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Quebec aprueba la ayuda médica para morir

Fernando Pedrós
Periodista, filósofo y miembro de DMD

 

La provincia de Quebec (Canadá) adoptó el jueves 5 de junio la Ley de los cuidados al final de la vida, ley sobre el derecho a morir con dignidad, primer texto legal sobre muerte digna que se aprueba en el territorio federal de Canadá. El texto de ley, aprobado por 94 votos a favor frente a 22 en contra y ninguna abstención en votación llevada a cabo en la Asamblea nacional de Quebec, considera que el paciente tiene derecho a los cuidados paliativos y también a "la ayuda médica para morir" en ciertos casos de excepción.

 

La aprobación tiene una especial significación por cuanto el gobierno conservador canadiense, había mostrado con claridad su desaprobación del texto que se llevaba a la Asamblea de Quebec. Sin embargo, el primer ministro de Quebec, Philippe Couillard ha defendido con decisión este proyecto de ley que a lo largo de cuatro años había sido debatido y recibía el refrendo de la opinión de la gran mayoría de los ciudadanos.

 

Es más, el mismo primer ministro manifestaba que no se trataba de una eutanasia sino que el proyecto de ley abordaba el derecho del ciudadano a recibir los cuidados médicos al final de la vida, es decir recibir cuidados paliativos o bien los cuidados de ayuda médica para morir. Y en esta contienda político-administrativa Couillard argüía que la ley caía bajo la jurisdicción de Quebec y no de Ottawa, alegaba que los juristas ya habían dirimido esta cuestión y se mostraba convencido de que la ley respetaba los principios y valores de la Constitución canadiense y es reflejo de un "consenso social en Quebec". Esta situación enfrentada puede significar que la ley sea recurrida ante los tribunales por el gobierno federal de Ottawa. Si esto ocurriese, sería el primer tropiezo de la ley pues su paso por el parlamento solamente ha durado un año. El 12 de junio del pasado año la ministra de Servicios Sociales presentaba el proyecto de ley en el registro de la Asamblea y la actuación de los partidos políticos ha permitido un proceso de debate fluido.

 

La ley resalta el respeto a la determinación y decisión clara y libre del paciente en la fase del final de su vida.

En el artículo primero de la ley se indica que el texto legal "garantizará a la persona al final de su vida los cuidados respetuosos de su dignidad y de su autonomía". El paciente, por tanto, es libre para recibir los cuidados paliativos que calmen sus dolores y le concedan suficiente serenidad para vivir dicha etapa o de la misma manera en casos excepcionales puede solicitar morir y pedir los cuidados médicos que supongan una ayuda para morir. Por tanto, la ley permite a la persona al final de su vida ser acompañada y ayudada de acuerdo con sus necesidades y su libre voluntad. Hay pacientes a los que los cuidados paliativos no palían sus sufrimientos físicos o psíquicos y necesitan optar por la ayuda especial para morir por propia voluntad. Atendiendo a estas situaciones particulares la ley condiciona la ayuda para morir a las siguientes circunstancias del paciente: ser mayor de edad y con capacidad para consentir a tales cuidados, se encuentra al final de la vida con una enfermedad grave e incurable, y en situación irreversible, y con unos sufrimientos físicos o psíquicos no tolerables.

 

De manera obligada esta aprobación de Quebec y las razones y el sentido de la nueva ley nos llevan a pensar en la propia situación de los pacientes españoles en condiciones sufrientes. La ley española de autonomía del paciente (2002) reconoce la capacidad de autodeterminación del paciente en cualquier proceso que ataña a su salud e integridad física. El enfermo en su relación sanitaria con el médico tiene la capacidad plena de decidir y aceptar o rechazar las propuestas terapéuticas del médico. Pero esa autonomía reconocida legalmente queda reprimida cuando el paciente se enfrenta a la decisión respecto a su propia vida en el momento final de su vida. El art. 143 del Código Penal que condena las conductas eutanásicas y las penaliza con cárcel es la norma que se impone y se encarga de anular dicha autonomía ante la muerte. En el juego legislativo de la autonomía de la ley y la prohibición de la norma del Código Penal la libertad de la persona queda subordinada y se acaba su capacidad de autonomía decisoria. En breve, el enfermo no puede disponer libremente de su vida.

 

Por el contrario, la ley quebequense en sus disposiciones finales anula la norma de su Código Penal y prima, por tanto, el valor autónomo de la persona y su capacidad de autodeterminación respecto a la disponibilidad de la propia vida. De ahí que la ley deje claro que "la persona debe de manera libre y lúcida formular por si misma la solicitud de ayuda para morir", y el médico, respetando su dignidad y autonomía del paciente, le acompañará con sus cuidados para ayudarle a morir. Esta ley de Quebec, como se ve, destruye la interpretación que contra la autonomía del paciente en el proceso de morir hacen algunos médicos desde una ideología sacralizante de la vida, a la que convierten en intocable e indisponible.

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