La soledad del corredor de fondo

Atacar el derecho de huelga para asegurar una sociedad precaria

CCOO y UGT han convocado hoy una importante concentración en la céntrica Plaza de Callao de Madrid, para mostrar el rotundo rechazo del sindicalismo con la ofensiva penal que se ha puesto en marcha contra el derecho a la huelga y a la actividad sindical en nuestro país.

En estos momentos existen 80 causas abiertas en toda España contra 260 sindicalistas de CCOO y UGT, que en total suman una petición por parte de la fiscalía de 120 años de cárcel. Estamos por tanto ante síntomas claros de la asunción en España de un marco de relaciones laborales propio de una formación social periférica. Una regresión sin precedentes en una Europa, que a nivel de organizaciones sindicales, mira a España con horror.

No nos engañemos, detrás de esto existe una clara intencionalidad del Gobierno nacional de criminalizar la huelga, en un momento donde el escenario económico va en la línea de un fuerte proceso de deslocalizaciones industriales y de privatizaciones de nuestros servicios públicos, que responden al modelo de devaluación interna y de puesta en venta de nuestros sectores productivos.

La tendencia está clara: cerrada toda posibilidad de aumento de los ingresos vía reforma fiscal progresiva, la estrategia es atraer inversión extranjera poniendo en venta nuestros sectores económicos o inmuebles. Cerrada toda posibilidad de lucha por reestructurar la deuda denunciando el carácter ilegítimo de la misma, sometemos al país a una fuerte devaluación de salarios y precios para pagar a los acreedores financieros. Esto obliga a profundizar en el carácter exclusivo del control empresarial de la realidad productiva nacional vía desregulación laboral, que junto al ajuste salarial, abre un horizonte de conflicto que impone la limitación del ejercicio del derecho a la huelga.

La característica principal del sistema capitalista es la consideración de la fuerza de trabajo como mercancía. Esta realidad nos permite entender las bases sobre la que se sustentan nuestras sociedades contemporáneas y sus relaciones sociales, marcadas por la potestad en exclusiva del control por parte del empresario privado de la realidad productiva y de la organización del trabajo dentro de la empresa, que otorga a la clase empresarial la facultad total de la mayor capacidad de violencia colectiva existente en las sociedades contemporáneas, la capacidad de despedir.

Esta dinámica es estructural en nuestro sistema social, lo que requiere de contratendencias que sirvan de contrapeso a tal hegemonía empresarial de la planificación de nuestra sociedad, que tiene en el sindicalismo y en la huelga dos de sus límites más destacados.

El profesor Baylos acierta al señalar que para el poder público y el poder económico, la huelga se muestra como la ruptura de las reglas de juego, un suceso contrario al orden de las cosas que debe ser limitado y restringido en sus efectos, un acontecimiento que interrumpe la relación laboral que fundamenta la organización de la producción y que proviene del exterior de la ordenación del sistema de trabajo dirigido y controlado por el empresario.

Para confrontar con tan poderoso instrumento, la huelga general, asistimos a una clara "ofensiva" que presenta la huelga, como un hecho que debe ser regulado por el Estado, que debe ser definido desde el espacio legal y no desde la autonomía sindical y del marco conflictual. Con ello se pretende negar la huelga como derecho de los trabajadores desarrollado a través de su acción colectiva, determinando su contenido y objetivos, no desde las posiciones de sus titulares (los trabajadores), sino desde otros sujetos: los usuarios, los ciudadanos, los empresarios, para desde ahí, marcar los límites y el alcance de la huelga. Realidad que lleva a dar prioridad en el conflicto social a una supuesta opinión pública y no al derecho al trabajo emanado desde su realidad productiva.

Al contrario de lo anterior, debemos abordar la huelga como derecho fundamental que parte de la "función" de este derecho, de su finalidad. La huelga tiene por objeto alterar o paralizar la producción como forma de reivindicar un proyecto concreto de regulación del trabajo o impedir la efectividad de una propuesta empresarial restrictiva o contraria a los intereses de los trabajadores. Solo la exactitud del profesor Baylos puede definir la huelga como derecho a "subvertir la normalidad productiva a partir del rechazo del trabajo como instrumento de dominación ejercido por un poder privado sobre las personas".

La huelga por tanto enlaza con el contrato de trabajo porque revoca temporalmente la subordinación del trabajador en la producción dirigida y controlada por el empresario, y por tanto, despliega sus efectos en términos suspensivos de la relación de dominación marcada por el contrato laboral. El derecho de huelga reconocido como instrumento para transformar la situación económica, social y cultural de los trabajadores en cuanto tales en un proyecto igualitario, que exige en su funcionamiento concreto impedir y restringir las prerrogativas ordinarias y extraordinarias del poder empresarial, derivadas del "respeto" a la libre empresa.

El discurso neoliberal se alía con la cultura empresarial y política heredera de la Dictadura, por desgracia muy presente en comunidades como la de Madrid. La clásica hostilidad empresarial y de la derecha madrileña frente al conflicto social, reforzado por la retórica franquista que define a los huelguistas como agitadores liberados sindicales e individuos débiles coaccionados por violentos piquetes.

Discurso ideológico que pretende justificar un modelo que hace que la patronal se apropie del dinero destinado a los parados en forma del corrupto empleo de los recursos públicos dirigidos a las políticas de formación, mientras calla frente a un atropello de reminiscencias predemocráticas, como es que a un trabajador que defiende su puesto de trabajo pueda ir ocho años a la cárcel.

La huelga como derecho fundamental, implica que en una sociedad donde el mercado es el eje, el sindicalismo de clase pueda reivindicar mediante este instrumento, la huelga general, su rol político. Algo que preocupa a banqueros, empresarios y políticos amigos, y que seguro tuvo en cuenta la fiscalía al pedir a diversos sindicalistas 120 años de cárcel por ejercer el derecho a la huelga y defender de esa forma, su puesto de trabajo.

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