Otras miradas

Identificaciones policiales por perfil racial: una asignatura suspensa

Youssef M. Ouled

Periodista

Agentes de la Policía Nacional realizan controles en la estación de tren Madrid-Puerta de Atocha,. E.P./Ricardo Rubio
Agentes de la Policía Nacional realizan controles en la estación de tren Madrid-Puerta de Atocha,. E.P./Ricardo Rubio

—   ¿A ti no te ha parado antes la Guardia Civil? — pregunta el agente.
—   Pues no—, responde Mario.
—   No sé, la foto del carnet, el aspecto... — insiste de nuevo.
—   Pues no— repetía Mario— ¿Sucede algo?
—   Mmm, nada... Puede circular—.

"Así, sin venir a cuento, la Guardia Civil me ha parado con la excusa de buscar navajas, estupefacientes o artefactos sospechosos en el coche. Al final, el agente no se ha podido reprimir y ha hecho una referencia a mi aspecto, vamos, que ha sido una inspección por perfil racial", denunciaba Mario Espinosa a través de la red social Twitter. Sufrió una identificación por perfil étnico-racial mientras iba en vehículo a la altura de Cañamares (provincia de Cuenca, Castilla-La Mancha).

Mario recuerda que hacía tiempo que no le pasaba y señala lo sucedido en su caso como "puramente anecdótico, nada comparable a lo que le sucede a otra gente". Después de comprobar su carnet de conducir, el agente de la Guardia Civil le preguntó si tenía antecedentes, antes de hacer referencia nuevamente sobre su aspecto, "veo que es una constante", señala.

Apenas unas semanas después, María García empleaba la misma plataforma para denunciar que había sido testigo de esta práctica. Se encontraba esperando a una amiga en la Puerta del Sol (Madrid) cuando llegó un furgón policial. De repente, varios agentes salieron corriendo hacia un joven que "no hacía absolutamente nada", indica María. El afectado se encontraba esperando al lado de unas chicas. Lo primero que hicieron los policías fue preguntarles si les estaba molestando, "obviamente ellas dijeron que no", señala la testigo, pero acto seguido, "le pidieron a él la documentación y lo registraron de arriba abajo. Le miraron hasta en los calcetines", comenta indignada.

María decidió documentar los hechos y tomar una fotografía porque desde el inicio observó que "lo hicieron por sus rasgos árabes, no identificaron a nadie más en el tiempo que estuve allí". Uno de los policías vio que grababa y se acercó a ella para explicarle que era "ilegal fotografiar a la policía", a lo que ella contestó que "lo ilegal era parar a gente que no hace nada solo por sus rasgos físicos, pero se rió en mi cara". Finalmente, lo dejaron marchar después de un minucioso cacheo público.

Situación muy parecida vivió Ahcraf, nombre ficticio elegido para proteger su identidad. Se encontraba caminando por la vía pública cuando pasó por delante de dos agentes de la Guardia Urbana de Barcelona. En un principio no fue interpelado, pero iba hablando al teléfono con un familiar y en el momento en el que respondió (en árabe), ahí es cuando uno de los agentes corrió hacia él para identificarlo. Se iniciaba así un cacheo corporal público similar al descrito anteriormente.

"El Comité de Derechos Humanos de la ONU dictaminó que no pueden efectuarse controles de identidad en base a características físicas o étnicas, debido a que tales características no pueden considerarse indicios de la situación administrativa en el país"

Todas estas experiencias se unen a las contadas en artículos anteriores y que señalan una práctica sistematizada en el estado español. No debemos olvidar que en el año 2009 el Comité de Derechos Humanos de la ONU condenó a España por el control de identidad de una mujer afroamericana "únicamente en razón de sus características raciales". Tuvo que ser este órgano internacional el que diera la razón a Rosalind Williams, debido a que la justicia española no vio vulneración alguna, e incluso, el Tribunal Constitucional arguyó que era razonable parar a una persona en virtud de su apariencia racial. Lo hizo sosteniendo que este es un modo razonable de determinar quién es susceptible de ser inmigrante en situación administrativa irregular. Algo que contradijo la decisión del Comité al dictaminar que no pueden efectuarse controles de identidad basados en características físicas o étnicas, debido a que tales características no pueden considerarse indicios de su situación administrativa en el país, por lo que estas prácticas no están justificadas tampoco en el marco del control migratorio.

En la actualidad, el Estado español se encuentra a la espera de la resolución sobre una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por no tomar medidas efectivas contra estos controles. En concreto, el litigio surgió por la detención arbitraria de Zeshan Muhammad, joven pakistaní que vive en España desde que era adolescente. Un agente de la Policía Nacional le paró en el año 2013, "por ser negro y punto", tal y como le espetó tras solicitar Muhammad explicaciones sobre la razón del control. La policía no detuvo ni identificó a ninguna otra persona.

Argentina responsable de una actuación motivada por un perfil que acabo en muerte de una persona afrodescendiente

Recientemente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia mediante la cual declaró la responsabilidad internacional del estado argentino por la violación  de los derechos de José Delfín Acosta Martínez. La Corte consideró que la privación de libertad a la que fue sometido este afrodescendiente fue ilegal, arbitraria y discriminatoria, ya que se basó en el uso de estereotipos raciales y una legislación que no cumplía con los estándares convencionales. Además, declaró la responsabilidad del Estado por la afectación a la integridad personal y su posterior muerte mientras se encontraba bajo custodia de las autoridades.

Los hechos sucedieron en Buenos Aires en 1996, dos brasileños afrodescendientes fueron interpelados por la policía cuando salían de una discoteca. Los agentes habían llegado al lugar "porque habían recibido una llamada que denunciaba la presencia de una persona armada", según alegaron. Acosta estaba presente y protestó por la detención, señalando que "solo los arrestaban por ser negros", por lo que también fue detenido. Durante su detención sufrió lesiones y perdió el conocimiento. Falleció de parada cardiorrespiratorio en la ambulancia que lo trasladaba al hospital.

La Corte considera ahora que el arresto y detención de Acosta no solamente fueron ilegales, sino también arbitrarios. Destaca que la actuación policial estuvo motivada por un perfil racial más que por la sospecha de comisión de un ilícito y que, las únicas personas interpeladas a la salida de la discoteca eran afrodescendientes, a pesar de que no contaban con antecedentes y no portaban armas, fueron arrestadas y conducidas a la Comisaría, lo que supuso la violación de numerosos artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

"Durante el estado de alarma más del 70% de las personas que denunciaron controles por perfil racial, indicaron haber sufrido brutalidad policial después"

Lo que inició los hechos que llevaron a la muerte de Acosta fue una parada por perfil racial, una práctica que en los últimos años ha sido ampliamente documentada y denunciada en España por las personas afectadas, organizaciones antirracistas, así como numerosas investigaciones independientes que señalan las consecuencias políticas, sociales, económicas, físicas y emocionales de esta práctica extendida en las diferentes policías. Recientemente, el informe sobre Racismo y xenofobia durante el Estado de alarma en España, elaborado por Rights International Spain junto al Equipo de Implementación del Decenio Afrodescendiente, señala la pervivencia y continuidad del uso del perfil racial.  De la información recabada en la investigación, más del 70% de las personas que denunciaron controles por perfil racial (33 de un total de 47), indicaron haber sufrido brutalidad policial después.

Además, el estudio señala que las identificaciones policiales basadas en sesgos racistas implican numerosas consecuencias en las vidas de las personas afectadas, limitando sus derechos fundamentales, lo que reviste una mayor gravedad en un contexto de pandemia. Por ello, enumera una serie de medidas que permitan acabar con esta práctica. Algunas de estas recomendaciones son la creación de un mecanismo de supervisión policial independiente, especializado y accesible, la prohibición explícita por ley del uso de perfiles raciales y el establecimiento de límites claros para parar y registrar, así como la implantación en todo el territorio español de programas PIPE (Protocolos de Identificación Policiales Eficaces) desarrollados en diversas policías locales desde 2007. Todo ello, acompañado de una transparencia en la publicación de los datos y estadísticas sobre su labor. El propio Ministerio del Interior se comprometió a estudiar algunas de estas medidas, sin embargo, a día de hoy, sigue sin poner en marcha ninguna.

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