Sobre el tapete

Donde se explica cómo y porqué olisquean los simios aporreadores y Leonard Cohen forever

El cantante Leonard Cohen. REURTERS
El cantante Leonard Cohen. REURTERS

Entre los innumerables mensajes y correos que recibo día sí y día tampoco, muchos han coincidido en preguntarme si al aquelarre de la Cpunto de la Lpunto y su Master de Harvard, además de los simios nacionales, asistieron aporreadores de otras latitudes. Me complace confirmarles que, de seguro, seguro, no lo sé. No obstante, algunos de los presentes sí mostraban características que me permitieron sospechar que se trataban de invitados de allende de nuestras fronteras. Yo describo y ustedes juzguen si eran aporreadores extranjeros o de la casa. Pero, ojo, tengan en cuenta que hay mucha falsificación en este tipo de productos.

Como les decía en el episodio anterior, me hallaba infiltrado en la apoteosis de la Cabra y el Master. Como es bien conocido por quienes me conocen directamente y no por referencias interesadas, poseo un oído fuera de lo común. Puedo escuchar el diálogo entre dos o más moscas a 735 metros de distancia. De Guinness... A condición, claro está, de orientar mis antenas en la dirección correcta. Y este fue el resultado de orientar vista y oído hacia un nutrido grupo de aporreadores que distaban unos 253 metros de mi posición.

Destacaba por sus 150 kilopondios, aproximadamente. Un corpachón de padre y señor mío y una cabeza coronada con un sombrero como los que John Wayne lucía en La Diligencia; pero más grande. No quería pasar desapercibido. Y no pasaba desapercibido. En vez de cargar con un garrote último modelo o una buena porra como algunos otros de los presentes, llevaba un juego completo compuesto de jeringa hipodérmica, aguja y émbolo de un calibre colosal. Mirarle, aterrorizaba. Departía con soltura con otros simios y simias que le rodeaban, alabando el talento innato del presidente Trump. Narraba a la audiencia, que seguía sus palabras con delectación, cómo dicho genio estudió en 47 segundos los mil informes que las agencias gubernamentales le habían presentado para que tomara la solución final para el virus chino. Escogió la elaborada por la T.I.A., agencia secreta, famosa donde las haya, creada por Francisco Ibáñez y en la que prestan sus servicios el doctor Bacterio, Mortadelo y Filemón, entre otros. Las conclusiones de la T.I.A. apuntaban a la inyección intravenosa de un desinfectante. Trump concretó algo más y dispuso que el desinfectante fuera lejía con detergente de la marca Trump. Dicho y hecho, sus acciones se dispararon en Wall Street logrando un éxito inconmensurable. El mundo quedó boquiabierto. No suficientemente satisfecho con su Plan A, aprobó, por si las moscas, un plan B que, abreviando, daba una vuelta más de tuerca al sustituir la lejía con detergente de la extraordinaria marca Trump por el ácido sulfúrico de la no menos asombrosa marca Trump. ¡No quise saber si también tiene un plan C!

Este Aporreador - variante Inyectator - me produjo un escalofrío inenarrable cuando vi que se dirigía hacia mi modesta y aporreable persona. Maldije por lo bajini mi estúpido anhelo de lograr el Pulitzer con esta primicia. ¿Qué precio tendría que pagar? Venía directo. Yo estaba paralizado, sobrecogido, acojonado.

No podía olvidar que en la Ley Mordaza hay un capítulo entero (el 103) dedicado al Derecho de Olisqueo Pasivo. Conviene que les refresque la memoria histórica. La susodicha Ley fue bautizada el 30 de marzo de 2015 a primera hora de la mañana, coincidiendo con la salida del BOE. Sus felices padres, mandamases del Partido Popular, decidieron ponerle como nombre oficial el de "Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana", en honor de los derechos y libertades que recortaba. Siempre es deseable - de manual - que los títulos de las leyes represivas expresen lo contrario de sus intenciones y objetivos. Qué grande es ser aporreador, siempre pensando en el bienestar de los ciudadanos. El temblor ya nos invade apenas alcanzamos a entrever la Introducción y el Preámbulo. Pasen y vean con sus propios ojos:

"FELIPE VI REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica: PREÁMBULO I La seguridad ciudadana es la garantía de que los derechos y libertades reconocidos y amparados por las constituciones democráticas puedan ser ejercidos libremente por la ciudadanía y no meras declaraciones formales carentes de eficacia jurídica. En este sentido, la seguridad ciudadana se configura como uno de los elementos esenciales del Estado de Derecho".

O sea, agárrense que vienen curvas. Bueno, pues si ustedes no están dispuestos a perder su tiempo y llegar al artículo 13.272 y sucesivos de la Ley, yo les informo gratuitamente de lo que dicen:

"Artículo 13.272. Todos los ciudadanos disfrutan del Derecho Pasivo de ser identificados, registrados, comprobados, olisqueados y aporreados. Estos derechos son irrenunciables.

Artículo 13.273. Disposiciones comunes a las diligencias de identificación, registro, comprobación, olisqueo y aporreamiento.

      1. Las diligencias de identificación, registro, comprobación, olisqueo y aporreamiento practicadas por los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o cualquier otra autoridad aporreadora con ocasión de actuaciones realizadas conforme a lo dispuesto en esta sección no estarán sujetas a las mismas formalidades que la detención.
      2. El acta que se extienda gozará de presunción de veracidad de los hechos en ella consignados, salvo prueba en contrario. Se necesitará mucha prueba en contrario.

Artículo 13.274. Registros corporales externos y olisqueos.

      1. Podrán practicarse el registro corporal externo y superficial, los olisqueos u olismeos de la persona y los aporreamientos cuando existan indicios racionales para suponer que pueden conducir al hallazgo de pensamientos, opiniones, instrumentos, efectos u otros objetos relevantes para el ejercicio de las funciones de indagación y prevención que encomiendan las leyes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
      2. Salvo que exista una situación de urgencia por riesgo grave e inminente para los agentes: a) El registro se realizará por un agente del mismo sexo que la persona sobre la que se practique esta diligencia. b) Y si exigiera dejar a la vista partes del cuerpo normalmente cubiertas por ropa, se efectuará en un lugar reservado y fuera de la vista de terceros. Se dejará constancia escrita de esta diligencia, de sus causas y de la identidad del agente que la adoptó.
      3. Los registros corporales externos, los aporreamientos y los olisqueos u olismeos respetarán los principios del apartado 1 del artículo 16, así como el de injerencia mínima, y se realizarán del modo que cause el menor perjuicio a la intimidad y dignidad de la persona afectada, que será informada de modo inmediato y comprensible de las razones de su realización.
      4. Los registros, aporreamientos y olisqueos u olismeos a los que se refiere este artículo podrán llevarse a cabo contra la voluntad del afectado, adoptando las medidas de compulsión indispensables, conforme a los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

Artículo 13.275. Sujetos responsables.

      1. La responsabilidad por las infracciones cometidas recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción

Artículo 13.276. Sanciones.

  1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros.

Artículo 13.277. Sanciones específicas.

      1. La resistencia injustificada al disfrute del Derecho Pasivo de Aporreamiento será sancionada conforme a su tipificación como falta muy grave. La justificación, en su caso, deberá ser expedida en papel timbrado del Estado por el sujeto Aporreador, la única voz cantante.
      2. Las actuaciones derivadas del Olisqueamiento u Olismeamiento irán a misa.
      3. La resistencia injustificada al disfrute del Derecho Pasivo de Olisqueamiento será sancionada conforme a su tipificación como falta muy grave. Esta justificación, en su caso, deberá ser expedida por triplicado en papel timbrado del Estado por el sujeto Olisqueador, la única nariz legalizada para este menester".

Mientras repasaba mentalmente estos hermosos y gratificantes contenidos de la ley Mordaza, me preguntaba si dentro de la categoría de Aporreamientos figuraba una subcategoría dedicada al Derecho Pasivo de recibir Inyecciones Obligatorias de Medicamentos Desinfectantes.

Al llegar a este punto de la narración, Sahrazade se dio cuenta de que amanecía y, discreta, se calló, no sin antes pinchar un disco de Leonard Cohen, porque, a pesar de todo, pese a tantos, un Halleluja:

Y los últimos versos en su traducción al español:

Y aunque todo salió mal.
Me presentaré aquí mismo, ante el Señor de la Canción.
Con nada, nada en mi lengua, salvo un Aleluya.
Aleluya, Aleluya.

Y no lo olviden, si ven que vienen, que vienen, CIERRA LA MURALLA.

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