Otras miradas

Derecho a la movilidad sostenible

Álvaro Fernández Heredia

Gerente de AUVASA y Vocal del Consejo Asesor del MITMA

La Ley de Movilidad Sostenible es uno de los compromisos del Gobierno de España con la Comisión Europea dentro del cumplimiento de los hitos y objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. Un texto altamente esperado dada la obsolescencia del actual marco normativo en materia de transportes en España. Esta ley, que deberá ver la luz antes de terminar el 2023, ya ha iniciado su tramitación parlamentaria tras la aprobación del Anteproyecto de Ley por el Consejo de Ministros el pasado 13 de diciembre de 2022.

Su principal aportación es, sin duda, la creación de un nuevo derecho, el derecho a la movilidad sostenible, que permita y garantice el libre ejercicio de los derechos y libertades constitucionales a todos los ciudadanos y ciudadanas. Para que ese nuevo derecho sea eficaz, la ley desarrolla una modernización del actual marco normativo a las nuevas realidades de la movilidad, además de establecer una coordinación competencial entre administraciones dado que la movilidad no conoce de barreras administrativas.

Entre las novedades más llamativas del Anteproyecto de Ley vemos que, por fin, se establece en España un sistema de evaluación de la política de infraestructuras. Bien sea previamente con la obligación de elaboración de documentos de planificación a diferentes niveles que obliguen a racionalizar las inversiones en función de objetivos concretos; como expost siendo necesario que cada inversión en infraestructuras tenga un seguimiento del cumplimiento de los objetivos para los que fue destinada. Lecciones aprendidas de los desmanes de décadas pasadas que han sembrado el territorio de infraestructuras fantasma, aeropuertos vacíos y otros desembolsos muchas veces reprobados por la propia AIReF.

El texto incide en que este nuevo camino a una movilidad sostenible debe ser justo. Entendiendo la justicia desde varios enfoques que van desde asegurar la accesibilidad a los sistemas de transporte de toda la ciudadanía, que no debe perpetuar diferencias de género o hasta que en nuestras ciudades el espacio urbano se reparta de manera más adecuada, llegando a impulsar los entornos escolares o, como ejemplo, a señalar la obligación de introducir carriles reservados para el transporte público y bicicletas en todas las vías de acceso de más de tres carriles o en cualquier remodelación de vías de dos carriles o más en las ciudades de más de trescientos mil habitantes.

No solo las administraciones serán las responsables de contribuir a construir ese derecho a una movilidad sostenible y justa, las grandes empresas de más de 500 trabajadores y los grandes centros de atracción de viajes deberán elaborar planes de transporte en los dieciocho meses posteriores a la entrada en vigor de la ley, contribuyendo al impulso de la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad cero emisiones o soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa.

Por último, y por fin, la ley garantiza la financiación del transporte colectivo y los sistemas de movilidad activa, sacando a España del triste mérito de ser el único país de la Unión Europea que no disponía de una norma en este sentido. Lo hace, además, sentando criterios de eficiencia, singularidad territorial y equidad social. Con un aviso a navegantes para los aficionados a la gratuidad populista del transporte público: para disfrutar de esta financiación, las administraciones competentes deberán cubrir con la tarifa y sus aportaciones al menos el setenta y cinco por ciento de los costes del sistema. Lamentablemente, el Anteproyecto no consigna ninguna regulación de la partida en los Presupuestos Generales del Estado que debe alimentar ese Fondo Estatal de Contribución a la Movilidad Sostenible para la financiación del transporte público, por lo que todo puede quedar en agua de borrajas y buenas intenciones.

Entre los "debes" de este proyecto legislativo se encuentra la ausencia de algún organismo operativo real para esa coordinación entre administraciones y operadores del sistema de transporte. La ley aspira a integrar la nueva realidad de la movilidad, pero parece cerrar los ojos a que en la actualidad los usuarios de movilidad no quieren pelearse con una infinidad de operadores públicos o privados repartidos por todo el territorio y que es necesario un único agente estatal que los englobe a todos.

La asignatura pendiente, el cascabel que nadie se atreve a poner al gato, es la necesaria regulación del pago por uso de las carreteras. Una realidad insoslayable que la ley impulsa a estudiar, cuando estudio es lo que sobra en la cuestión, y lo que falta son decisiones políticas para llevarlo a efecto y una regulación clara.

En definitiva, una nueva ley por largo tiempo esperada no exenta de debate y matices pero que significa un gran paso para mejorar la movilidad y constituir el derecho que tenemos todas las personas a poder movernos y hacerlo de forma justa y respetuosa. Solo queda esperar que reciba el mayor consenso e impulso en su tramitación para poder ser una realidad en el menor tiempo posible.

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