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¿Cómo se regula el uso de mascarillas en otros países?

¿Cómo se regula el uso de mascarillas en otros países?Esta mañana ha sido publicado el BOE en el que se determina la obligatoriedad del uso de mascarillas, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Más allá de la ambigüedad de una excepción como la que explicita que quedan exentas de la obligatoriedad las personas que desarrollen "actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla", queda en el aire las sanciones para quienes incumplan esta norma.

España no es el primer país en obligar al uso de mascarilla. En regiones como China, Taiwán o Hong Kong el uso de esta medida de protección era ya habitual antes del azote del COVID-19. Ahora, con el coronavirus, nuestro país se suma a la lista de cerca del centenar de países que, de un modo u otro, lo han hecho ya. Y es que no todos los países ha impuesto el uso obligatorio de la misma manera. El de Venezuela fue uno de los primeros gobiernos que impusieron este uso, adelantándose incluso a otros países a los que se ha publicitado más, como es el caso de la República Checa. Ambos lo hicieron en marzo, junto a otros países como Vietnam, Eslovaquia o Bosnia y Herzegovina.

A estos Estados les seguirían otros en abril, mes en el que se produciría una auténtica cascada de países obligando a la utilización de mascarillas en sus más diversas variantes. Los hubo que se limitaron al transporte público y establecimientos como supermercados o bancos; este fue el caso de Colombia, Chile, Luxemburgo, Alemania...

Otros, como Emiratos Árabes, Cuba, Ecuador, Austria, Turquía, Israel, Argentina, Polonia, etc. lo extenderían a cualquier sitio público, abierto o cerrado, fuera del hogar. A esta última tendencia se sumaría buena parte de África: comenzaría Camerún y le seguirían Angola, Benín, Burkina Faseo, Guinea Ecuatorial, Etiopía, Gabón, Kenya, Ruanda, Sierra Leona...

Saltamos a mayo, mes en el que España ya decretó la obligatoriedad del uso de mascarilla en transporte público. En este mes, se han subido al carro de la obligatoriedad Honduras, Uganda o Francia.

Pero, ¿qué sucede en este más de medio centenar de países que obligan de alguna manera la uso de la mascarilla? En los casos más extremos, encontramos a Qatar, con hasta tres años de cárcel y multas de hasta 55.000 dólares; o Marruecos, con penas de cárcel de hasta tres meses y una multa de 1.300 dirhams (unos 120 euros).

En Europa podríamos decir que encontramos en Alemania los casos más extremos: mientras hay Estados que rechazan sanciones o aplican multas simbólicas de 25 euros, otros suben estas penalizaciones hasta los 10.000 euros. Polonia, por su parte, fija multas hasta en 30.000 zloty (unos 6.500 euros). El resto se mueve en una horquilla similar entre sí, como los 135 euros de multa en Francia, a los 145 euros en Luxemburgo o los 150 euros en Austria.

La polémica está servida. ¿Debe existir un esquema de sanciones para quien no utilice las mascarillas como dicta esta norma ambigua? Una respuesta que, inevitablemente, tendrá que tener en consideración los millones de hogares españoles que hoy por hoy no pueden afrontar el gasto en mascarillas que la norma implicaría.

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