Del consejo editorial

Profesores de religión y escuela pública

ÓSCAR CELADOR

Profesor de Derecho Eclesiástico
del Estado y de Libertades Públicas

El Tribunal Constitucional (TC) acaba de intentar desenredar la compleja madeja jurídica tejida en torno al régimen jurídico de los profesores de religión católica, al establecer que el hecho de que la Iglesia católica solicitase que no le fuera renovado el contrato a una profesora de religión por casarse civilmente con un divorciado lesiona los derechos de la docente a la libertad religiosa y a la intimidad personal y familiar.
La presencia de profesores de religión en la escuela pública es una situación atípica, pues su labor docente consiste en adoctrinar a sus alumnos sobre un concreto credo religioso. Asimismo, debido a la naturaleza confesional de la enseñanza, la Iglesia católica debe decidir quiénes son las personas adecuadas para transmitir sus principios religiosos a los escolares, por lo que se trata del único colectivo docente que no ha superado una oposición o concurso soportado en los principios de igualdad, mérito y capacidad. De esta manera, cada curso escolar la Iglesia católica selecciona quiénes son las personas más idóneas para enseñar su credo en la escuela, y las administraciones educativas las contratan para ese curso escolar, pero –y esta es la principal aportación de la sentencia del TC– la Iglesia no puede solicitar la no renovación de sus profesores exclusivamente porque su vida privada no se ajuste con el credo que enseñan en clase.
La hipocresía de las partes implicadas en el asunto es mayúscula. La profesora fue contratada a dedo porque se comprometió a enseñar unos principios religiosos que ella misma incumple, y le parece discriminatorio que el mismo dedo que le discriminó favorablemente antaño ahora no la señale. La Iglesia católica no quiere contratar a los profesores que ella misma selecciona para no asumir responsabilidades legales incómodas. Los gobiernos que se han sucedido en democracia, y en especial el actual, han cedido a todas las pretensiones de la Iglesia católica en este terreno. Y por último, el TC ha venido avalando un modelo laboral manifiestamente inconstitucional, y deliberadamente ha evitado pronunciarse sobre la esencia del problema, y es que ¿acaso no es inconstitucional que se imparta enseñanza de la religión confesional en la escuela pública?

Más Noticias