Dominio público

Las cuentas del rey honorífico (una transferencia comprometedora)

José Antonio Martín Pallín

Abogado. Comisionado español de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra). Ha sido Fiscal y Magistrado del Tribunal Supremo.

El rey Felipe VI con JUan Carlos , en una visita al buque 'Juan Sebastián Elcano', en febrero de 2018. EUROPA PRESS
El rey Felipe VI con JUan Carlos , en una visita al buque 'Juan Sebastián Elcano', en febrero de 2018. EUROPA PRESS

Hemos tenido un Jefe del Estado, designado y tutelado por el Dictador hasta su muerte. La Constitución le confirió una legitimidad de ejercicio que ha perdurado hasta su abdicación, que se hizo efectiva con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio. Mucho antes de que se hiciera cargo de la Jefatura del Estado, sus ya famosos escarceos amorosos llevaron a un ciudadano español y una ciudadana belga a presentar sendas demandas para que se investigase y se declarase la paternidad de Juan Carlos I.  Las dos juezas que recibieron las demandas, las rechazaron con un argumento que eleva la inviolabilidad del Rey a las cimas de lo intangible. A su juicio la inviolabilidad: "implica la imposibilidad no sólo de exigir responsabilidad penal sino también la de dirigir contra el Monarca acciones ante la jurisdicción civil". Es evidente que se les fue la mano. Semejante "raciocinio" autoriza al Rey a ausentarse de un restaurante o de cualquier centro comercial sin pagar la cuenta. Las posibilidades de vivir a sus anchas son infinitas. Sus congéneres Alberto de Bélgica y Alberto de Mónaco no han disfrutado de tal privilegio y han tenido que reconocer hijos extramatrimoniales.

Al margen de todos sus devaneos amorosos, hace ya tiempo que estamos conociendo operaciones financieras y trapicheos económicos que denotan su desprecio a las normas de transparencia y buen gobierno y de lealtad a principios éticos elementales. Si nos fiamos de las informaciones que han aparecido en solventes medios de comunicación extranjeros, nos encontramos ante una especie de bulimia  que no tiene límites.  Los ciudadanos españoles nunca habíamos tenido conocimiento por parte de nuestros gobernantes de estas operaciones a pesar de que eran conocidas y notorias.

La  primera muestra pública de estos devaneos con la magnanimidad de Monarcas extranjeros fue protagonizada por el Rey de Jordania.  Hussein I, construyó  una mansión de lujo en Lanzarote conocida como la Mareta. A finales de 1980, se la regaló a Juan Carlos IRey de España. Según  todos los datos,  por la presión de sus consejeros,  que eran conocedores del dudoso origen de tan generosa donación, la cedió a Patrimonio Nacional.

Vivíamos envueltos en  rumores, quizá no nos merecemos otra cosa. Tuvo que ser la prensa extranjera y algunas otras informaciones las que sacaron a la luz las escandalosas andanzas económicas de nuestro soberano. El mundo político y financiero internacional no daba crédito a la pasividad de nuestras instituciones ante lo que  se estaba conociendo. Se nos ha informando sobre cantidades multimillonarias de dinero de origen dudoso que procederían de comisiones por intervenir en transacciones con países extranjeros en su condición de Jefe del Estado.

Nos atendremos exclusivamente a los datos contrastados. El periódico suizo la Tribune de Genéve publicó con profusión de detalles la existencia de una transferencia, procedente de Arabia Saudita, que llegó a la cuenta 505.523 que acababa de abrir (el día anterior) el propio Juan Carlos I en la banca Mirabaud de Ginebra, como titular y en nombre de la "cocontratante Fundación Lucum de Panamá", dando como residencia "Palacio de la Zarzuela – Madrid". Según el extracto bancario de esa cuenta correspondiente a agosto y septiembre de ese año, el ordenante fue el "Ministerio de Finanzas de Riad", y el concepto "donación del rey de Arabia Saudí" por 100 millones de dólares (64.884.405,58 euros).

Seguramente por deformación profesional, prefiero  hacerme eco de informaciones que se plasman en las conclusiones de una investigación judicial.  El documento que nos ha proporcionado la Fiscalía de Ginebra, equivale a un Auto de sobreseimiento en nuestro sistema procesal penal. En la Ley Procesal Penal de Suiza, el Fiscal tiene el mismo papel que los Jueces de Instrucción en el nuestro. Según nos informa, la Fiscalía Suiza procedió a la apertura, en 2018, de un procedimiento para investigar cinco posibles delitos de blanqueamiento de dinero y a su vez el comportamiento de la banca suiza  Mirabaud & Cie. SA, a la que le ha impuesto una multa de 50.000 francos suizo por violar la obligación de comunicar al organismo correspondiente operaciones sugerentes de blanqueo de capitales. Mantiene abierta la investigación a la entidad bancaria y sugiero seguir atentos a su resultado.

La Fiscalía Suiza concluye terminantemente que Juan Carlos I recibió el 8 de agosto de 2008 en la cuenta de la Fundación Lucum, abierta en la entidad bancaria citada, la suma de 100.000.000 de dólares USA por parte del Ministerio de Finanzas de Arabia Saudita. La investigación también ha demostrado otros pagos recibidos por Corinna Larsen por importe de casi 9.000.000 de dólares procedentes de Kuwai y  Bahrein. En junio de 2012 la cuenta de la Fundación fue cerrada y su saldo, 65.000.000 de Euros, transferido a una cuenta en las Bahamas cuya titular era Corinna Larsen. La Fiscalía suiza destaca que la constatación de la existencia de sociedades cuya titularidad pertenece a diferentes protagonistas demuestra la existencia de una voluntad de simulación. Admite que no ha conseguido demostrar que la transferencia procedía de   comisiones derivadas de la construcción del tren de alta de la ciudad  y termina sobreseyendo la investigación.

No hay duda que se trata de una suma de dinero transferida por el Ministerio de Financias de Arabia Saudita. Se trata de dinero público de un Estado extranjero enviado a una Fundación con domicilio en España. Si aceptamos que nos encontramos ante una donación, tendría que haber tributado en España. Si consideramos que es un rasgo de generosidad del Rey de Arabia Saudita al Rey de España, a título personal, debería regirse por las normas establecidas para los regalos y donaciones al Jefe del Estado. No consta la causa de la donación aunque es presumible que tiene que obedecer a  motivos que no se han explicado satisfactoriamente.

La Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información pública y Buen gobierno,  aplicable a los miembros del Gobierno y altos cargos y asimilados de la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, establece que: "No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente."

A pesar de que no hace referencia específica a la Casa Real, Felipe VI, para salir al paso de los escandalosos sucesos que estábamos conociendo, decide establecer el régimen de los regalos ofrecidos a los miembros de la Familia Real, que será de aplicación a partir del 1 de enero de 2015. Según sus previsiones, los miembros de la Familia Real no aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni aceptarán favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo y la dignidad de sus funciones institucionales.  En el caso de obsequios que, de acuerdo con estas normas, tengan carácter institucional, se procederá a su incorporación al Patrimonio Nacional. De manera expresa se reconoce que los regalos de carácter institucional se incorporarán al Patrimonio Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 23/1982, de 16 de junio, de Patrimonio Nacional, en los términos que se establecen en estas normas. 

La Fiscalía General del Estado abrió unas Diligencias de investigación que, según las últimas noticias, parece que su finalización se demora seis meses más. De momento tenemos la certeza de la existencia de delitos contra la Hacienda Pública o, en términos más crudos, fraude fiscal. Los posibles efectos de la regularización no borran la conducta fraudulenta, solo la pena.

Un Jefe de Estado de un país democrático que tenga un mínimo respeto por los ciudadanos que ostentan la soberanía popular debe explicarnos la causa de la inmensa generosidad del Rey de Arabia Saudita. En caso contrario tendríamos que acudir a la creencia en los Reyes Magos o al cuento de Aladino y la Lámpara Maravillosa de las Mil y Una Noches para digerir semejante e inexplicable generosidad.

Ha surgido una cohorte de vasallos y de medios de comunicación que, a la vista del archivo de las diligencias de la Fiscalía, sostienen que deberíamos pedirle perdón y facilitarle una mansión de Patrimonio Nacional para su disfrute con dinero público. Los ciudadanos, nos limitamos a recordarle que, como dijo en un Discurso de Navidad, "la ley es igual para todos".

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