EconoNuestra

Reflexiones ante el 20-D: las costas y los puertos españoles

Julián Maganto
Economista e Ingeniero Civil. Miembro del Círculo 3 E de PODEMOS

Una de las cosas que hizo razonablemente bien el PSOE en sus primeras legislaturas fue la normativa sobre las costas españolas y las actividades que en ellas se realizan.

Con respecto al dominio público marítimo-terrestre, la Ley 22/1988, 28 de julio, de Costas, significó sentar las bases para asegurar su titularidad pública, garantizando su protección y el acceso a su disfrute por parte de todos.

Por otro lado y en relación con un componente singular de esta parte específica del territorio, el dominio público portuario, la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, puso en marcha la modernización de los puertos españoles de interés general, dotándoles de un modelo que conjugaba una amplia autonomía de gestión para cada uno de ellos con una visión de sistema solidario, con objetivos estratégicos compartidos en beneficio de la economía del país.

Ambas leyes, con un enfoque radicalmente distinto (la primera asegurando la protección y la utilización responsable de un bien común y la segunda potenciando unos instrumentos imprescindibles para el transporte intermodal y por lo tanto para el comercio), tenían un importantísimo punto en común: la concepción del litoral español en su totalidad como bien público, al servicio de todos. Fueron fruto de una clara voluntad política acompañada de unos conocimientos técnicos adecuados.

El análisis desde la perspectiva actual pone de manifiesto que tanto una como otra eran mejorables, pero también acredita la solidez de sus planteamientos a la vista de los resultados y de la comparación con otros países. Los posteriores gobiernos no hicieron gran cosa por implantar las mejoras necesarias, sobre todo en los puertos, sino más bien lo contrario en algunos casos Unos no quisieron y otros no pudieron. El mensaje común era que si algo funciona para qué tocarlo.

Nuestro litoral, siempre sometido a presiones especulativas, aunque con manifiestas dificultades, fue capeando el temporal.

Así hasta llegar a la legislatura que acaba de terminar en la que los españoles hemos sufrido, bajo el pretexto de la necesaria austeridad, unos brutales recortes en nuestros derechos individuales, sociales y económicos, a la vez que al amparo de otro mantra neoliberal, la competitividad, se ha abierto la veda para actuaciones especulativas sobre nuestras costas y nuestros puertos.

Hay dos ejemplos palmarios de lo anterior: el primero es la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral (¡que sarcasmo!), que modifica la antes citada Ley de Costas de 1988 y que, entre otras cosas, disminuye la zona de protección desde los ya insuficientes 100 metros a solo 20 metros; el segundo es la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que, en su artículo 56, modifica el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por RDL 2/2011, de 5 de setiembre, que engloba la primigenia Ley 27/1992 y sus posteriores modificaciones parciales de 1997, 2003 y 2010. Estas modificaciones consisten, grosso modo, en el aumento del plazo máximo de las concesiones en la zona de los puertos desde los 35 años que establecía la normativa anterior hasta 50 años e incluso, mediante prórrogas, hasta 75 años, así como el levantamiento de la prohibición, que se había mantenido en las sucesivas modificaciones, de destinar a uso hotelero determinadas infraestructuras portuarias sujetas a protección por formar parte del patrimonio histórico.

Estos cambios normativos evidencian como la especulación y el beneficio injustificado de unos pocos ha primado sobre el interés común. Me he preguntado muchas veces qué relación tiene ampliar el plazo de la concesión a un club naútico, de uso exclusivo por los socios, o la transformación en hotel de un edificio histórico protegido (se supone que no solo algunos elementos), no ya con el interés general, sino con lo que dice pretender el legislador en la exposición de motivos: aumentar la competitividad de la industria española y la reducción de los costes logísticos. Está claro que hay quien cree que el papel, el B.O.E en este caso, lo aguanta todo.

Por este motivo resulta imprescindible que un gobierno por el cambio, para proteger el interés de la mayoría, derogue inmediatamente la actual Ley de Costas y el citado artículo 56 de la Ley 18/2014, no solo por recuperar lo público para lo común, sino también para minimizar los posibles efectos "Castor" que producirían las más que probables reclamaciones por lucro cesante de los beneficiarios de la injustificada situación actual.

A partir de ahí habrá que trabajar en aquellos aspectos, muchos de ellos ya conocidos, que nos lleven a una gestión verdaderamente sostenible de nuestro litoral. Es un camino ilusionante a recorrer con transparencia, diálogo, conocimiento y firmeza.

Lo que ha sido siempre de todos debe volver a serlo.

Más Noticias