Del consejo editorial

Escasa cooperación entre autonomías

 FRANCISCO BALAGUER CALLEJÓN

La colaboración entre las Comunidades Autónomas debería ser uno de los mecanismos habituales para la prestación de servicios a la ciudadanía en el estado autonómico. Sin embargo, resulta sorprendente el reducido número de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación que se han producido hasta ahora. Si los comparamos con los convenios entre Estado y CCAA, que superan ya el millar anual desde hace varios años, el número de convenios y acuerdos entre las CCAA es ínfimo. La media desde 1980 es de aproximadamente uno por año (algo más si tenemos en cuenta otras figuras de colaboración, como los protocolos y declaraciones).
Los motivos que han dificultado el desarrollo de las relaciones horizontales entre las CCAA son de diversa naturaleza. El primero de ellos, una regulación constitucional no muy favorable, tanto en el artículo 145.2 de la Constitución como en los propios Estatutos de Autonomía. A esas limitaciones del marco jurídico habría que añadir las reticencias políticas entre Gobiernos autonómicos de distinto signo y las interferencias de los grandes partidos estatales o de algunos sectores nacionalistas autonómicos. Todos ellos han sido elementos persistentes que han obstaculizado las relaciones de colaboración entre CCAA.

También ha supuesto un problema el hecho de que la cultura política española esté todavía demasiado centrada en el espacio público estatal, ocupando un lugar secundario los autonómicos. Por ese motivo, las estrategias de los partidos suelen estar orientadas al debate público en el nivel estatal, procurando reducir los conflictos que puedan trasladar una imagen de desunión a la ciudadanía. Esta orientación se ha visto relativizada, en ocasiones, debido a la consolidación de liderazgos fuertes en determinadas CCAA, que han hecho posible divergencias específicas con las líneas establecidas por los partidos a nivel estatal. En el estado autonómico hemos tenido algunos ejemplos de conflictos entre presidentes de CCAA y ministros o gobiernos del mismo partido en cuestiones puntuales.
El peso de la centralidad del espacio público estatal no sólo se manifiesta en un sobredimensionado potencial unificador de los grandes partidos, sino también –en sentido contrario– en una conflictividad excesiva, que no tiene que ver con el ejercicio de las competencias propias de algunas CCAA, sino con el intento de interferir en las políticas estatales. La misma confusión de espacios políticos se genera cuando se utiliza el espacio autonómico como un instrumento de confrontación con otras CCAA con la finalidad de desacreditar a los partidos contrarios a nivel nacional. Ejemplos recientes de estos planteamientos se han visto con motivo de las últimas reformas estatutarias.
Precisamente las últimas reformas estatutarias han supuesto un avance en la superación de algunas limitaciones jurídicas previamente establecidas en los Estatutos, y pueden facilitar un desarrollo –que se comienza a vislumbrar ya– de la colaboración horizontal entre CCAA. Sin embargo, todavía no ha terminado de madurar en nuestro país una cultura política que permita redimensionar los espacios públicos de acuerdo con la realidad competencial y los intereses propios de cada uno de ellos. El espacio público autonómico tiene su propia lógica y es responsabilidad de los poderes públicos elaborar políticas que respondan a las necesidades de la ciudadanía, obviando para ello las diferencias políticas con las CCAA con las que tienen que concertar acuerdos.

Francisco Balaguer Callejón  es Catedrático de Derecho Constitucional.

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