Espejos extraños

La Constitución y el caos

A veces me pregunto por qué he dedicado tanto trabajo al estudio de los tribunales en los últimos 40 años. He estudiado los tribunales no sólo de Portugal, sino también de otros países y, en el proyecto que actualmente realizo, financiado por el European Research Council, coordino un equipo de investigación internacional dedicado, entre otros temas, al estudio de lo que yo llamo "constitucionalismo transformador". Esto no es más que la ocurrencia de varios países que quieren conseguir una nueva visibilidad y centralidad de la legalidad constitucional, a través de la promulgación de nuevas Constituciones. Algo que se conseguiría por la vía del recurso a los tribunales constitucionales, o con funciones constitucionales, en situaciones consideradas decisivas para la supervivencia o para la calidad de la democracia.

Antes de esto, mi interés en los tribunales nació de una perplejidad creativa sobre el papel de los tribunales en la consolidación o, por el contrario, en la fragilización de la democracia, en una época en que la utopía de una sociedad socialista estaba siendo sustituida por la idea de un "capitalismo democrático": la consagración constitucional de un vasto conjunto de derechos sociales y económicos capaz de garantizar a la mayoría de la población una medida de bienestar suficientemente significativa para mostrar que la democracia no era un gobierno de las élites, ejercido por las élites, para beneficio exclusivo de las élites.

Esta garantía dependía de la efectividad del Derecho y de los derechos, y ésta, en última instancia, de los tribunales encargados de hacerla valer. ¿Estarían los tribunales a la altura de tal encargo? ¿Qué modelos se podrían extraer de la historia jurídica y judicial moderna? Para mí, lo intrigante de estas preguntas residía en una intuición teórica y en una condición contextual. La intuición teórica me decía que eran simplistas las dos respuestas que entonces dominaban el campo de la sociología jurídica sobre el papel de los tribunales en las sociedades contemporáneas. Una era que, siendo esas sociedades capitalistas, los tribunales acabarían siempre por decidir a favor de las clases dominantes. La otra, que la independencia de los tribunales no nos permitía ni siquiera poner en duda la voluntad y la capacidad de los tribunales para garantizar la efectividad de los derechos, incluso aunque fueran en contra de los intereses dominantes. Ni una teoría ni la otra me parecían convincentes. De ahí mi interés en analizar la función concreta de los tribunales en diferentes contextos. Y el contexto portugués era particularmente desafiante.

Por un lado, Portugal acababa de salir de 48 años de una dictadura en la que un puñado de familias oligárquicas, vencidas por una Iglesia católica conservadora, mantenía a su servicio no sólo a un dictador -que ahora servía, ahora mandaba para mejor servir-, sino también a un aparato del Estado excluyente y autoritario del que los tribunales eran un apéndice apagado, apenas brillando en el cielo del tribunal plenario, a juzgar por los opositores políticos. Por otro lado, durante un breve período (el del "Verano caliente" de 1975), Portugal había convertido el momento luminoso de la Revolución de Abril en un anuncio de un proyecto socialista que llevó a la sociedad a una polarización sin precedentes. La despolarización sólo fue posible el 25 de noviembre del 75, mediante un acuerdo que no sólo garantizó la continuidad y la plena legalidad del partido que más fuertemente favoreció a la sociedad socialista (PCP), proponiendo una Constitución avanzada, basada en el modelo de cohesión social que englobaba un sólido conjunto de derechos sociales y económicos: la Constitución de 1976. El impulso socializador era entonces tan fuerte que el "capitalismo democrático" que se comenzaba a construir fue designado  durante unos años como socialismo y las fuerzas políticas de derechas , hoy en el poder, como socialistas.

Nadie de buena fe puede poner en duda los beneficios que el modelo de cohesión social definido entonces nos ha traído. Hoy, empeñado en lograr la mayor transferencia de riqueza que recuerda el Portugal moderno, desde las mayorías empobrecidas a una pequeña minoría nunca tan rica como hoy, el Gobierno quiere poner fin a ese modelo, aún sabiendo que eso puede traer el caos. La Constitución que tenemos nos defendió hasta ahora del caos. Para que nos continúe defendiendo, Ella misma debe ser defendida.

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