El 4º Poder en Red

El sonambulismo tecnológico

Javier de la Cueva
Abogado, experto en propiedad intelectual y codirector del Máster CCCD

En 1978 el profesor Langdon Winner, uno de los grandes de la filosofía de la tecnología, escribió una obra denominada «Tecnología autónoma: la técnica incontrolada como objeto del pensamiento político» en la que acuñó el concepto de sonambulismo tecnológico. La tesis de Winner consistía en que el sonambulismo, más que el determinismo, caracteriza la política tecnológica de la izquierda, derecha y centro, siendo el silencio su modo distintivo de hablar. En definitiva, lo que Winner nos recordaba es la ausencia de conocimiento de los temas tecnológicos por parte de quienes tienen responsabilidades de gobierno y de administración.

La situación que Winner denunció está plenamente vigente en nuestro país. Basta recordar como ejemplos aquella ley Sinde que iba a acabar con la piratería en internet y que tuvo que ser reformada a los dos años por su inoperatividad o la reciente entrada en vigor de la última-enésima reforma de la ley de propiedad intelectual con los editores de medios de comunicación agrupados en AEDE que pensaban que iban a cobrar una tarifa a Google por su servicio de Google News. Como era de esperar, Google desconectó su servicio.

Pero no solo es el nivel macro, representado por el legislador, el afectado por el sonambulismo. En el año 2004 CEDRO, entidad de gestión de los editores, escritores y traductores, modificó sus estatutos para incorporar los derechos de reproducción y difusión digital de sus socios. El primer PC apareció el 12 de agosto de 1981 lo que significa que CEDRO tardó 23 años en adaptarse a la tecnología. Pero no sólo fue CEDRO la sonámbula, sino que la generalidad del sector editorial no modificó hasta parecidas fechas sus contratos de edición para incluir los derechos digitales de los autores.

Y hoy hemos conocido los comentarios de la SGAE, entidad de gestión de los autores musicales, al borrador de informe de la eurodiputada Julia Reda para la reforma del sistema de propiedad intelectual en la Unión Europea. El trámite de una posible reforma se halla todavía en sus inicios, por lo que pararse a evaluar el contenido aportado por la SGAE sería precipitado pues todavía queda mucho recorrido para llegar a una reforma de la directiva europea en cuestión. Según los metadatos del archivo pdf, la autora del texto es Adriana Moscoso del Prado, del Instituto Autor, reflejándose en el documento las tensiones de quien encuentra en peligro el modelo de derechos de autor que defiende. Lejos de ser una anécdota, no vigilar los metadatos de un archivo que se pone en circulación puede ser otra expresión de sonambulismo tecnológico que ya en alguna ocasión trajo consecuencias no deseadas.

De lo que se trataría principalmente con la reforma sería de acabar con una situación de excepción en la Unión Europea. Tal y como es notorio, el espacio europeo es un territorio de libre circulación de personas, capitales y mercancías. No obstante, esta libertad no existe para la propiedad intelectual. Si usted residiera en Londres y pagara puntualmente la cuota de un canal de TV de pago pero, al venir de vacaciones a Mallorca, se trajera el codificador y viera allí dicho canal, no se confunda, usted sería un pirata por mucho que pagase religiosamente a su proveedor. Este ejemplo ya ha ocurrido: recientemente Netflix, un servicio de series y de películas por internet, estableció filtros para evitar suscriptores que sin habitar en los EE.UU. accedían a sus servicios a través de redes privadas virtuales. Los suscriptores, que pagaban puntualmente sus cuotas, fueron tildados de piratas de VPN (Virtual Private Network) y bloqueados.

En definitiva, se trata de mercados. Ya en diciembre de 2009 la antigua Comisión Nacional de la Competencia publicó un Informe sobre la gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual denunciando un sistema de concentración de entidades que limitaban las posibilidades de los autores. Salvo en el caso concreto de los guionistas, que podían optar entre DAMA y SGAE, cualquier otro autor sólo podía asociarse a una, y sólo una, entidad de gestión. Un sistema en el que el mercado europeo fuera uno y con muchas entidades de gestión, frente a otro parcelado y con monopolios, podría suponer que un autor decidiese sin mucha traba elegir una entidad diferente de aquella a la que hoy, por fuerza, se ve abocado (sin perjuicio de nuevas entidades de gestión en nuestras comunidades autónomas cuyo recorrido está por ver). Esta libertad del autor podría modificar los mercados que actualmente están cautivos.

Será interesante asistir a las diatribas sobre el Informe Reda. Al igual que ocurre con disciplinas éticas, veremos repetirse los argumentos ya que éstos siempre son los mismos. Las afirmaciones ya están en el nivel de la falsa atribución (los intermediarios se autotitularán autores o creadores), la pendiente resbaladiza (con esta reforma se morirá la creación), de la falacia del alegato especial y la falacia del hombre de paja acumuladas (la Sra. Reda no tiene empatía, su único fin es acabar con el sistema de propiedad intelectual), del argumento ad consequentiam (sin derechos de autor no habrá autores y sin autores no habrá ni cultura ni industria cultural), del argumento ad ignorantiam (el Informe Reda no es más que un manifiesto infundado y no contrastado de las posiciones ideológicas de la Sra. Reda con respecto a los derechos de autor), del argumento ad populum (los autores y demás titulares de derechos de propiedad intelectual no se oponen a que se revise esta directiva) y del argumento ad verecundiam (los informes de E&Y y OAMI son dogma). Pronto llegarán otros dos argumentos que siempre se esgrimen: los intereses ocultos (son las compañías de telecomunicaciones las que se benefician) y el argumento ad antiquitatem (si es antiguo es bueno).

Sería deseable que los autores tuvieran mejores entidades de gestión. Entidades que conocieran lo último de la tecnología y utilizasen ese conocimiento para dotar de más valor a la obra de sus asociados. Entidades que no tardasen 23 años en darse cuenta de que se ha producido un cisma en la difusión de los contenidos. Entidades que le dieran la vuelta a la ya cumplida profecía de pobreza cultural que Horkheimer y Adorno predijeron en 1944 en la «Dialéctica de la Ilustración».

Mientras tanto, los autores se quedarán como siempre: desatendidos y sin salida posible. Inmersos como espectadores en una discusión sin que puedan atender a sus lectores. Y si no, que se lo pregunten al profesor Winner ya que, como no podía ser menos, su libro «Tecnología autónoma» está descatalogado. Esta situación de hecho, que se repite sin cesar en obras de altura intelectual, nos puede llevar a que un acto denunciado como ilegal, piratear el descatalogado libro, sea al mismo tiempo un acto legítimo en favor del conocimiento y, por tanto, esté plenamente justificado desde la óptica del saber máxime cuando, habiéndolo querido comprar, ninguna editorial nos lo pudo vender y el autor nos entregó la copia que tenía a su disposición.

 

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