Otras miradas

La nueva Lecrim y la dispensa a declarar en violencia de género

Lídia Guinart Moreno

Portavoz de la Comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados

Pixabay.
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Por encima del ruido de los negacionistas de la violencia de género, representados en las Cortes por la ultraderecha, el Gobierno avanza con paso firme en el cumplimiento del Pacto de Estado aprobado en el Congreso de los Diputados hace tres años. Para ello, aprovecha las reformas legislativas en curso. El último ejemplo lo encontramos en el anteproyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal, que incluye, entre otras, la limitación de la dispensa a declarar del artículo 416 de la LECrim, una demanda histórica de asociaciones feministas.

La dispensa a declarar, un derecho al que pueden acogerse las mujeres victimas de violencia de género en tanto que cónyuges o parejas de hecho de su maltratador, es uno de los motivos  de que decaigan buena parte de las denuncias interpuestas.  La medida 117 del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género habla de "evitar los espacios de impunidad para los maltratadores que pueden derivarse de las disposiciones legales vigentes en relación con el derecho de dispensa de la obligación de declarar, a través de las modificaciones legales oportunas". Ahora, el anteproyecto de LECrim aprobado por el Consejo de Ministros, recoge en su artículo 660 la obligación de la víctima de declarar siempre que sea, o se haya personado en algún momento del procedimiento, como acusación particular. De esta manera se evitarán las recurrentes presiones o incluso coacciones hacia la mujer víctima por parte del agresor o de su entorno que propiciaban la negativa a declarar acogiéndose a ese derecho, muchas veces sobrevenida tras la interposición de denuncia. O, incluso, podrán acotarse los sentimientos de responsabilidad que en demasiadas ocasiones - por cultura y mandato patriarcal -  asaltan a las víctimas, cuyo agresor es también con quien han compartido parte de su vida, o es el padre de sus hijos, y dudan si continuar con un procedimiento que puede derivar en pena de cárcel. En otras palabras, se impedirá lo que en la práctica es un fraude que sirve, a la vez, como argumento para los negacionistas cuando se refieren a las denuncias que no llegan a término al ser sobreseídas por falta de testimonio como "denuncias falsas". Nada más lejos de la realidad. Durante el año 2019 los juzgados españoles recibieron 168.057 denuncias por violencia de género y en 17.205 ocasiones la víctima se acogió a la dispensa de la obligación legal a declarar. Además, el ministerio Fiscal tuvo que retirar la acusación en el momento del juicio en más de 1.300 casos porque la víctima no quiso declarar. Cerca de la mitad de los sobreseimientos están provocados, en estos casos, por la dispensa. Aún así, el pasado año siete de cada diez sentencias dictadas en violencia de género fueron condenatorias.

Son muchas las voces que a lo largo del tiempo se han alzado en favor de la eliminación de la dispensa a declarar. Voces desde el feminismo pero también desde la propia judicatura. Sin ir más lejos, una sentencia del Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sentaba el pasado verano jurisprudencia al considerar que las denunciantes se habían personado como acusación y, por lo tanto, no podían ampararse en el derecho a no declarar, sino que estaban obligadas a hacerlo, especialmente en casos de violencia de género en los que la pareja es a la vez el agresor. El tribunal consideró que la denuncia constituye en sí misma una imputación en contra del denunciado. Mucho antes, en 2010, el Tribunal Constitucional ya había fallado en un sentido similar al del Supremo. Y la fiscalía de Sala delegada contra la Violencia sobre la Mujer, cuya titular es Pilar Martín Nájera, había reclamado en su última memoria la reforma de este artículo claramente obsoleto y contradictorio con el interés de la víctima. A pesar de todo, era imprescindible hacer efectiva la reforma legal que ahora está en curso, para asentar esta modificación.

El citado anteproyecto de Ley, aprobado por el Gobierno el pasado 24 de noviembre, recoge además de esta otras dos reformas que redundan en beneficios para las mujeres y también para sus hijos e hijas víctimas de violencia de género. Una de ellas es la mejora de la atención a las víctimas durante el proceso judicial, de manera que se evite la victimización secundaria y se regulan de manera más sistemática y detallada sus derechos con algunos aspectos que también recoge el Pacto de Estado en materia de Violencia de Género. Así, respecto a los testigos menores de edad se facilita y se dota de garantías su declaración,  se posibilita la prueba preconstituida mediante la grabación audiovisual para que no tengan que estar presentes en el juicio, pueden estar acompañados durante la declaración, se limita la confrontación visual y, en el caso de los menores de catorce años, se les exime de prestar juramento.

La otra reforma que incorpora el anteproyecto de Ley ofrece mayores posibilidades para denunciar y mayor protección y mejora las medidas cautelares y las órdenes de alejamiento. Cuando se apruebe la nueva ley, a las formas tradicionales de presentación de la denuncia, verbal o escrita, se une la posibilidad de denunciar de manera telemática y no exclusivamente mediante firma o certificado digital, sino que podrán utilizarse los canales oficiales establecidos a tal efecto. Así no será necesario acudir a ninguna comisaría ni juzgado para poner una denuncia por violencia de género, lo que facilitará bastante su interposición, especialmente en el ámbito rural y municipios más pequeños, que es donde las víctimas temen más ser señaladas. En este sentido, además, el Ministerio del Interior ha anunciado recientemente una serie de medidas que contribuirán a facilitar las denuncias, con una mejora del sistema Viogén, garantía de una red de protección.

El camino hacia una sociedad sin violencia y con igualdad plena y real requiere, indudablemente, de elevadas dosis de compromiso social, de mucha formación, de coeducación y de destierro, en definitiva, del sistema patriarcal, del machismo que aún invade nuestra sociedad. Pero son igualmente importantes y necesarias reformas legislativas encaminadas a una mayor protección de las víctimas como la que está en curso.  El Gobierno feminista está en ello.

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