Estación Término

No por mucho legislar mejora la atención al enfermo

Fernando Pedrós
Periodista, filósofo y miembro de Derecho a Morir Dignamente (DMD).

El 6 de mayo entró en el registro de la Asamblea de la Comunidad de Madrid una propuesta de ley de derecho y garantías de las personas en el proceso de morir. La primera pregunta que uno puede hacerse es si un proyecto de ley de este estilo llega en el momento adecuado, si es lo que reclama la sociedad, y si su contenido va a ser la medida más necesaria para atender al enfermo amenazado de muerte.

En el año 2010 nació la primera ley de este estilo en el parlamento autonómico andaluz. Fue una buena ley por su riqueza humana, por su precisión en ética pública sanitaria, por su enfoque directo a la figura del paciente como protagonista en la relación médico-enfermo y por el respeto que merece dentro del sistema de salud. Fue, además, una ley bien pensada a diferencia de otras leyes sanitarias y bien trabajada. Se invitó a 62 instituciones sociales, afectadas por el tema de la ley, a participar en el proceso de deliberación. Era una ley que elevaba a legislación valores éticos y sanitarios que se habían puesto en litigio en la guerra sanitaria llevada a cabo contra el Servicio de Urgencias del Hospital Severo Ochoa de Leganés (Madrid) y en el caso de la muerte voluntaria de Inmaculada Echevarría porque rechazaba el soporte respiratorio que le hacía vivir una vida no deseada y que la Junta de Andalucía autorizó a retirar. Y la ley bien acogida sirvió de modelo para otras leyes que le han sucedido en otras comunidades. De 2010 hasta el momento, las comunidades de Aragón, Navarra, Canarias, Galicia, Baleares, País Vasco... siguieron el paso marcado por Andalucía y ahora le llega el turno, seis años más tarde, a Madrid. Ha sido un periodo de repetición casi clónica de una ley que se debiera evaluar en sus resultados y logros, si los ha habido o más bien ha sido una moda y un fenómeno de contagio.

Una ley más archivada en el BOE

No se puede concluir a simple vista que una propuesta de ley sea inútil, pero hay que pensar, parafraseando un refrán español, que ‘no por mucho legislar se solucionan deficiencias y conflictos’. Sin duda  –tal como se indica en su introducción al hablar de necesidad y justificación de ley- que podrá animar a la población y se incrementará el número de instrucciones previas que, además, sean incorporadas a la historia clínica del enfermo, se insistirá para que aumenten los servicios de cuidados paliativos para toda la población que los necesite...  Pero lo más importante de entre las razones justificatorias es "ampliar la formación de los profesionales de la sanidad sobre el proceso del final de la vida, para de este modo poder mejorarla, (...) conocer con datos la calidad de la atención al proceso del final de la vida". Creo que este último punto debiera haber sido el punto de arranque y del esquema de tratamiento y de medidas de la ley. Esta propuesta de ley tenía que haber tenido un estudio previo de cómo se muere en Madrid, cuál es el diagnóstico de la calidad de la atención al enfermo en su última fase, cuál es el comportamiento principalmente de los médicos en el proceso de morir, qué incidencia e implicación ha tenido la filosofía de la Ley de Autonomía del Paciente, legislada hace catorce años, en la praxis médica y en la relación con el paciente. Si la postura del médico ha cambiado poco o en muchos profesionales tan apenas nada en su relación con el paciente a lo largo de la vida, ¿qué se puede esperar del talante de esta relación cuando el enfermo ya no es un sujeto de curación sino que está en proceso de morir y la muerte es considerada como un fracaso médico?

En una palabra, si la ley quiere ser rica en efectos y no solo reposar en un tomo del BOE, habría que haberle aplicado un modelo científico. Si hablando en términos sanitarios la ley pretende ser un tratamiento terapéutico, se necesitaba previamente unas pruebas que nos dieran datos fácticos de observación científica de la situación patológica para poder hacer un diagnóstico, un pronóstico y así poder prescribir una terapia. Antes, pues, de la propuesta de ley es muy evidente que todos los grupos que afronten la deliberación de esta ley hubieran necesitado un estudio previo que podría haber emanado de la creación y trabajo de un Observatorio de muerte digna, instrumento de observación y evaluación del que carecen los hospitales españoles. De lo contrario, la ley si llega a puerto correrá el peligro como sus hermanas de otras comunidades de ser archivada en las páginas del Boletín de la Comunidad sin llegar a revitalizar el organismo que se pretende reanimar. Un estudio de hace unos años que analizaba los resultados de la ley andaluza de 2010 concluía que cambiar la cultura de la vida y la muerte es una tarea larga y difícil que no se hace a golpe de leyes. No habrá que despreciar, pues, la propuesta de ley, pero habrá que animar a los parlamentarios y a todas aquellas personas físicas o instituciones que colaboren en la deliberación a incluir exigencias y medidas que lleven a mucha pedagogía y mucha praxis de los profesionales de la sanidad.

Muerte digna plena como debe ser

¿Qué prisa tenía el grupo socialista en la Asamblea de Madrid para presentar esta propuesta? Sin duda hubiera sido más prudente y más eficaz esperar el resultado de las próximas elecciones generales. Ya los programas electorales de 20D nos hablaban de las intenciones de los partidos respecto a la muerte digna. Unos la enfocaban acatando la  visión represiva del art. 143 del Código Penal que prohíbe y sanciona con cárcel la ayuda a un  suicidio o el acto de eutanasia; otros buscaban una comprensión de la muerte más constitucional, es decir, desde el contenido y sentido del art. 10 CE que respeta el libre desarrollo de la personalidad de individuo y desde la autonomía del ciudadano que puede autodeterminarse en cualquier momento de su vida por una decisión de vida o de muerte puesto que con su decisión actúa libremente sin lesionar los derechos y libertades de los demás. En pocas palabras, que es preferible trabajar por lo que merece la pena y liberar al ciudadano y, para dar una buena atención sanitaria al enfermo amenazado de muerte, hubiera debido bastar unos protocolos de trabajo -universales para todos los centros sanitarios, públicos y privados- que pusieran en vigor la autonomía del paciente de la Ley del mismo nombre de 2002 en el contexto del proceso de morir. Si hay ley, habrá que cumplirla sin tener que añadir nuevos retazos legislativos. La propuesta de ley presentada por los socialistas demuestra a las claras que el cuerpo médico en general no se ha interesado por la autonomía del paciente desde 2002 hasta ahora.

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