Otras miradas

Israel: de la legitimación del asesinato selectivo a la justificación de la masacre indiscriminada

José Antonio Martín Pallín

Abogado. Ha sido Fiscal y Magistrado del Tribunal Supremo

Un vehículo militar israelí junto al muro que divide la Franja de Gaza e Israel.- Saeed Qaq / SOPA
Un vehículo militar israelí junto al muro que divide la Franja de Gaza e Israel.- Saeed Qaq / SOPA

La brutalidad y el horror de lo que está sucediendo en Gaza penetra en nuestras casas diariamente a través de las pantallas que difunden los informativos de todas las televisiones del mundo. Seguramente algunos lo contemplan como un espectáculo que no les despierta ni reflexiones ni críticas. Otros nos sentimos interpelados y sacudidos en nuestras conciencias, sabiendo que solo podemos aportar, para trata de frenar tanta barbarie, la condena y la movilización ciudadana. Compartimos el contenido de la Resolución del Parlamento Europeo de 19 de octubre de 2023 en la que condena el infame atentado del 7 de octubre y reconoce el derecho de Israel a la legítima defensa consagrado y limitado por el Derecho internacional, y hace hincapié en que, por tanto, las acciones de Israel deben respetar estrictamente el Derecho internacional humanitario y advirtiendo que la respuesta israelí amenaza con provocar un ciclo de violencia.  El Secretario General de Naciones Unidas Antonio Guterres, con certero criterio, advirtió que los hechos que había sucedido "no ocurrieron de la nada". El lobby sionista reaccionó enfurecido pidiendo su dimisión. 

No tiene mucho sentido, en estos momentos, remontarse a los orígenes del Estado de Israel ni a las sucesivas guerras (de los Seis Días y Yom Kipur) que marcaron la supremacía del Estado de Israel y la política de dominación sobre todo el territorio de Judea y Samaria (Cisjordania y la Franja de Gaza) reforzada con pasajes bíblicos en los que Yahvé afirma que era la tierra prometida que solo correspondía al pueblo judío. Es difícil, por no decir imposible, esgrimir argumentos políticos frente a dogmas teológicos.  

El vacío político y la indeterminación territorial de la población Palestina con el Estado de Israel, comenzó a adquirir relieve internacional cuando la Organización para la Liberación de Palestina (OLP) proclamó, el 15 de noviembre de 1988, la independencia, qué fue reconocida por varios países e ignorada por Israel. Para tratar de evitar una situación inestable desde el punto de vista de la legalidad internacional, se intentó resolver con los Acuerdos de Oslo (septiembre de 1993) firmados entre Israel y la OLP en los que se reconoce a la Autoridad Nacional Palestina ANP como una especie de administración interina de autogobierno en los territorios palestinos. Israel nunca ha reconocido a Palestina como Estado, mantiene el control militar de todos los territorios incluida la franja de Gaza. El rosario de abusos y el desprecio por el derecho en general y el internacional en particular son interminables. Desalojos forzosos para construir asentamientos, demolición de las viviendas de las familias de los sospechosos de haber ejecutado actos terroristas, desconocimiento de los títulos de propiedad de los registros de la época otomana, expropiaciones arbitrarias, abusos de los nuevos colonos, políticas de apartheid.... provocaron reacciones violentas por parte de algunos palestinos que reaccionaron llevando a cabo atentados suicidas en el propio Tel Aviv. 

Ante esta situación Israel reaccionó construyendo un muro que aislaba poblaciones y comunidades, atentando contra los derechos más elementales de sus habitantes que tienen serias dificultades para cultivar sus tierras, escolarizar a sus hijos o recibir asistencia sanitaria. El 8 de diciembre de 2003 la Asamblea General de la ONU solicitó a la Corte Internacional de Justicia de La Haya que emitiera una opinión consultiva sobre las consecuencias jurídicas de la construcción del muro que levanta Israel en territorio Palestino ocupado, teniendo en cuenta las normas y principios de derecho internacional, incluido el Convenio IV de Ginebra de 1949 y las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General. La opinión de la Corte fue dictada el 9 de julio de 2004 considerando que violaba las reglas del derecho internacional y vulneraba los derechos humanos. 


El Tribunal Supremo de Israel dictó una sentencia salomónica. Se admitía que, en algunos puntos, su construcción afectaba a los derechos humanos de los habitantes. Ordenó rectificar las líneas, pero dejó en manos de los militares la determinación del nuevo trazado. El Presidente del Tribunal Aaron Barak (que en estos momentos asesora al Estado de Israel en el Tribunal de la Haya) con el que mantuve un larga conversación en la sede del Tribunal durante una misión sobre el terreno, me pareció una persona con una sólida formación jurídica y abierta al diálogo. Sin embargo, la opinión discordante del Vicepresidente Mishael Cheshin, lamentablemente refleja con mayor rigor y realismo, el pensamiento político y jurídico predominante. Merece la pena conocer sus argumentos: "Lo siento, pero la decisión de la Corte Internacional de La Haya no puede iluminar mi camino. Esta luz es demasiado oscura para poder guiarme por el camino de la ley, la verdad y la justicia que es la que un juez debe elegir como yo aprendí de aquellos que me han precedido y de las enseñanzas de mi padre". 

Un salto cualitativo de dimensiones demoledoras para el orden jurídico internacional se produce con la sentencia de la Corte Suprema de septiembre de 2005 al contestar a una demanda de la Comisión Pública de Israel contra la tortura y una organización no gubernamental (Law) en la que se denunciaba la ilegalidad de los asesinatos selectivos contra personas sospechosas de ser autoras de actos terroristas. La sentencia es un monumento a la ambigüedad. Es legítimo asesinar a aquellas personas que los servicios de información califican como "combatiente enemigo" que pasa a ser un "target Killed", en traducción libre objetivo a asesinar. Como no siempre es posible localizarlo aisladamente todas las personas que le rodean se convierten también en objetivos. 

El Tribunal Supremo israelí precisa, con un cierto cinismo, que los asesinatos deben obedecer al principio de proporcionalidad, pero que las decisiones corresponden a los militares. Salomónicamente proclama que: "no todas esas ejecuciones extrajudiciales están prohibidas por la legislación internacional, pero tampoco están todas permitidas".    


El horror que estamos viviendo en estos momentos desborda la tesis de los asesinatos selectivos. No caben distinciones. Toda la población de Gaza se considera como objetivo terrorista. Según el Gobierno de Israel, el bombardeo indiscriminado se justifica porque los terroristas de Hamás actuaron desde la Franja. Sin duda no estamos ante una lucha antiterrorista. Más allá del genocidio, han cometido indiscutibles crímenes de guerra previstos en el Estatuto de la Corte Penal internacional. 

Como decían los jueces en la sentencia de los asesinatos selectivos, el terrorista es una especie de hidra con dos cabezas, es difícil saber la que identifica a un inocente ciudadano y la que se puede asociar a un sospechoso de terrorismo. Todos los habitantes de la Franja de Gaza se han convertido en una hidra con millones de cabezas: los niños, las mujeres, los hombres y las personas mayores que creían que lo habían visto todo, hasta que llegó el Apocalipsis. 

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