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Lo dice el artículo 47 de la Constitución

Quizá no exista un bien material que preocupe tanto al ciudadano como la vivienda. Para la inmensa mayoría, el piso constituye mucho más que una propiedad: simboliza la seguridad frente a la incertidumbre. No en vano la Constitución española consagra en su artículo 47 el derecho de los ciudadanos a una vivienda "digna y adecuada" y obliga a los poderes públicos a promover las condiciones y las normas para hacer efectivo ese derecho. Este precepto está muy lejos de cumplirse. Durante los años del boom, el precio de la vivienda alcanzó cifras astronómicas con la complicidad de los gobiernos de turno. Las facilidades crediticias que otorgaban los bancos y la ausencia en España de una cultura sólida de alquiler se conjugaron para que millones de personas adquirieran casas sobrevaloradas, a cuyo pago debían dedicar un enorme esfuerzo económico durante la mayor parte de su vida. La crisis rompió el espejismo y desde hace tres años se vienen multiplicando las órdenes de desahucio. Al impedir que algunos de esos edictos se ejecuten, el Movimiento 15-M está dejando en mal lugar a las autoridades, responsables de garantizar el derecho constitucional a la vivienda. Hay fórmulas que se pueden debatir: abaratamiento del suelo, más inversión en vivienda protegida –de compra o alquiler–, impulso de una norma de arrendamiento que otorgue más estabilidad al inquilino, facilidad para que la deuda hipotecaria se salde con la entrega del inmueble, mayor gravamen a las segundas viviendas que permanezcan cerradas, utilización con fines sociales del stock de vivienda paralizado por la crisis... Lo que falta, lamentablemente, es voluntad política.

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