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Bebés bajo demanda: mentiras y contradicciones del negocio de los vientres de alquiler (y 3)

Paula García

Bebés bajo demanda: mentiras y contradicciones del negocio de los vientres de alquiler (1)

Bebés bajo demanda: mentiras y contradicciones del negocio de los vientres de alquiler (2)

El Convenio para la protección de los Derechos Humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina estipula, en su artículo 21, que "el cuerpo humano y sus partes como tales no deben ser objeto de lucro". Sin embargo, quienes suscriben contratos de gestación por sustitución no solo se aprovechan de la capacidad reproductiva de las mujeres para sacar rédito, sino que también comercian con las criaturas producto de la gestación que contratan.

Rosa Cobo, profesora de Sociología y directora del Centro de Estudios de Género y Feministas de la Universidad de A Coruña, afirma que "el fenómeno de los vientres de alquiler se está configurando como una nueva forma de violencia que hace de la explotación reproductiva el eje de un nuevo negocio". Y es que el negocio de la gestación por sustitución ha dado lugar a un enorme mercado reproductivo compuesto por no menos numerosos intermediarios.

En líneas generales, según un estudio de Marketdata Enterprises, el mercado de los servicios de infertilidad se ha multiplicado por cuatro en los últimos 25 años. Específicamente, "la industria de los vientres de alquiler crece a razón de un 8% al año", nos cuenta Noelia Adánez, "es una industria brutal detrás de la que están los mayores inversores del planeta". Además, "a diferencia de otros grandes negocios, es una industria que nace deslocalizada", una situación que asegura el desamparo de las mujeres sobre las que se construye este mercado y que se traduce en un mayor beneficio para los consumidores.

Como señala Octavio Salazar: "La misma proliferación de empresas dedicadas a gestionar este tipo de gestaciones, y las elevadas cantidades de dinero que se manejan en este tipo de contratos, es la expresión más contundente de cómo estamos esquivando la lógica de los derechos a favor de la del mercado, usando como territorio de actuación el cuerpo de las mujeres".

La modalidad altruista no es una solución válida

Los defensores de la gestación por sustitución ven en el altruismo la solución al problema de la mercantilización, una idea que resulta falsa por varios motivos. En primer lugar, es prácticamente imposible que exista un altruismo total. Aunque la regulación prohíba los pagos directos a la gestante, es muy complicado controlar que no se realicen por otras vías o con otros conceptos. Actualmente, los propios contratos altruistas de gestación por sustitución incluyen una retribución monetaria denominada compensación, que se entrega en concepto de las "molestias causadas" a la gestante. Una frivolidad que evidencia, además, el desinterés de los contratantes en que la práctica se desarrolle de forma completamente altruista. Sin olvidar también que el dinero no es lo único que puede comprar la voluntad de una persona.

En segundo lugar, el término altruista no es más que un eufemismo que sirve para legitimar la práctica de la gestación subrogada. Con la excusa de legalizar la práctica en su vertiente altruista, algo que no es posible hacer por completo en la realidad, se permite acceder a un mercado global que no ofrece ninguna garantía y donde entran en juego las regulaciones de diferentes países. Esto genera lo que en derecho se conoce como forum shopping, una situación que permite a los contratantes escoger la opción que les sea más favorable dentro del amplio abanico de posibilidades del mercado, con la desprotección y la explotación que eso conlleva. El pretexto del altruismo favorece los intereses de los consumidores, proporcionándoles libre acceso a un mercado sumamente competitivo. Legalizar la gestación por sustitución en términos altruistas únicamente ampara a quienes consideran un derecho disponer del cuerpo y la capacidad reproductiva de las mujeres para su propio beneficio.

Este es el caso de países como Canadá o el Reino Unido, que cuentan con leyes supuestamente garantistas y donde la gestación por sustitución lleva años regulada en su modalidad altruista. En ambos países existe un cuantioso mercado reproductivo que, sin embargo, excluye aún a muchos consumidores. Consumidores que, ya sea por falta de gestantes altruistas o de recursos, deciden suscribir su contrato en países con circunstancias más favorables, en los que, a menudo, las mujeres se encuentran en condiciones de explotación, algo que se conoce como *forum shopping*. Durante muchos años, el Reino Unido fue el principal cliente de la subrogación comercial de la India, donde existían granjas de mujeres a las que las parejas ricas acudían para satisfacer sus deseos, aprovechándose de su situación de pobreza y necesidad. La que fuera la capital mundial de la gestación por sustitución decidió vetar el acceso de los extranjeros a esta práctica en noviembre de 2016. Algo que también sucede en Canadá, donde no existen cifras oficiales pero se estima que cerca del 75% de los ciudadanos acuden al extranjero para suscribir contratos de subrogación.

Como demuestran las experiencias de otros países, el altruismo de unas cuantas mujeres no evita la explotación de miles. "Con el fin de hacer más asequible el proceso de subrogación, se han sacado de la chistera el altruismo de las gestantes", asevera Inma Guillén, de Stop Vientres de Alquiler. "Por supuesto, al resto de empresas e intermediarios comerciales no se les exige altruismo alguno: son profesionales. Abaratan el procedimiento por el eslabón más débil pero imprescindible de la cadena. El truco del altruismo es magistral".

Todo para los niños, pero sin los niños

Marcos Jornet, de Son Nuestros Hijos, sentencia que el Estado español "tiene obligación de filiar a los menores y respetar el vínculo biológico" de los niños nacidos mediante gestación por sustitución en el extranjero. Algo que es, efectivamente, una realidad en el marco jurídico actual. Pero que, sin embargo, no deja de ser una medida tomada para preservar lo que se conoce como "interés superior del menor".

Dado que los contratos de gestación exigen la renuncia de la madre gestante a la filiación de su bebé, cuando llega a nuestras fronteras un recién nacido sin patria ni madre reconocidas, puede parecer que la mejor opción para salvaguardar el interés de ese menor es reconocer la paternidad que reclama la pareja de españoles que suscribió el contrato. Sin embargo, ¿es realmente dejar ese menor a cargo de unas personas que premeditadamente han cometido un fraude de ley para satisfacer su deseo de perpetuar su carga genética obviando los riesgos y consecuencias que ello tiene para terceros la mejor manera de preservar su interés?

Partiendo del hecho de que la simple intención de ser padre no te capacita para serlo, el caso concreto de la gestación por sustitución es particularmente alarmante en este sentido, ya que atenta directamente contra los derechos del menor en varios aspectos.

Poner en marcha un contrato de gestación por sustitución implica considerar al niño o niña como un objeto de transacción, que se crea a razón de ese contrato. El fin último del acuerdo es entregar a los contratantes el recién nacido por el que han pagado, un hecho que supone un grave atentado contra la dignidad humana en tanto que considera como una mercancía tanto la capacidad gestacional de la mujer como al recién nacido resultado de la misma.

El comercio con menores es la base de esta práctica

De hecho, son los propios padres intencionales quienes se refieren a sus futuros hijos en términos comerciales. Uno de los casos más sonados fue el del colaborador de Telecinco Enrique Jiménez, conocido como Torito, que, tras anunciar que sería padre por contrato, al hablar del nombre de su futuro hijo afirmaba en horario de máxima audiencia: "Lo voy a llamar Alta Gama, porque me ha costado como un coche de alta gama". Casos como este o el más reciente del cantante Miguel Bosé, que tras su divorcio decidió "repartirse" con su pareja los cuatro hijos que habían adquirido mediante contratos de gestación, nos dan una idea del grado de distorsión con el que estos sujetos perciben la realidad o del nivel de cinismo del que pueden llegar a hacer gala.

Por otro lado, como afirma el Comité de Bioética, las técnicas de reproducción asistida permiten a las personas elegir algunas de las características que tendrán sus futuros hijos. En el caso de la gestación por sustitución, están presentes todas las posibilidades de elección anteriores y una añadida: "la de elegir a la mujer gestante: qué características ha de tener y en qué contexto ha de transcurrir su embarazo". Algo que irremediablemente da lugar a un proceso de selección basado en tasas de éxito, en el que las mujeres menos rentables serán excluidas del mercado. Algo que también se muestra con extrema claridad en la realidad distópica de Atwood.

Además de la violación de derechos fundamentales que supone la compra de niños a la carta, la gestación por sustitución también vulnera el derecho a la identidad, en la medida en que niega a los niños nacidos por contrato el acceso a conocer su origen biológico. Un derecho que ya se reconocía en el artículo 7 de la Convención de los Derechos del Niño, firmada en 1989: "el niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos". Esta transgresión no solo tiene que ver con el derecho de una persona a saber quién es, sino que también entronca con el dilema del origen genético a la hora del diagnóstico y la prevención de enfermedades a lo largo de la vida.

Como señala el Comité de Bioética: "La paternidad social puede admitir diferentes formas de expresión, pero la biológica no sin menoscabo del mejor interés del menor. No todo lo posible ha de ser necesariamente permitido dado que el Derecho tiene una función de ordenación cuyo objetivo se centra en estructurar la filiación para asegurar la protección en la igualdad y en el respeto de la dignidad y de la libertad de cada uno".

El alquiler de vientres supone un grave perjuicio de los derechos fundamentales de las mujeres y los niños. El cuerpo no puede ser objeto de comercio y todas las personas tienen derecho a una identidad única. Resulta imprescindible que el debate público abierto en torno a la gestación por sustitución sitúe la justicia social por encima de la libertad individual. Los miembros de una sociedad deben ser conscientes de las consecuencias de sus actos, ya que solo así lograrán ejercer una libertad plena y responsable, sin menoscabo de los derechos y libertades de los demás. El avance del capitalismo global exige alzar la voz contra aquellos que pretenden someter la voluntad de los más vulnerables a las exigencias del mercado. No todo está en venta.

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