Dominio público

Justicia para mirar al futuro

Augusto Klappenbach

Filósofo y escritor

Augusto Klappenbach
Filósofo y escritor

Cada vez que se intenta llevar ante la justicia a un asesino o torturador de pasadas dictaduras, sea de España o de Latinoamérica, se levantan voces que exhortan a "mirar al futuro y no reavivar los conflictos de un pasado que hemos superado". Incluso esas protestas se extienden a cualquier intento de averiguar hechos que han quedado ocultos durante esos tiempos oscuros, como las sepulturas clandestinas de ejecutados durante la guerra civil o el robo de niños de enemigos políticos.

Si en algo nos distinguimos los seres humanos de nuestros antepasados irracionales es por nuestra capacidad de responsabilizarnos de lo que hacemos. No se le piden cuentas a la fiera que devora a un explorador ni a la serpiente que envenena a un turista, pero un ser humano tiene el costoso privilegio de saber lo que hace, por qué lo hace y por lo tanto la obligación de dar cuenta de lo que hizo. Decía Hegel que al criminal se le rinde un homenaje cuando se le castiga, porque al hacerlo estamos reconociendo su condición de sujeto racional y libre, tratándolo como no trataríamos a un animal. Y aunque todos los criminales renunciarían gustosos a ese privilegio, la sociedad debe concedérselo aunque no lo quieran.

¿Por qué entonces negarse a revisar delitos pasados que aun no se han sometido a los tribunales de justicia? La razón habitual que se aduce consiste en que reabrir esos casos provocaría divisiones en la sociedad y dificultaría la reconciliación necesaria para afrontar el futuro. Puede aceptarse este argumento en momentos de inestabilidad política, cuando el ajuste de cuentas con el pasado podría producir consecuencias  graves para la convivencia, como sucede frecuentemente en el momento de superar una dictadura. El caso de Mandela en Sudáfrica, por ejemplo, exigía pasar por alto los crímenes del apartheid, ya que la correlación de fuerzas en ese momento no permitía resucitar conflictos sin provocar males mayores. Pero cuando las sociedades han adquirido cierta estabilidad y ha pasado tiempo suficiente, aclarar las cuestiones pendientes –todas las cuestiones pendientes- no solo no constituye un peligro sino que refuerza el sistema democrático. Porque dejar sin resolver esos casos equivale a lanzar el mensaje de que lo que se hace no tiene consecuencias, que es posible matar, torturar y violar sin que nadie se responsabilice de sus actos ni la sociedad pida cuenta de ellos. Y además, que esta licencia implica un privilegio reservado a la clase política y sus gestores, como si por pertenecer a ella los mismos actos que serían condenables en la vida privada gozaran de impunidad en la vida pública.

Max Weber distinguía dos tipos de ética: la ética de las convicciones, basada en principios absolutos como la prohibición de matar o de mentir y la ética de la responsabilidad, que atiende a las consecuencias la acción. Weber atribuía este segundo tipo de ética a los políticos, obligados a tomar decisiones que no permiten aplicar directamente esos principios, ya que muchas veces un principio ético correcto provocaría consecuencias nefastas. Creo que el error de Weber consiste en creer que estos dos tipos de ética son alternativos: los principios y las consecuencias son aspectos inseparables  de cualquier decisión moral, tanto de las que se refieren a la vida privada como a la vida pública. Y la relación adecuada de esos dos aspectos es lo que los antiguos entendían por prudencia, es decir, la capacidad de tomar decisiones que concilien los principios universales con la vida práctica. Una  tarea muy difícil, pero no más difícil para el político que para el ciudadano corriente, aunque las decisiones y las consecuencias sean muy distintas en los dos casos.  Establecer privilegios morales para los políticos es el camino para justificar dictaduras y totalitarismos; suponer que los mismos crímenes que son castigados en la vida privada son permitidos a quienes ejercen el poder implica una concepción de la política ajena a cualquier sistema democrático, cuyo principio fundamental consiste en postular (no siempre con éxito) la vigencia de la ley, que se debe aplicar tanto a gobernantes como a gobernados.

El gobierno argentino tomó hace años la decisión de anular la ley de punto final que se había aprobado poco después de terminar la dictadura militar de aquel país. Gracias a ello, se están sometiendo a la justicia a muchos delincuentes de aquella época, con resultados variables. Y ahora, aplicando el principio de justicia universal, una juez argentina pide la extradición de algunos torturadores españoles durante el franquismo. Una solicitud que el gobierno de España parece empeñado en eludir pero que sería erróneo interpretar como una intromisión en asuntos internos: existe un acuerdo internacional que considera los crímenes contra la humanidad como delitos que pueden ser perseguidos independientemente del país en el que se hayan cometido. Porque la motivación de ese tipo de crímenes implica una violación del mismo concepto universal de los derechos humanos y no solo  una infracción limitada a un caso particular, de modo que el delito se dirige a la humanidad en cuanto tal.

Por supuesto que estos juicios resultan tardíos y que en la mayoría de los casos ya no será posible que los culpables sufran las consecuencias de su delito. Pero al menos quedará claro que esos crímenes no han sido justificados ni olvidados por la historia. Y esto crea un precedente muy importante para el futuro.

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