Casi no nos escandalizamos ya de las fotografías de la inauguración del curso judicial, en las que, año tras año, vemos cómo en la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo no hay ninguna mujer. Todos son hombres muy circunspectos y elegantemente ataviados.
¿Qué está pasando? ¿Es que no hay mujeres juezas y magistradas en España con méritos suficientes para estar ahí? No hablo de capacidad, porque ésta se les supone, dado que todas las mujeres que han accedido al sistema judicial han superado una difícil oposición. ¿Cuál es el problema que hay para que cada año la imagen por excelencia de la Justicia, sea exclusivamente masculina?
Pudiéramos pensar que las mujeres no optan a puestos de poder dentro del sistema judicial. Pero no es así. Estos días hemos conocido que tres plazas que debían proveerse en el Tribunal Supremo, se han cubierto con tres magistrados varones, a pesar de que habían optado a las mismas mujeres incluso con mejor curriculum que los varones elegidos. Entre ellas, se encontraba la única Magistrada académica de España y una catedrática que fue descartada a pesar, igualmente, de tener mejor curriculum que los designados.
Hace dos meses, a una magistrada del TSJ de Madrid, que optó al puesto de Presidenta de la Sala de lo Social del TSJ de Aragón, los miembros del CGPJ que le hicieron la preceptiva entrevista, la trataron de una manera vejatoria e intolerable, sobre todo el miembro del CGPJ que le hacía las preguntas, con el asentimiento cobarde de todos los demás miembros presentes, incluido el propio Presidente. Y todo, por hacer un alegato sobre la necesidad de respetar la igualdad entre mujeres y hombres dentro de la carrera judicial.
Este es el techo de cristal en la Justicia que las mujeres denunciamos. En los órganos de poder del sistema judicial: TS, TSJ, Audiencia Nacional y Provinciales, no hay más mujeres porque los varones no las dejan entrar.
Quiero señalar que la discriminación entre mujeres y hombres en la Justicia no se produce en el acceso. En el turno libre, es decir, en la oposición, sistema por el que acceden la inmensa mayoría de jueces, no hay discriminación. Son pruebas objetivas. Las mujeres aprueban en mayor porcentaje que los varones, demostrando su valía y su preparación. Y, consecuencia de haber superado todas las pruebas, son mayoría en los Juzgados de primeros niveles, en los de acceso. Esta mayoría de mujeres juezas y magistradas se convierte en minoría a medida que se va ascendiendo en la pirámide judicial, hasta llegar al Tribunal Supremo, donde según el informe del CGPJ sobre la estructura de la carrera judicial, de 1 de enero de 2019, el porcentaje de mujeres en dicho máximo Tribunal es del 18.8% (y habrá disminuido porque, con posterioridad, se jubiló la magistrada Sra. Milagros Calvo y su puesto ha sido cubierto por un varón).
A esa misma fecha, 1 de enero 2019, de los 17 Tribunales Superiores de Justicia que hay en toda España, solo 1 es presidido por una mujer, el de la Comunidad Valenciana. Los 16 restantes, están presididos por hombres.
También en esa misma fecha, ninguna mujer preside ninguna Sala del Tribunal Supremo.
Todos estos puestos a los que me estoy refiriendo, son de libre designación por el CGPJ, y qué casualidad, siempre encuentran más méritos y capacidad en los varones que en las mujeres.
Las mujeres juezas y magistradas representan actualmente más del 55% de la totalidad de la carrera judicial. Desde aproximadamente el año 2013, que alcanzaron el 50%, son mayoría respecto a los hombres, mayoría que no se ve reflejada, ni de lejos, en los órganos decisorios de la Justicia.
Esta situación es desesperante y es exclusiva del Poder Judicial, porque en el resto de poderes del Estado, el legislativo y el ejecutivo, se cumple el principio de igualdad entre mujeres y hombres tal y como viene establecido en la Ley de Igualdad.
Es injusta esta situación con tantas mujeres que, con los mismos o superiores méritos y capacidad, ven frustradas sus legítimas aspiraciones de llegar en su trabajo a puestos de poder en la carrera judicial.
Es injusta porque a un 55% de presencia de mujeres, no corresponde una presencia del 18.8% en el máximo Tribunal y de 0 presencia en su Sala de Gobierno, porque ninguna mujer es Presidenta de Sala en el Tribunal Supremo.
Y, además de ser profundamente injusto, se está incumpliendo, nada menos que por el CGPJ, la Ley de Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres, aprobada por LO. 3/2007, de 22 de marzo, que establece la obligatoriedad, desde su entrada en vigor, de que haya presencia equilibrada (no menos del 40% ni más del 60% de cada sexo), disposición que obliga a todos los poderes públicos, entre ellos, al Poder Judicial. También incumple el CGPJ el Reglamento 1/2010 del CGPJ, que en su art. 3 dispone que, en la provisión de plazas, deberá favorecerse la promoción de la mujer con méritos y capacidad, siendo de señalar igualmente que existe un Plan de Igualdad de la Carrera Judicial, aprobado en febrero de 2013, que tiene como uno de sus ejes de actuación la remoción del déficit de presencia equilibrada de mujeres en los cargos de nombramientos discrecionales realizados por el Consejo. Todo ello es saltado a la torera cuando se trata de dar entrada a las mujeres en los órganos de poder.
Además de la injusticia que supone esta ausencia de mujeres en los órganos decisorios de la Justicia, repercute en la interpretación tan machista que, con frecuencia, se hace de las leyes. Si al hecho de que las leyes son interpretadas, es decir, se sienta jurisprudencia desde el TS, mayoritariamente por hombres, le sumamos el hecho de que muchas de las leyes están en vigor desde hace años y han sido elaboradas fundamentalmente por hombres, llegaremos a la conclusión de que el derecho ve y trata a las mujeres como los hombres ven y tratan a las mujeres.
Por eso, con frecuencia decimos que la justicia es patriarcal. O que existe un déficit democrático en su seno que perjudica a las mujeres; que es contrario a la Ley de Igualdad y que se debe corregir. Y por eso urge ya renovar el CGPJ, que lleva meses en tiempo de descuento.
Comentarios
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