eléctrica). Este peaje fue propuesto públicamente por primera vez precisamente por las empresas del oligopolio eléctrico.

El viernes 5 de junio, irónicamente el Día Mundial del Medio Ambiente, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo decidió publicar el proyecto de Real Decreto que, de aprobarse, regulará el autoconsumo en España. El documento presenta modificaciones con respecto al borrador de 2013 pero en lo esencial sigue significando lo mismo: una normativa redactada con el objetivo de impedir el desarrollo del autoconsumo. Como suele suceder con la normativa del sector eléctrico, el texto es prolijo y oscuro. A continuación, señalamos los tres puntos clave que obstaculizan el autoconsumo en el proyecto de Real Decreto hecho público el pasado viernes:

(i) Se aplica un elevado cargo a la energía autoconsumida. Es decir, se mantiene el "impuesto al sol" aunque se reduce su cuantía (desde los 70 €/MWh del borrador de 2013 a los 49 €/MWh de este Real Decreto) y se modifica su justificación. Si bien en el borrador se introducía en forma de peaje para el mantenimiento de las redes, ahora se denomina "término de cargo variable" y se asocia a costes del sistema como los pagos por capacidad o los servicios de ajuste.

(ii) El excedente de energía generada localmente y vertida a la red no lleva aparejada contraprestación económica (en el caso de instalaciones pequeñas). Esa es la situación general. El Real Decreto deja a la voluntad de las empresas comercializadoras el compensar al autoconsumidor de alguna manera por esa energía vertida a la red, que posteriormente será vendida por ellas a otro consumidor. Parece poco probable que las comercializadoras del oligopolio muestren interés por compensar motu proprio al autoconsumidor y minar su propio negocio.

(iii) Se cierra la puerta a la tramitación simplificada de instalaciones sin vertido a la red. A partir de ahora, la tramitación será compleja y cara para cualquier instalación de autoconsumo. En las instalaciones sin vertido se puede consumir la electricidad producida localmente pero el excedente de producción no puede ser vertido (ni, por tanto, vendido) a la red. Como consecuencia, el único beneficio que obtiene el autoconsumidor es el ahorro en la compra de energía de la red. Esta situación dificulta el retorno de inversión de la instalación y no es un incentivo ideal para el crecimiento del autoconsumo. Sin embargo, era una posibilidad que estaba siendo aprovechada por los consumidores a falta de algo mejor y a la espera de una regulación más favorable en el futuro. Un factor esencial en el atractivo de la modalidad sin vertido radicaba en que la inscripción y autorización para estas instalaciones eran mucho más sencillas que para aquellas con vertido. De hecho, esto estaba siendo utilizado por algunas Comunidades Autónomas para fomentar el autoconsumo dentro de sus competencias. Dos semanas después de las elecciones autonómicas y municipales, en las cuales varias candidaturas llevaban en su programa precisamente esta estrategia de fomento del autoconsumo, el gobierno central ha hecho desaparecer esta posibilidad. Como decíamos, si este proyecto de Real Decreto es aprobado, los trámites administrativos serán difíciles y económicamente costosos para cualquier instalación de autoconsumo.

Aparte de estos tres puntos, que explícitamente desincentivan el autoconsumo, el proyecto de Real Decreto incluye el impedimento de que el autoconsumidor se acoja al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. Esto tiene como perversa consecuencia que el autoconsumidor no pueda beneficiarse del bono social, cuando precisamente el autoconsumo empieza a reconocerse internacionalmente y a ponerse en práctica como medida estructural para luchar contra la pobreza energética.

En nuestra opinión, cualquier normativa de regulación del autoconsumo que de verdad intente fomentarlo ha de tener tres características muy básicas (no son las únicas que ha de tener, pero estas son fundamentales). En primer lugar, la energía autoconsumida debe estar libre de cualquier tipo de imposición. En segundo lugar, debe existir alguna compensación por la energía excedentaria entregada al sistema eléctrico. Esta energía es usada por el resto de consumidores, así que el autoconsumidor, al igual que cualquier generador del sistema, debe ser compensado por producirla. Se pueden definir diferentes métodos de compensación: una compensación en energía (descontar en la factura los kWh vertidos a la red previamente) o directamente económica, recibiendo una retribución determinada por cada kWh entregado al sistema. Estos esquemas se aplican en todos los países donde se ha querido fomentar el autoconsumo como es el caso de Alemania, Italia, Estados Unidos, Japón o Brasil, entre otros. En tercer y último lugar, deben establecerse unos trámites administrativos ágiles, que permitan el rápido desarrollo de las tecnologías de autoconsumo.

En conclusión, el proyecto de Real Decreto presentado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es, en realidad, un conjunto de normas para impedir el desarrollo del autoconsumo, y la constatación de la voluntad del Gobierno por mantener un sistema eléctrico caro y contaminante, controlado por las grandes compañías y no por los ciudadanos.

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