Multiplícate por cero

Pensando otra reforma laboral

La reforma laboral que nos invade no gira en torno al empleo, que sería lo deseable, sino al tiempo. Y no hay nada más relativo que el tiempo. Unos ejemplos científicos: la opinión cualificada más extendida dice que el mundo tiene 13.700 millones de años. ¿Mucho? El Big Bang, cuando empezó todo, duró poco más de tres minutos. ¿Poco? Unos ejemplos de andar por casa: yo sé que un partido de fútbol (noventa minutos, más descanso, más tiempo de descuento) se me hace eterno. De hecho, la eternidad me empieza en el primer minuto. Y no sé si, al ciudadano medio, su contrato laboral indefinido le hace feliz, por largo, o desgraciado, porque su trabajo le garantiza décadas de tedio insoportable sin posibilidad de cambio. Ni si al joven universitario le encantaría poder desarrollar su especialidad aunque fuera en trabajos de seis meses o un año con el objetivo de poder adquirir la experiencia necesaria para saber cuál debería ser su ambición laboral definitiva.

A mí me parece que sería excelente que nuestros políticos, sindicalistas y empresarios dedicaran el tiempo a discutir más cosas que las indemnizaciones por despido, basadas en el tiempo que dura un contrato, e intentaran, por ejemplo, garantizar que los despidos se hicieran siempre por una causa indubitada. Además, el Gobierno fomenta el conflicto de interpretación al permitir el despido objetivo cuando se demuestre "mínimamente su razonabilidad". Mantiene la tutela judicial, pero elimina la referencia a que el despido sea necesario para asegurar la viabilidad de la empresa.

La reforma laboral no va a generar empleo, eso sólo lo puede hacer una economía en crecimiento. Es posible que, cuando este crecimiento llegue –que llegará–, nos demos cuenta de que la reforma laboral ha podido poner orden en la concatenación de contratos temporales, pero no ha abordado puntos clave como la formación continua, la recolocación de los despedidos o el reforzamiento de la causalidad del despido.

El decreto del Gobierno pone un límite de tres años (ampliable a cuatro) al encadenamiento de contratos temporales, pero no aborda la penalización de la contratación temporal. Que las empresas que más temporales tienen y, por tanto, más despiden, paguen mayores cotizaciones porque son las que más utilizan el sistema de prestación por desempleo. Puede alegarse que ahora no es el momento y que no se puede penalizar ninguna modalidad de contratación, pero el Gobierno debería tener esta medida encima de la mesa para aprobarla cuando la coyuntura sea más favorable.

Ninguna reforma es definitiva. El Gobierno ha aprobado el decreto con el objetivo inmediato de tranquilizar a los mercados y, en segunda derivada, que sirva para que se destruya menos empleo.Pero deberíamos empezar a pensar en la próxima reforma –o, con suerte, en el trámite parlamentario– para plantear otras medidas que el decreto no contempla. Por ejemplo, los planes sociales de recolocación de trabajadores que existen en Francia, en Bélgica o en Holanda o los que ya se aplicaron en España con la reconversión industrial. ¿Por qué no se introduce la obligación de que las empresas estén obligadas a formar a sus empleados despedidos para recolocarlos? Todos lo agradecerían.

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