Dominio público

Violencia de género en la pareja: crónica de un asesinato anunciado

Amparo Díaz Ramos

Abogada especialista en violencia de género

Una mujer sostiene una pancarta en la manifestación en Madrid con motivo del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, en Madrid a 25 de noviembre de 2019. E.P./Jesús Hellín
Una mujer sostiene una pancarta en la manifestación en Madrid con motivo del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, en Madrid a 25 de noviembre de 2019. E.P./Jesús Hellín

Cada vez que una mujer es asesinada, o sus hijos e hijas, por la violencia machista me pregunto muchas cuestiones empezando por si fue un asesinato que se pudo evitar o no, si tenían algún abogado o abogada y si pudo hacer algo más o distinto. Me pregunto cómo es posible que no se analice de manera trasparente y exhaustiva las intervenciones en cada uno de esos asesinatos, y cómo es posible  que no se difunda  a la ciudadanía el resultado de ese análisis, con los posibles fallos que se hayan descubierto, y con las medidas que se vayan a adoptar para que no  vuelva a suceder y para reparar a la víctima, en lo posible.  En mi caso esas preguntas no se deben solo a un interés general, sino también a que yo viví de cerca un asesinato que se pudo evitar.

A finales de los años noventa llegó a mi despacho una mujer cuyo dolor me es imposible describir. Su ex marido había asesinado pocos meses antes a su hija de tres años a pesar de que ella advirtió a su abogado  de que algo grave podía suceder pero él le quitó importancia a sus palabras comentando que en el pueblo su ex marido  era de buena familia. Ella acudió al centro de la mujer en el que la atendían a explicar el temor de que hiciera un daño grave a sus hijos como forma de dañarla a ella, y se la orientó jurídicamente para iniciar otro procedimiento judicial con el que se desvinculara más de su exmarido. Ella, desesperada, intentó decirle a la jueza que cualquier día mataría a sus hijos porque estaba obsesionado con ella y era la forma de hacerle daño, que se lo había dicho además. Pero no pudo porque no fue nunca recibida por Su Señoría. El médico forense que evaluó en esos momentos al hombre, escribió en su informe que no había más indicadores de violencia que lo que había comentado ella en una denuncia, y que por tanto, consideraba que no existía ningún riesgo. Como tantas veces, la palabra de la víctima se considera insuficiente  para seguir indagando.

Una vez asesinada la niña todas las personas que habían tenido un contacto  previo con la mujer estaban desoladas por lo sucedido e indignadas con la falta de eficacia del sistema judicial. Incluso la pediatra de la niña hizo unas declaraciones en los medios de comunicación quejándose de la pasividad del juzgado para proteger a esa niña alegando que era conocido en el pueblo que sufrían malos tratos y que él era peligroso. El Juzgado solicitó que se abrieran diligencias contra ella, respecto de las que desconozco el resultado.

Algunos profesionales  que no habían intervenido antes o que habían tenido menor participación, se implicaron hasta un nivel admirable, incluso apoyando personalmente a esa madre destrozada. Más allá de las instituciones estaban las personas.

Yo era muy joven entonces y ese "caso" cambió por completo mi forma de ver la justicia,  los procedimientos judiciales, y a quienes intervenimos en ellos. Algunas de las personas que más respeto en esta materia las conocí entonces, como la psicóloga del centro de la mujer que atendió a la madre. Y algunos de los vacíos de nuestro sistema ante la violencia de género también los conocí entonces, y me siguen alarmando. Siempre había tenido el deseo de hacer todo lo que estuviera en mi mano para que la sociedad mejorase a través de la justicia, pero  el asesinato anunciado de esa niña me  dio una visión muy diferente de la situación. El sistema judicial era muy deficitario a la hora de proteger a las víctimas de violencia de género pero, además, era un error considerar que esa responsabilidad correspondía solamente  a jueces y juezas.

Si era conocida en el pueblo la violencia que sufrían... ¿No habría mejorado su situación si alguien lo hubiera comunicado al Juzgado, o a Fiscalía, o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad? Si la pediatra tenía conocimiento de la gravedad... ¿No habría sido útil que lo comunicara? ¿Por qué no se notificó la sospecha de violencia y el riesgo por parte del centro de la mujer al Juzgado o a Fiscalia? El abogado... ¿No habría sido mejor que se tomara en serio lo que le decía su cliente y discutiera con el Tribunal pidiendo protección? El médico forense... ¿no podría haber hecho una evaluación profunda antes de que fuera asesinada la niña? La Jueza... ¿Por qué no prestó  atención a las palabras de la víctima e indagó sobre lo que contaba con más profundidad?

Han pasado tantos años y sigo encontrándome muchos casos en los que el abordaje en materia de violencia de género me parece superficial, sin llegar de lejos a tocar la realidad, y con una gran desconexión entre los servicios especializados que atienden a las víctimas  y los juzgados. Creo honestamente que tenemos mucho que revisar y mejorar. No se escucha suficientemente a las víctimas durante el procedimiento judicial, en gran medida porque los Juzgados no tienen suficiente tiempo para ello y  porque la formación en derecho no es suficiente para  acoger,  ni para preguntar, ni  para escuchar, ni para recoger, lo que dicen las personas que acuden como víctimas. El relato de la víctima, la huella de la violencia, y las valoraciones que han tenido que hacer otros profesionales a la hora de dar una intervención personalizada, se pierden, no llega a los procedimientos judiciales en muchas ocasiones, o llegan incompletas, sin cumplir con los requisitos necesarios para poder analizar el contenido.  Los artículos de  la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establecen la obligación de notificar al Juzgado o a Fiscalía o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la noticia sobre delitos, siguen sin cumplirse de manera sistemática. Y tampoco se cumple en todas las zonas el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la  Violencia de Género. Según ese artículo las instituciones que atienden a las víctimas pueden pedir medidas urgentes a los Juzgados.  Cuando se piden ya no es solo la voz de la mujer ante el sistema judicial, sino  también la voz de profesionales con especialización  de administraciones con competencia en la materia.

¿Por qué hay tantos lugares en los que no se cumple? Me consta que no es por falta de interés de las personas que atienden a las víctimas en los servicios especializados, sino, por lo que yo sé,    porque su servicio no ha sido diseñado para hacer eso, y requeriría tiempo y formación específica, y por temor a que en algunos casos en los que la mujer aún convive con el agresor, la situación empeore si el Juzgado inicia un procedimiento judicial. Pero hay que buscar una solución, como aprovechar la posibilidad, hasta ahora, de comunicar a Fiscalía la sospecha de violencia de género, para que, sin iniciar un procedimiento judicial, haga indagaciones y, en todo caso, tenga un expediente que pueda ser de utilidad como antecedente si la mujer finalmente denuncia.

Creo que es necesario abordar en profundidad por qué en tantos casos graves de violencia de género no se han llevado a cabo   notificaciones de sospecha de malos tratos de los centros educativos, de servicios sociales, de los servicios especializados, de otras entidades públicas y de la ciudadanía, o no se han pedido o adoptado medidas de protección, y crear un sistema que garantice que el relato de la violencia y su huella llegue al sistema judicial,  y eso conlleve, no un incremento del peligro, sino la protección de las víctimas.

La responsabilidad de hacer visible lo insoportable y de proteger a las víctimas nos corresponde a todas las personas. Si no lo hacemos, seguirán sucediendo asesinatos anunciados.

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