Llanos Castellanos Garijo
Doctora en Energía Eólica, exconsejera de Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha y autora del libro 'Régimen jurídico de la energía eólica'
El viernes por fin fue aprobado en Consejo de Ministros el proyecto de ley de medidas fiscales para la Sostenibilidad Energética y a salvo de que el texto que se publique en el BOE contenga aspectos no explicados en la rueda de prensa o publicados en la referencia de Consejo de Ministros, tenemos que concluir que la ansiada reforma energética se reduce a un pagar a escote una cuenta a la que no se llega.
La aprobación ha sido precedida de un gran debate público (con enormes nervios y presiones por parte de las industrias afectadas) y se ha llevado a cabo como últimamente se realizan todos los debates en nuestro país: De forma frentista y muy a la ligera. Por un lado los que defienden el mantenimiento de las primas tal y como estaban configuradas en el año 2007 y esgrimen para su mantenimiento la vigencia de los principios de seguridad jurídica y confianza legítima. En el otro extremo del ring, los que alarmados por el monto del déficit tarifario -24.000 millones de euros- y su exponencial crecimiento, al ritmo de 6.000 millones en el 2013, claman por la desaparición de las primas y que se empleen en el mix energético sólo aquellas fuentes que son retribuidas en el mercado sin añadidos. Pero esto no es tan sencillo ni tan simple. El déficit no se corresponde sólo con las primas, y el déficit es solo el síntoma no la enfermedad.
A la postre, lo que se ha aprobado este viernes es un pago a escote para todas las centrales generadoras de electricidad que tienen que pagar un 6% de sus ingresos totales por la electricidad vendida, acompañado de otras figuras tributarias como son los céntimos verdes al gas natural, carbón y fuel-oil y gasóleo, sin más referencias a reformas estructurales y cambios legislativos de calado que enmienden las deficiencias más que diagnosticadas de nuestro sistema eléctrico. De esta recaudación general tenemos que excluir otras figuras como los impuestos a las nucleares (por lo anunciado parece que van destinados a financiar el Almacen Centralizado Temporal) y el Canon a la generación hidroeléctrica, porque en la propia referencia del Consejo se señala que se destinará a la protección y mejora del dominio hidráulico.
De lo leído, la primera conclusión es obvia: insuficiente por cuantía. Ya que si como decía el ministro Soria el déficit de tarifa supuso en 2011 3.700 millones de euros y puede alcanzar los 6.000 en 2013, parece claramente insuficiente lo aprobado, pues en el mejor de los escenarios diseñados se aspira a recaudar unos 2.500 millones de euros. Pero es que además es insuficiente por contenidos; es evidente que no son éstas, o al menos no sólo éstas las medidas que necesita un sector ayuno de regulación clara, transparente, cierta y con vocación de permanencia. Es tiempo de proceder a una reforma en profundidad que analice, sin repetir mantras, la verdadera causa de los problemas que nos aquejan. Apunto para el debate algunos aspectos que considero dignos de atención:
Hay que reordenar la estructura y la distribución de los diferentes costes de la electricidad en España, de forma que se homogenice el trato que reciben todas las tecnologías. Porque todas reciben pagos añadidos al precio que se fija en el mercado, con la diferencia de que unos pagos se sitúan por mandato de la norma dentro del precio de la electricidad y otros, sin embargo, en la parte regulada de la factura. Con esta distinción en el tratamiento, lo que se ha propiciado es la transparencia y el conocimiento de las primas a renovables que se cobran a través de los peajes, fijados por el Gobierno, con su consiguiente condena social. Ya que al analizar la parte regulada sólo aparecen ellos; y por el contrario, el camuflaje dentro de los costes de la energía, "parte liberalizada de la factura", las primas que reciben otras tecnologías convencionales por ajustes técnicos del sistema o los pagos por capacidad que son determinadas en el BOE (grosso modo, pagos que se hacen a centrales por no funcionar, por estar a disposición del sistema y lo que enjuagan son pérdidas reales) y que suponen unos 2.367 millones de euros. La diferencia es que al estar en el precio de la energía se integran en el coste de las empresas y se repercuten. De hecho, este procedimiento es el replicado para el nuevo impuesto eléctrico del 6%. Decía la vicepresidenta que si no se arbitraban estas medidas la luz subiría un 35%. Lo cierto es que por hacer esto nos esperan nuevas subidas del coste de la luz, porque el impuesto directo para las empresas terminará siendo un indirecto para el consumidor, via repercusión, en una factura que es ya la más cara de Europa tras Malta y Chipre.
Una vez reordenada las estructuras de costes, y clarificados todos los pagos que reciben las diferentes tecnologías, tanto convencionales como renovables, hay que analizar sus cuantías. El pago a las renovables en España se ha realizado hasta hace pocas fechas en función de la fecha de entrada en funcionamiento de la central, percibiendo durante toda su vida útil la misma cuantía sin tener en cuenta la evolución de una tecnología que en un plazo medio avanzaba a pasos agigantados. Esta ha sido una de las causas del engorde de las primas a las renovables que ha arrojado aquí un déficit que no existe en Alemania. Hay que reformar la cuantía de las primas para que sean coherentes con la evolución de la madurez de la tecnología y con la cantidad instalada como ocurre con el país germano. A menos productores, más prima, y cuando éstos comienzan a multiplicarse, al darse por supuesto que es porque es más barato y accesible acceder a esta forma de producción, menos cuantía. Otra fórmula que se debería estudiar son las subastas de primas en las autorizaciones para producir energía renovable, de forma que fuesen objeto de prima aquellas instalaciones que consiguieran ser rentables obteniendo importes más bajos.
Además, es urgente dotar de elementos de coordinación al sistema eléctrico, para que lo ordenen y contribuyan a su eficiencia. Veamos: en España la competencia para autorizar instalaciones eléctricas que no superen los 50 megawatios es de las comunidades autónomas; como toda instalación renovable que quiera cobrar prima tiene que tener menos de 50 megawatios la consecuencia clara es que todas las instalaciones son autorizadas por las comunidades autónomas siguiendo el procedimiento establecido por ellas. Pero ahora bien, las primas a las renovables autorizadas autonómicamente son pagadas con cargo al sistema estatal con cargo a los peajes y de hecho al titulizar el déficit eléctrico, el Estado ha garantizado la cuantía adeudada.
Esta esquizofrenia del "tú autorizas pero yo pago" ha llevado a este país a que el Estado redactase un Plan de Energías Renovables previendo la instalación de 400 megawatios para 2010 y que nos encontráramos en esa fecha con más de 4.338 megawatios instalados y con derecho a prima. Este problema trató de solucionarse con el mecanismo del Registro de Preasignación y con la determinación de un número máximo de megawatios con derecho a prima, pero lo cierto es que una vez determinado ese número, el Estado no se ha ocupado de que existieran unas condiciones básicas a respetar para que una instalación entre en el sistema eléctrico. Ello ha supuesto que cada comunidad determine unos procedimientos de concurso en los que se reparten los megawatios a autorizar conforme a criterios diferentes en los que no se tienen siempre en cuenta elementos que posibilitarían, por ejemplo la eficiencia del sistema y la reducción de las pérdidas en el transporte de la energía. No debe permitirse que en los concursos de adjudicación de potencia a volcar en la red se incluya como mérito valorable el que la empresa licitadora ceda participaciones suyas a la administración autonómica promotora sin que se atienda a elementos de localización de las instalaciones. Como en tantas otras cuestiones, nuestro Estado necesita de mecanismos de coordinación y de que la administración general asuma las labores de planificación, legislación y programación que corresponden a una administración del Estado en un Estado Federal
Y por último, pero no menos importante, creo que es necesario regular de forma detallada y lo suficientemente clara, para no admitir confusión, las obligaciones de servicio público que adquieren las empresas respecto a los ciudadanos-clientes, y garantizar así la cobertura mínima y digna en los supuestos de penuria energética. Es peligroso que se nos anuncie que se va a rebajar el límite para acogerse a la TUR (tarifa de último recurso cuyo importe máximo lo fija el Gobierno) en aras de una mayor liberalización. Lo que se va a producir es la renuncia del Estado a garantizar a los pequeños consumidores un suministro asequible y de calidad confiándolos a la política de empresa.
Es curioso que en el año 1996, en el protocolo eléctrico firmado por las empresas con el gobierno del PP, uno de los acuerdos fuera la desaparición de la histórica calificación del suministro eléctrico como servicio público. Y que ahora, pese a los mandatos de la directiva europea sobre el mercado de la electricidad de 2009, no se asuma como objetivo fundamental el regular las condiciones mínimas a respetar en el suministro a los más débiles o a los situados en los puntos más remotos.
Comentarios
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